Corte: Mayoría contra la ley de Pluna

La Suprema Corte de Justicia analizará hoy la ley de liquidación de Pluna, cuestionada por acreedores de la exaerolínea. En principio habría mayoría de tres votos para hacer caer la polémica norma que excluyó los aviones del proceso concursal.Los ministros de la Corporación analizarán en el acuerdo de esta tarde la legalidad de la ley aprobada en julio del año pasado que dispuso la liquidación de Pluna y, a la vez, excluyó del concurso judicial de acreedores los aviones que tenía la empresa y que representaban su principal patrimonio.Según pudo saber El País, en principio habría tres votos para declarar inconstitucional la ley. En tal escenario, la resolución de la Corporación haría que los siete aviones Bombardier CRJ 900 que fueron excluidos del proceso concursal ingresen a ese procedimiento judicial, del que se obtendrán los fondos necesarios para saldar las deudas con los acreedores de la aerolínea liquidada.La liquidación de la aerolínea de bandera uruguaya no se llevó a cabo en función de lo que determina la ley concursal de octubre de 2008, sino que el Parlamento (solo con los votos de los legisladores del Frente Amplio) aprobó el 17 de julio de 2012 una ley especial (18.931) que creó un fideicomiso que pasó a administrar los siete aviones Bombardier CRJ 900 de la empresa y otras seis aeronaves en leasing.El mecanismo creado por la ley -que fue redactada a pedido del gobierno por el abogado experto en derecho comercial Ricardo Olivera García- fue objetado por varios acreedores de Pluna que se presentaron ante la SCJ reclamando su inconstitucionalidad, alegando que el hecho de excluir del concurso judicial el patrimonio de mayor valor de Pluna representa un accionar ilegítimo.Para resolver al respecto, la Corporación debió integrarse en forma especial porque el ministro Julio César Chalar se abstuvo en virtud de que un familiar suyo trabaja en el estudio jurídico de Olivera García.En febrero, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, al emitir su dictamen en relación a uno de los recursos presentados contra la ley de liquidación de Pluna, opinó que la norma no es inconstitucional pero estableció un matiz: el Estado debe responder judicialmente ante los acreedores de la empresa.El primer recurso ante la Corporación fue presentado en agosto del año pasado por Raúl Rodríguez, exgerente de marketing y exgerente de la oficina de Pluna en España, que fue despedido en diciembre de 2011 y reclama una indemnización de 553.406 euros.Rodríguez, representado por el...

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