Decreto No. 304/020.- Dispónese una rebaja del Impuesto al Valor Agregado en alta temporada, en el marco del Decreto 537/005, por el período que se determina.

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Decreto 304/020

Dispónese una rebaja del Impuesto al Valor Agregado en alta temporada, en el marco del Decreto 537/005, por el período que se determina.

(5.006*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 13 de Noviembre de 2020

VISTO: la Ley Nº 17.934, de 26 de diciembre de 2005;

RESULTANDO:I) que la referida norma facultó al Poder Ejecutivo a establecer una rebaja del Impuesto al Valor Agregado en un conjunto de operaciones vinculadas al turismo, siempre que la contraprestación se efectúe mediante el uso de ciertos medios de pago electrónico;

II) que el Decreto Nº 537/005, de 26 de diciembre de 2005, hizo uso de la facultad mencionada y reglamentó la rebaja referida;

III) que, en el marco de las medidas tendientes al abatimiento del déficit fiscal, el Decreto Nº 97/020, de 11 de marzo de 2020, dispuso una disminución de la rebaja del Impuesto al Valor Agregado aplicable a las operaciones referidas, llevándola de nueve a cinco puntos porcentuales;

CONSIDERANDO: I) que las medidas sanitarias dispuestas por el Poder Ejecutivo en el marco de la pandemia ocasionada por el virus SARS CoV-2, podrían tener un impacto negativo en el sector turístico;

II) que resulta necesario contribuir a una mejora de las condiciones de competencia de dicho sector, utilizando la facultad referida para llevar al máximo autorizado la rebaja de la alícuota del Impuesto al valor Agregado, a efectos de generar un impulso relevante para el sector turístico, en la mencionada coyuntura;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º

Reducción del Impuesto al Valor Agregado en alta temporada.- A partir del 16 de noviembre de 2020 y hasta el 4 de abril de 2021 las operaciones...

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