Decreto No. 125/017.- Derógase el Decreto 256/014, por el cual se cometió a la Secretaría de Derechos Humanos la planificación y ejecución del Programa de Reasentamiento de Personas Sirias Refugiadas en territorio de la República Libanesa

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Documen tos
Nº 29.700 - mayo 16 de 2017
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos el día 12 de mayo y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS
1
Decreto 125/017
Derógase el Decreto 256/014, por el cual se cometió a la Secretaría
de Derechos Humanos la planicación y ejecución del Programa de
Reasentamiento de Personas Sirias Refugiadas en territorio de la
República Libanesa.
(1.075*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Montevideo, 9 de Mayo de 2017
VISTO: el Decreto 256/014 de 4 de setiembre de 2014;
RESULTANDO: que por el mismo se cometió a la Secretaría de
Derechos Humanos de la Presidencia de la República, la coordinación
de la planicación y ejecución del Programa de Reasentamiento de
Personas Sirias Refugiadas en territorio de la República Libanesa;
CONSIDERANDO: I) que la Ley Nº 18.076 de 19 de diciembre
de 2006, creó la Comisión de Refugiados (CORE) en el ámbito del
Ministerio de Relaciones Exteriores, con el cometido -entre otros- de
planicar, promover y coordinar políticas en materia de refugio;
II) que habiendo llegado a su n la primera fase de inserción a
través del programa piloto de reasentamiento ejecutado a través de
la Secretaría de Derechos Humanos, actualmente se proyecta que la
Comisión de Refugiados tenga a su cargo el acompañamiento en la
última etapa de inserción y autonomía de las familias sirias refugiadas
en la República Libanesa y reasentadas en nuestro país;
III) que procede por tanto, derogar el Decreto 256/014 que cometió
a la Secretaría de Derechos Humanos la planicación y ejecución del
mencionado programa;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 18.076 de 19
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
1
Artículo 1º.- Derógase el Decreto 256/014 de 4 de setiembre de 2014.
2
Artículo 2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; EDUARDO BONOMI; RODOLFO NIN NOVOA; DANILO
ASTORI; JORGE MENÉNDEZ; MARÍA JULIA MUÑOZ; VÍCTOR
ROSSI; GUILLERMO MONCECCHI; ERNESTO MURRO; JORGE
BASSO; ENZO BENECH; LILIAM KECHICHIAN; ENEIDA de LEÓN;
MARINA ARISMENDI.
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
2
Resolución 409/017
Desígnase Ministro interino de Industria, Energía y Minería.
(1.083)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 9 de Mayo de 2017
VISTO: que la señora Ministra de Industria, Energía y Minería,
Ing. Carolina Cosse, habrá de trasladarse al exterior en Misión Ocial;
RESULTANDO: que la señora Ministra estará ausente del país a
partir del día 6 de mayo de 2017;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 184 de la Constitución de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnese Ministro interino de Industria, Energía y Minería,
a partir del día 6 de mayo de 2017 y mientras dure la ausencia de la
titular de la Cartera, al señor Subsecretario, Ing. Guillermo Moncecchi.
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020.
3
Resolución 410/017
Desígnase Ministro interino de Ganadería, Agricultura y Pesca.
(1.084)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 9 de Mayo de 2017
VISTO: que el señor Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca,
Ing. Agr. Tabaré Aguerre, habrá de trasladarse al exterior en Misión
Ocial;
RESULTANDO: que el señor Ministro estará ausente del país a
partir del día 6 de mayo de 2017;
CONSIDERANDO: que corresponde por lo tanto designarle un
sustituto temporal por el período que dure su misión;

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