Decreto No. 366/016.- Establécense normativas relativas a la participación de los productores de arroz en el Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera

16 Documentos Nº 29.589 - noviembre 28 de 2016 | DiarioOf‌icial
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 17 de Noviembre de 2016
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en
el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se aprueba
el Protocolo de la Ronda de San Pablo al Acuerdo sobre el Sistema
Global de Preferencias Comerciales entre Países en Desarrollo suscrito
por el Mercosur en Foz do Iguazú, República Federativa del Brasil, el
15 de diciembre de 2010.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JOSÉ LUIS CANCELA; DANILO ASTORI.
16
Resolución 947/016
Desígnase al Embajador de la República Lic. Martín Vidal, como
Representante Titular de la República en el Consejo de la Organización
de Aviación Civil Internacional (O.A.C.I.).
(2.149)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 21 de Noviembre de 2016
VISTO: las necesidades del servicio;
CONSIDERANDO: I) que corresponde designar al nuevo
Representante Titular de la República en el Consejo de la Organización
de Aviación Civil Internacional, con sede en Montreal, Canadá, para
el período 2016 - 2019;
II) que el Embajador de la República acreditado ante Canadá,
Licenciado Martín Vidal, reúne las condiciones y la idoneidad para
representar a la República ante el Consejo de la Organización de
Aviación Civil Internacional;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168, numeral 12 de la
Constitución de la República y el Decreto-Ley Nº 14.206 de 6 de junio
de 1974 y disposiciones modicativas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnase Representante Titular de la República en el Consejo
de la Organización de Aviación Civil Internacional, con sede en
Montreal, Canadá, para el período 2016-2019, al Embajador de la
República acreditado ante ese país, Licenciado Martín Vidal.
2
2º.- Comuníquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; RODOLFO NIN NOVOA.
17
Resolución 949/016
Dispónese el pase de la funcionaria del Servicio Exterior, Consejero Lic.
Carolina Villarubia Barreto, a desempeñar funciones en la Delegación
Permanente de la República ante la UNESCO.
(2.147)
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 21 de Noviembre de 2016
VISTO: las necesidades del servicio;
RESULTANDO: que corresponde designar a un funcionario del
Servicio Exterior, para desempeñar las funciones de su cargo en la
Delegación Permanente de la República ante la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)
con sede en la ciudad de París, República Francesa;
CONSIDERANDO: que la Comisión de Destinos creada por R.M.
Nº 76/02016 de fecha 2 de marzo de 2016, luego de haber analizado
su preparación funcional y aptitudes, recomendó oportunamente
a la señora Consejero Lic. Carolina Villarubia Barreto para cumplir
dichas funciones;
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 12 de la
Constitución de la República y el Decreto-Ley No. 14.206 de 6 de junio
de 1974 y disposiciones modicativas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Pase la señora funcionaria del Servicio Exterior, Consejero Lic.
Carolina Villarubia Barreto a desempeñar las funciones de su cargo en
la Delegación Permanente de la República ante la Organización de las
Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)
con sede en la ciudad de París, República Francesa.
2
2º.- En el desempeño de sus funciones, la señora Consejero Lic.
Carolina Villarubia Barreto ostentará el rango protocolar de Ministro
Consejero.
3
3º.- Otórguense a la mencionada funcionaria los pasajes y demás
compensaciones a que tenga derecho, según lo establecido en el
artículo 77 de la Ley Nº 12.802 de 30 de noviembre de 1960 en la
redacción dada por el artículo 269 de la Ley Nº 19.355 de 19 de
4
4º.- Comuníquese, notifíquese, etc.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; RODOLFO NIN NOVOA.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
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Decreto 366/016
Establécense normativas relativas a la participación de los productores
de arroz en el Fondo de Financiamiento y Recomposición de la Actividad
Arrocera.
(2.140*R)
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 21 de Noviembre de 2016
VISTO: la ley Nº 17.663, de 11 de julio de 2003 y las modicaciones
introducidas por los artículos 166 y 167 de la ley Nº 19.149 y los artículos
65 y 66 de la ley Nº 19.438, de fechas 24 de octubre de 2013 y 14 de
octubre de 2016, respectivamente.
RESULTANDO: I) que por esa norma se crea el Fondo de
Financiamiento y Recomposición de la Actividad Arrocera con el
objeto de:
a) cancelar deudas de productores originadas exclusivamente en
la actividad productiva arrocera con el Banco de la República Oriental
del Uruguay (BROU) y con otras Instituciones de Intermediación
Financiera que determine la reglamentación y con las empresas
industrializadoras y exportadora;
b) nanciar la actividad arrocera;
c) cancelar deudas que fueran contraídas por el Fondo para atender
los objetivos anteriores;

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