Decreto No. 407/016.- Créase el Proyecto Jóvenes a Programar cuya finalidad es la enseñanza y capacitación de jóvenes en las áreas de ciencias de la computación y tecnología de la información y la comunicación

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ÓRGANO
OFICIAL
DE
LA
REPÚBLICA DE
GUATEMALA,
C. A.
MIÉRCOLES 4 de ENERO de 2017 No.
24
Tomo CCCVI
Director
General:
Héctor
Salvatierra
www.dca.gob.gt
EN
ESTA
EDICIÓN ENCONTRARÁ:
PUBLICACIONES
VARIAS
MUNICIPALIDAD
DE
SANTA
LUCIA
MILPAS
ALTAS
DEPARTAMENTO
DE
SACATEPEQUEZ
ACTA
DE
SESIÓN
ORDINARIA No. 79-2016
MINISTERIO
DE
TRABAJO
Y PREVISIÓN
SOCIAL
Pógino 1
Acuérdase
reconocer
la
Personalidad Jurídico del SINDICATO
DE
TRABAJADORES
ARTISTAS,
URBANOS
DEL
CENTRO
HISTÓRICO
DE
GUATEMALA "SITRAUCHDEG". Pógina 2 ·
Acuérdase reconocer
la
Personalidad Jurídica del SINDICATO
DE
TRABAJADORES
Y
TRABAJADORAS
DE
LA
EMPRESA
SAE
A
TEXPIA
111,
SOCIEDAD
ANONIMA
"SITRAEMSAETEXPIA".
ANUNCIOS VARIOS
-Matrimonios
-
Líneos.
de
Transporte
-Disolución
de
Sociedad
-Patentes
de
Invención
-Registro
de
Marcos
-Títulos Supletorias
-Edidas
-Remates
-Constituciones
de
Sociedad
-Modificaciones de Sociedad
-Convocatorias
Pógina 2
Pógina 3
Pógina 3
Pógina-3
Pógina 3
Pógina 4
Pógina 5
Pógiría 6
Página 9
Página
15.
Pógina
16
Página
16
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ATENCIÓN
Los
public'ociones que
se
realizan
en
el
Diario de Centro América,
se
publican de conformidad con
el
original presentado
por
el
solicitante,
en consecuencia
cualquier
errOr
que
se
cometa
en ese
original,
el
Diario de Centro América no asume ninguno responsabilidad.
Por
lo antes descrito
se
les
solicita cumplir con los siguientes
requisitos:
1.
El
Archivo
digitol
deberó
ser
EDITABLE
(EN
WORD)
PARA
LAS
SIGUIENTES
CATEGORÍAS:
Mafrimonios Nacionalidades
Líneas
de Transporte
Constituciones de Sociedades Modificaciones de Sociedades
Disoluciones de Sociedades Patentes de Invención
Registro de Marcas Títulos Supletorios Edictos Remates
2.
LAS
CONVOCATORIAS
Y
LOS
ACUERDOS
SERAN
RECIBIDOS
EN:
Word
editable
JPG
Todas
en
Escala
de
grises 300
ppi
·
de
Resolución
·
3.
Letra
clara e impresión 'firme.
4.
Legibilidad
en
los
números.
5.
No
correcciones, tachones, marcas de lópiz o lapicero.
6.
No
se
aceptan fotocopias ilegibles.
7,
Que
la
firma de la persono responsable y sello correspondiente
se
encuentren fuera del
·te>Cto
de! documento.
B.
Documento
con
el
nombre
completo
del
Abogado,
Sello
y
Número
de
Colegiado.
9.
Nombre
y
número
de
teléfono
de
lo
persona
responsable
de
la
publicación, poro cualquier consulta posterior:
PUBLICACIONES
VARIAS
MUNICIPALIDAD
DE
SANTA
LUCIA
MILPAS
ALTAS,
DEPARTAMENTO
DE
SACATEPEQUEZ
ACTA
DE
SESIÓN
ORDINARIA
No.
79-2016
LA
INFRASCRITA
SECRETARIA
MUNICIPAL
DE
LA
MUNICIPALIDAD
DE
SANTA
LUCIA
MILPAS
ALTAS
DEL
DEPARTAMENTO
DE
SACATEPEQUEZ.
CERTIFICA:
Que
para
el
efecto
tienen
a
la
vista
el
libro
No.
31
de
Actas
de
Sesiones
del
Concejo
Municipal,
que
se
lleva
en
esta
Secretaria
y
en
la
cual
se
encuentra
asentada
el
Acta
de
sesión
ordinaria
No.
79-2016
suscrita
en
fecha
veintidós
de
diciembre
del
afio
dos
mil
dieciséis,
la
que
copiada
en
su
parte
conducen
te
esta
b 1
ece.
------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERO:
El
seflor
Alcalde
Municipal
refiere
que
el
día
jueves
veintidós
de.
diciembre
del
presente
año,
Je
fue
entregado
el
oficio
número
un
mil
ciento
veintiocho
(001128)
del
Ministerio
de
Gobernación,
en
el
cual
se
notifica
el
contenido
del
Acuerdo
Gubernativo
Número:
doscientos
veintinueve
guion
dos
mil
dieciséis
(229-2016)
de
fecha
cinco
de
diciembre
del
año
dos
mil
dieciséis
(05-12-2016),
emanado
de
la
Presidencia
de
Ja
República
de
Guatemala,
mediante
el
cual
se
ACUERDA
trasladar
la
Competencia
de
la
Administración
de
Tránsito
a
Ja
Municipalidad
de
Santa
Lucia
Milpas
Altas,
Departamento
de
Sacatepéquez,
única
y
exclusivamente
dentro
de
su
jurisdicción,
mismo
que
debe
publicarse
en
el
Diario
Oficial
de
Centro
América.
Al
respecto
el
Honorable
Concejo
Municipal
enterado
del
mismo
y;
CONSIDERANDO:
Que
el
Organismo
Ejecutivo
mediante
Acuerdo
Gubernativo
podrá
trasladar
la
competencia
de
la
administración
de
tránsito
a
las
municipalidades
de
la
Republica
que
se
encuentran
en
condiciones
de
realizar
dicha
función
eficientemente
dentro
de
su
jurisdicción.
CONSIDERANDO:
Que
el
municipio
como
institución
autónoma
de
Derecho
Público
tienen
personalidad
jurfdica
y
capacidad
para
adquirir
derechos
y
obligaciones.
Que
dentro
de
sus
atribuciones
y
otras
le
compete
al
Concejo
Municipal
la
aceptación
de
la
delegación
o
transferencias
de
competencias,
según
lo
establecido
en
el
inciso
g)
del
Articulo
35
del
Código
IV/unic1pal
Decreto
12-2002
del
Congreso
de
la
República
de
Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que
esta
institución
autónoma
solicitó
el
traslado
de
la
competencia
de
la
administración
de
tránsito
cumpliendo
con
todos
los
requisitos
de
la
Ley;
este
Concejo
Municipal
convalida
dicha
delegación
así
debe
resolverse.
POR
TANTO:
Con
fundamento
en
lo
expuesto
y
considerando
y
Jo
que
para
el
efecto
preceptúa
los
artículos
134
primer
párrafo,
253
y
254,
de
la
Constitución
Política
de
la
República
de
Guatemala,
2,
3,
6,
7,
40,
41,
52,
53
inciso
b)
del
Código
Municipal
Decreto
Número
12-2002
del
Congreso
de
la
República
de
Guatemala;
1,
4,
5,
6,
7,
8,
9,
30,
31,
32,
33, 34,
35, 36,
37,
40,
45, 46,
de
la
Ley
de
Tránsito
Decreto
número
132-96
del
Congreso
de
la
República
de
Guatemala;
y
articulo
5
del
Reglamento
de
la
Ley
de
Tránsito
Acuerdo
Gubernativo
número
273-98,
por
votación
unánime
Jos
integrantes.
ACUERDAN:
1)
Aceptar:
la
Delegación
de
la
Competencia
de
la
Administración
de
Tránsito
y
CONVALIDAN
dicho
traslado
comprometiéndose
a
cumplir
con
los
compromisos
adquiridos
en
el
convenio
número:
Diez
guion
dos
mil
dieciséis
(10-2016),
de
fecha
veintidós
de
agosto
del
afio
dos
mil
dieciséis
(22-08-2016),
suscrito
entre
el
Alcalde
Municipal
y
el
Ministro
de
Gobernación.
11)
Publíquese
en
el
Diario
de
Centro
América
y
notifíquese
al
Ministerio
de
Gobernación
para
los
efectos
legales
consiguientes.
Y
para
los
usos
que
convenga,
extiendo
la
presente
certificación,
a
veintinueve
días
del
mes
de
diciembre
del
afio
dos
mil
dieciséis,
la
cual
queda
contenida
en
una
hoja
de
papel
bond
tamaño
ofido.
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