Acordada No. 7940.- Reglaméntase la asistencia letrada, mediante defensor público o a través de consultorios jurídicos a las víctimas carentes de recursos, en el marco del nuevo Código del Proceso Penal

18 Documentos Nº 29.818 - noviembre 6 de 2017 | DiarioOficial
- La cifra de expedientes remitidos, información que proporcionará
a División Planeamiento y Presupuesto mediante ocio administrativo.
- Del 1º al 10 de noviembre de 2017 deberán comunicarse a través
del Sistema PyP del Portal Corporativo todas las sentencias dictadas
hasta el 31 de octubre de 2017.
.- Las sedes Letradas de Paysandú de 2º turno y de Rivera
de 1º turno seguirán entendiendo hasta su nalización en todos
los procesos en trámite, conforme al Decreto-Ley nº 15.032, siendo
asimismo competentes para seguir entendiendo en materia de Aduana
y Adolescentes Infractores.
7º.- Las sedes Letradas de Paysandú de 4º y 8º turnos y de Rivera de
2º y 7º turnos entenderán por períodos decenales de acuerdo a nueva
planilla que se confeccionará.
8º.- La competencia de los Juzgados Letrados de Primera Instancia
de Ejecución y Vigilancia de Paysandú y Rivera será la que el Código
del Proceso Penal (Ley 19.293, modicativas y concordantes) atribuye
a los Jueces de Ejecución y Vigilancia en el Libro III Títulos I, II, III,
IV, V y VI.
9º.- Las facultades referidas en la Acordada nº 7147 serán
ejercidas durante el presente año por el Magistrado que actualmente
las ostenta, continuando luego en forma anual y rotativa, como allí
se establece.
10º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios
Administrativos la realización de los procedimientos necesarios para
la instalación efectiva de los Juzgados Letrados creados.
11º.- Hágase saber a la Contaduría General de la Nación, a la
Asamblea General y al Ministerio del Interior.
12º.- Comuníquese.-
Dr. Jorge O. CHEDIAK GONZÁLEZ, Presidente Suprema Corte de
Justicia; Dr. Felipe HOUNIE SÁNCHEZ, Ministro Suprema Corte de
Justicia; Dra. Elena MARTÍNEZ, Ministra Suprema Corte de Justicia;
Dr. Eduardo J. TURELL, Ministro Suprema Corte de Justicia; Dra.
Bernadee MINVIELLE, Ministra Suprema Corte de Justicia; Dr.
Gustavo NICASTRO SEOANE, Secretario Letrado Suprema Corte
de Justicia.
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Acordada 7.939
Decláranse constituidos los Juzgados Letrados de Primera Instancia que
se determinan.
(4.841*R)
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
En Montevideo, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil
diecisiete, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia, integrada
por los señores Ministros doctores Jorge O. Chediak González
-Presidente-, Felipe Hounie Sánchez, Elena Martínez, Eduardo J. Turell
y Bernadee Minvielle, con la asistencia de su Secretario Letrado doctor
Gustavo Nicastro Seoane; DIJO:
I) que el próximo 1º de noviembre de 2017 entra en vigencia
el nuevo Código del Proceso Penal y en tal sentido, las distintas
Comisiones que se conformaron, trabajaron para la implementación
práctica del nuevo Código del Proceso Penal con la supervisión y
directrices del Grupo Coordinador;
II) que es necesario realizar las adecuaciones correspondientes en
las sedes del Río Branco y Paso de los Toros;
III) que se adoptarán las medidas necesarias para el cumplimiento
de la función jurisdiccional, procurando la mejor prestación del
servicio;
ATENTO:
a lo expuesto y a lo dispuesto por lo art. 239 ordinal 2º de la
LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
RESUELVE:
. Declarar constituido a partir del 1º de noviembre de 2017 el
Juzgado Letrado de Primera Instancia de Río Branco de 2º turno,
con la misma jurisdicción que el actual Juzgado Letrado de Primera
Instancia de Río Branco, los que en lo sucesivo pasarán a denominarse
Juzgados Letrados de Primera Instancia de Río Branco de 1º y 2º turnos,
los que funcionarán en régimen de ocina única.
2º.- Declarar constituido a partir del 1º de noviembre de 2017
el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de
2º turno, con la misma jurisdicción que el actual Juzgado Letrado
de Primera Instancia de Paso de los Toros, los que en lo sucesivo
pasarán a denominarse Juzgados Letrados de Primera Instancia de
Paso de los Toros de 1º y 2º turnos, los que funcionarán en régimen
de ocina única.
3º.- Los Juzgados constituidos por la presente Acordada actuarán
exclusivamente en todo lo concerniente al nuevo Código del Proceso
Penal, Ley nº 19.293 y modicativas.
4º.- Las sedes de 1º turno continuarán entendiendo hasta su
nalización en todos los procesos en trámite, conforme al Decreto-Ley
nº 15.032, siendo asimismo competentes para seguir entendiendo en
materia de Aduana y Adolescentes Infractores.
5º.- Las facultades referidas en la Acordada nº 7147 serán
ejercidas durante el presente año por el Magistrado de 1º turno, en
ambos casos, continuando luego en forma anual y rotativa, como
allí se establece.
.- Las ocinas Actuarias de los Juzgados Letrados de Primera
Instancia de Río Branco y de Paso de los Toros enviarán a División
Planeamiento y Presupuesto (DPP), con fecha de cierre de dicha
sede y por transformación en Juzgado Letrado de Primera
Instancia de Río Branco de 1º turno y Paso de los Toros de 1º turno,
respectivamente, en el plazo de 5 días hábiles de la transformación
mencionada:
- el impreso de Módulo de Estadísticas del Sistema de Gestión
(SGJ) del año 2017;
- el Relacionado de Audiencias correspondiente al período 1º de
enero de 2017 al 31 de octubre de 2017;
- los datos estadísticos que respecto de la materia Penal,
Adolescentes y Aduana se encuentren ingresados en el Sistema de
Gestión de Juzgados Multimateria (SGJM) a partir de 25 de setiembre
de 2017, junto con los formularios de Registro de Datos Estadísticos
proporcionados por DPP (completados de forma manual) respecto de
las mismas materias, Ley 17.514 y CNA, desde el 1º de enero de 2017
al 24 de setiembre de 2017;
- el formulario con el conteo manual de expedientes en trámite al
31.10.2017.
7º.- Cométese a la Dirección Nacional de la Defensa Pública la
reorganización de los Defensores Públicos existentes para cubrir los
servicios de la defensa pública en el nuevo Juzgado creado.
8º.- Cométese a la Dirección General de los Servicios Administrativos
la realización de los procedimientos necesarios para la instalación
efectiva de los Juzgados Letrados creados.
9º.- Hágase saber a la Contaduría General de la Nación, a la
Asamblea General y al Ministerio del Interior.
10º.- Comuníquese.-
Dr. Jorge O. CHEDIAK GONZÁLEZ, Presidente Suprema Corte de
Justicia; Dr. Felipe HOUNIE SÁNCHEZ, Ministro Suprema Corte de
Justicia; Dra. Elena MARTÍNEZ, Ministra Suprema Corte de Justicia;
Dr. Eduardo J. TURELL, Ministro Suprema Corte de Justicia; Dra.
Bernadee MINVIELLE, Ministra Suprema Corte de Justicia; Dr.
Gustavo NICASTRO SEOANE, Secretario Letrado Suprema Corte
de Justicia.
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Reglaméntase la asistencia letrada, mediante defensor público o a través
de consultorios jurídicos a las víctimas carentes de recursos, en el marco
del nuevo Código del Proceso Penal.
(4.842*R)
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA
En Montevideo, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil
diecisiete, estando en audiencia la Suprema Corte de Justicia integrada

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