Decreto No. 36/018.- Apruébase el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Sanidad Naval

(1.144*R)

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Montevideo, 19 de Febrero de 2018

VISTO: la gestión del Comando General de la Armada por la cual solicita la aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Sanidad Naval (SANAV).

CONSIDERANDO: I) que el artículo 11 de la Ley 10.808 (Orgánica de la Armada) de 16 de octubre de 1946 en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley 16.320 de 1ro. de noviembre de 1992, establece que la Dirección General de Personal Naval estará constituida por las Direcciones y Jefaturas que establezca el Poder Ejecutivo.

II) que el numeral 4.6 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección General de Personal Naval aprobado por el Decreto 99/007 de 20 de marzo de 2007 establece entre las unidades dependientes de dicha Dirección, a la Dirección de Sanidad Naval con la función de ejecutar las actividades sanitarias tendientes a preservar y recuperar la salud física y psíquica del personal naval, extendiendo la asistencia, dentro de lo posible, a los familiares del mismo.

III) que por lo tanto se hace necesario reglamentar la organización y el funcionamiento de la Dirección de Sanidad Naval.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Asesoría Letrada de la Armada Nacional y por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTICULO 1RO.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Sanidad Naval, conforme a los Anexos I, II, III y IV, los cuales se consideran parte integrante del presente Decreto.

ARTICULO 2DO.- Comuníquese, publíquese, pase al Comando General de la Armada para conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese.

Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; JORGE MENÉNDEZ.

ANEXO I

REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCION DE SANIDAD NAVAL

CONTENIDO

  1. DIRECCION DE SANIDAD NAVAL (SANAV)

    1.1. FUNCION BASICA.

    1.2. FUNCIONES GENERALES.

    1.3. ESTRUCTURA ORGANICA.

  2. UNIDADES ADMINISTRATIVAS

    2.1. Dirección de Sanidad Naval.

    2.2. Sub Dirección Técnica.

    2.3. Asesoría Odontológica.

    2.4. Sub Dirección Administrativa.

    2.5. Jefatura de la División Contaduría.

    2.6. Jefatura de la División Servicios.

    2.7. Secretaría de Dirección.

    2.8. Jefatura Técnica de los Centros Asistenciales.

    2.9. Jefatura del Centro Asistencial Familiar Montevideo (CAFMO).-2.10. Jefatura de la División Medicina Laboral, Evaluación y Certificaciones Médicas.

    2.11. Jefatura de la División Psicología.

    2.12. Jefatura de la División Logística y Educación Médica.

    2.13. Jefatura del Departamento de Logística.

    2.14. Jefatura del Pañol Central.

    2.15. Jefatura de la División Farmacia.

    2.16. Jefatura de la División Medicina Operativa.

    2.17. Asesores de la Sub-Dirección Técnica.

  3. ESTRUCTURA ORGANICA GENERAL DE LOS CENTROS ASISTENCIALES

    3.1. Jefatura de Centro Asistencial.

    3.2. Sub-Jefatura de Servicio de Medicina.

    3.3. Sub-Jefatura de Servicio de Odontología.

    3.4. Sub-Jefatura de Servicio de Psicología.

    3.5. Sub-Jefatura del Servicio de Farmacia.

    3.6. Jefatura de Centro Asistencial de Unidad.

  4. DIRECCION DE SANIDAD NAVAL.

    1.1 Función Básica.

    La Dirección de Sanidad Naval (SANAV) es el órgano encargado de desarrollar y ejecutar las actividades sanitarias necesarias para preservar y recuperar la salud física y psíquica del personal naval, extendiendo la asistencia, dentro de las posibilidades, a los familiares del mismo.

    Las actividades sanitarias están orientadas al ámbito de la Medicina Operacional y al Nivel de Atención Primaria de Salud (Medicina Asistencial). Se trata de un enfoque Integral y sustentable; coordinado con las directivas vigentes del Ministerio de Salud Pública (M.S.P.), la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas (D.N.S.FF.AA) y las directivas propias del Mando Naval.

    1.2. Funciones Generales.

    1.2.1. Gestionar los medios sanitarios humanos y materiales con los que cuenta la Armada, destinados al apoyo sanitario de las Operaciones, dentro y fuera del territorio nacional (Medicina Operativa), a la Medicina Ocupacional y a la Atención Primaria (Medicina Asistencial) de la Salud Integral. Sus mayores esfuerzos se concentran en la Selección Sanitaria y la Medicina Preventiva.

    1.2.2. Brindar asistencia sanitaria a todos los integrantes de la Armada, en el país o desplegados fuera de las fronteras manteniendo su aptitud para el servicio naval. Asimismo atenderá a los familiares directos (esposa e hijos) y personal retirado según sean los casos en cuanto a lugar y amplitud de la asistencia.

    1.2.3. Difundir e instrumentar las directivas técnicas que imparte la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Salud Pública, supervisando y controlando su cumplimiento en la Armada.

    1.2.4. Proporcionar la infraestructura técnico-sanitaria y administrativa de apoyo a los Centros Asistenciales de Area y Unidad, además de las unidades que se desplieguen fuera del territorio nacional.

    1.2.5. Priorizar la Medicina Operacional sobre la Asistencial, haciendo especial hincapié en la formación del personal profesional y técnico en las áreas de especialización necesarias y aplicables a la medicina de las operaciones de superficie, aeroespaciales, anfibias, terrestres y de buceo.

    Las funciones de desarrollo operativas (Evacuación, Hospitalización y Recuperación) son el objeto de continua perfección.

    1.2.6. Invertir esfuerzos en la promoción y prevención de la salud, en la Medicina Asistencial.

    1.2.7. Realizar la evaluación médica y psicofísica de los aspirantes a ingreso a la Armada Nacional.

    1.2.8. Solicitar a la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas la integración de Juntas Médicas en los casos que corresponda según el Reglamento de Integración y Funcionamiento de las Juntas Médicas de la citada Dirección.

    1.2.9. Desarrollar y supervisar Programas Preventivos enmarcados en Campañas Nacionales.

    1.2.10. Contribuir al cumplimiento de las Operaciones Sanitarias que establezca la Defensa Nacional.

    1.2.11. Realizar la certificación de Aptitud Psicofísica Marítima.

    1.3. Estructura Orgánica.

    La Dirección de Sanidad Naval está constituida por Divisiones y Centros Asistenciales (Anexo II).

  5. UNIDADES ADMINISTRATIVAS.

    2.1. Dirección de Sanidad Naval.

    La Dirección de Sanidad Naval será ejercida por un Oficial Superior del Cuerpo de Comando.

    2.1.1. Función Básica.

    Planificar, coordinar y supervisar las políticas sanitarias, gestionando los recursos humanos, materiales y financieros asignados, para asegurar el cumplimiento de la misión de la Armada.

    2.1.2. Funciones Generales.

    1. Efectuar el enlace con la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas, trasmitiendo sus directivas técnicas y la supervisión de su cumplimiento. Participar, a través de su SubDirección Técnica, de las reuniones del Organo Coordinador, apoyando la gestión global del sistema de Salud Militar en forma coherente con la Política Sanitaria de la Armada.

    2. Planificar, supervisar y coordinar la capacitación de todo el personal sanitario naval, médico y técnico, a través de simposios, charlas, conferencias, cursos de capacitación en la Escuela de Sanidad de las Fuerzas Armadas y cursos nacionales e internacionales.

    3. Priorizar la formación del personal profesional y técnico en las áreas de especializaciones necesarias y aplicables a la medicina de navegación, buceo, aeroespacial y de infantería de marina.

    4. Desarrollar campañas de promoción y prevención de la salud.

    5. Administrar los Centros de Asistencia subordinados y la totalidad de los componentes sanitarios de la Armada Nacional.

    6. Inspeccionar las instalaciones de las distintas reparticiones dependientes de la Dirección.

    7. Mantener permanente supervisión del Personal Naval internado en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas, realizando las gestiones y coordinaciones necesarias para su mejor atención, facilitando trámites y la obtención de medicamentos no incluídos en el vademécum de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.

    8. Formular los cursos de acción, normas y procedimientos para la organización, administración y empleo de los recursos del Servicio.

    9. Centralizar y controlar la documentación administrativa de los distintos Centros Asistenciales.

    10. Planificar, coordinar y supervisar las políticas sanitarias establecidas, gestionando los recursos humanos, materiales y financieros asignados, para asegurar el cumplimiento de la misión sanitaria en la Armada.

    11. Asegurar mediante una adecuada distribución del Personal Profesional, Técnico y de Enfermería, la cobertura total de los Centros Asistenciales a nivel nacional.

    12. Asegurar la asignación de personal médico, técnico y de enfermería para cubrir las distintas Tablas de Dotación de las unidades que se despliegan en misiones internacionales.

    13. Disponer la realización de Exámenes Médicos Regulares (Carné de Salud - Ascenso) y Especiales a todo el Personal de la Armada.

    14. Efectuar los controles indispensables a la buena conservación de los locales, dotación y materiales asignados a la Dirección de Sanidad Naval, inspeccionando y fiscalizando periódicamente todo lo relativo a la administración de los mismos en coordinación con los Jefes respectivos.

    15. Supervisar el grado de eficiencia, capacitación y preparación de los Centros Asistenciales (CA) dependientes orgánica y funcionalmente.

    16. Contribuir al cumplimiento de las Operaciones de Sanidad que imponga la Defensa Nacional de acuerdo a los recursos disponibles.

      2.1.3. Relación Orgánica.

      Dependerá orgánicamente de: la Dirección General de Personal Naval (DIPER).

      Dependerá técnicamente de: la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.

      De ella dependerán: la Sub-Dirección Técnica, la Sub-Dirección Administrativa, la Secretaría, la Jefatura Técnica de los Centros Asistenciales, el Centro Asistencial Familiar de Montevideo, las Divisiones y las Asesorías.

      2.2. Sub-Dirección Técnica.

      La Sub...

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