Sentencia Definitiva nº SEF-0014-000367/2013 de Tribunal Apelaciones Trabajo 3ºt, 13 de Noviembre de 2013

PonenteDra. Julia Myriam ODELLA FEIJO
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2013
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 3ºt
JuecesDr. Juan Carlos CONTARIN VILLA,Dra. Julia Myriam ODELLA FEIJO,Dr. Cristobal NOGUEIRA MELLO
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaBaja

DFA-0014-000485/2013 SEF-0014-000367/2013

MINISTROS FIRMANTES: Dr. C.N.M., Dr. J.C.C.V., Dra. J.M.O.F.

MINISTRO REDACTOR: Dra. Julia M. Odella Feijó

Montevideo, 13 de noviembre de 2013

VISTOS:

Para sentencia definitiva de segunda instancia los autos caratulados “P.V., H.C., A. y otros Reclamo de rubros salariales e indemnización por despido” (IUE Nº0002-009319/2013) venidos en conocimiento de este Tribunal en mérito al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia nº 25 de 26 de julio de 2013 dictada por el Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de 22ºTurno, Dr. R.S..

RESULTANDO:

1.-Por el referido pronunciamiento se dispuso hacer lugar a la demanda parcialmente y en su mérito condenar a la demandada A.E., A.C. y C.C. a abonar al actor la suma de $ 468.513 más actualización e intereses a la fecha del pago efectivo.

2.-Contra dicho pronunciamiento se alza la parte demandada, A.P.W.M., A.C. y C.C., agraviándose en cuanto inadecuada valoración del aporte probatorio obrante arribándose a desajustada decisión en la medida en que se entendió que existió un vínculo de naturaleza laboral entre las partes y en su mérito se condenó al pago de rubros salariales e indemnizatorios entendiendo que el actor no ha cumplido con la obligación de acreditar fehacientemente la existencia del vínculo que refiere, Analiza la testimonial vertida en la causa, cita jurisprudencia, doctrina que refieren a la necesidad de acreditar un vínculo de tal naturaleza cuando es negado por la demandada para luego ingresar a los agravios que le produce la condena en horas extras, descansos semanales, liquidaciones efectuadas, base de cálculo tomado, abogando por la revocatoria en los puntos objeto de agravio o en su defecto en relación a los cálculos efectuados con una base salarial que entiende equivocada.

3.-Se confirió traslado de la recurrencia que se evacuo en los términos obrantes a fs. 185 compareciendo la parte actora a contestar los agravios interpuestos por la demandada, abogando por el mantenimiento de la recurrida con condena en costas y costos.

4.-Se otorgó la alzada y venidos los autos en conocimiento de esta Sede, se dispuso su pasaje a estudio debiendo tener presente que esta la sala estuvo desintegrada por licencia de dos de sus integrantes naturales; entre el 7 y el 11 de octubre de 2013, gozó de licencia el Dr. N.M. y entre el 29 de octubre y el 1º de noviembre de 2013 la Dra. O.F.. Cumplido el pasaje a estudio de rigor en forma...

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