Decreto No. 16/019.- Apruébase el Centésimo Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica Nº 18, que incorpora la Directiva Nº 39/18 relativa al “Régimen de Origen MERCOSUR”

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Montevideo, 11 de Enero de 2019

VISTO: el Centésimo Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No 18, suscrito el 22 de agosto de 2018 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980;

RESULTANDO: I) que en el mismo se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica No 18 la Directiva No 39/18 relativa al “Régimen de Origen MERCOSUR”, aprobada por la Comisión de Comercio del MERCOSUR, el 06 de junio de 2018;

II) que la citada protocolización fue realizada conforme a lo previsto en el artículo 2 de la Directiva CCM No 39/18;

CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 del mencionado Protocolo, éste entrará en vigor treinta (30) días después de la notificación de la Secretaría General de la ALADI a los países signatarios de que recibió la comunicación de la Secretaría del MERCOSUR, informando la incorporación de la norma MERCOSUR y de su correspondiente Protocolo Adicional al ordenamiento jurídico de los Estados Partes signatarios;

II) que a los efectos referidos precedentemente, corresponde incorporar al ordenamiento jurídico interno, el Centésimo Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No 18;

ATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República Oriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1o

Apruébase el Centésimo Quincuagésimo Noveno Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No 18, suscrito el 22 de agosto de 2018 entre los Gobiernos de la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, que consta como anexo y forma parte del presente Decreto, y por el cual se incorpora al Acuerdo de Complementación Económica No 18, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, la Directiva No 39/18 relativa al “Régimen de Origen MERCOSUR”, aprobada por la Comisión de Comercio del MERCOSUR, el 06 de junio de 2018.

2ARTÍCULO 2o.- Comuníquese...

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