Decreto No. 31/020.- Determínase que el art. 129 de la Ley 19.678 de 26 de octubre de 2018, relativo a la modificación de la fórmula de cálculo de las primas correspondientes al seguro de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales respecto de los dependientes de la actividad rural, comenzará a regir a partir del 1º de mayo de 2020.

VISTO: lo establecido por la Ley Nº 19.678 de 26 de octubre de 2018;

RESULTANDO: que el artículo 129 de la referida norma modificó la fórmula de cálculo de las primas correspondientes al seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, respecto de los dependientes de la actividad rural;

CONSIDERANDO: I) que el Banco de Seguros del Estado y el Banco de Previsión Social continúan trabajando en los ajustes necesarios para una adecuada implementación de la referida modificación, de forma de no afectar el funcionamiento de la actividad rural ni la cobertura del seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales;

II) que, en función de lo anterior, resulta conveniente e imprescindible postergar la entrada en vigencia de lo previsto en el mencionado artículo, por las mismas razones consignadas en el Decreto Nº 210/019 de 8 de julio de 2019, atendiendo a que es necesario y de buena administración culminar el proceso de adecuación de la operativa del seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales para la actividad rural, a efectos de una...

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