Decreto No. 387/019.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 40/15 del Grupo Mercado Común, por la cual se aprobó “EL REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE MATERIALES, ENVASES Y EQUIPAMIENTOS DESTINADOS A ESTAR EN CONTACTO CON ALIMENTOS”.

VISTO: la Resolución GMC Nº 40/15 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

RESULTANDO: que por la misma se aprobó el "Reglamento Técnico MERCOSUR sobre: Materiales, Envases y Equipamientos celulósico destinados a estar en contacto con alimentos";

CONSIDERANDO: I) que es necesario la actualización de la reglamentación incorporando la Resolución Nº 40/15 de 23 de setiembre de 2015, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, al Reglamento Bromatológico Nacional (Decreto Nº 315/994 de 5 julio de 1994);

II) que por el Artículo 38 del Protocolo Adicional al tratado de Asunción sobre la estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley Nº 16.712 de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el Artículo 2 del referido Protocolo;

III) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en el Visto;

IV) que la actualización planteada contribuye a permitir un mayor y más fluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que beneficia el comercio exterior de nuestro País;

V) que la modificación proyectada cuenta con la aprobación del Departamento de Alimentos, Cosméticos y Domisanitarios de la División Evaluación Sanitaria del...

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