Decreto No. 42/017.- Créase el Comité Nacional de Prevención y Lucha contra el Tráfico Ilícito de Bienes Culturales y establécense sus cometidos e integración

12 Documentos Nº 29.650 - febrero 22 de 2017 | DiarioOficial
RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; PABLO FERRERI; MARÍA JULIA MUÑOZ; GUILLERMO
MONCECCHI; ERNESTO MURRO; TABARÉ AGUERRE; LILIAM
KECHICHIAN; JORGE RUCKS.
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS
PÚBLICAS
15
Resolución 102/017
Autorízase la ampliación de destino y de material del yacimiento de
tosca, propiedad de la empresa SERVIAM S.A., ubicado en la 7ª Sección
Catastral del departamento de San José.
(438)
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 13 de Febrero de 2017
VISTO: estos antecedentes relacionados con la ampliación de
destino y de material, del yacimiento de tosca ubicado en el padrón Nº
19.069 (parte) (ex parte del padrón Nº 3308), de la 7ª Sección Judicial
y Catastral del Departamento de San José.
RESULTANDO: I) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 2 de mayo de 2005, dicho yacimiento fue incluido en el Inventario
de Canteras de Obras Públicas a que reere el artículo 250 de la Ley
Nº 16.320 de 1º de noviembre de 1992, dada la necesidad de contar con
los materiales de la citada cantera, en las obras denominadas “Ruta
Nº 3, Tramo San José 112km500, rehabilitación y refuerzo con mezcla
asfáltica”, a cargo de la empresa COLIER S.A., según el resultado de
la Licitación Pública Internacional Nº 13/04.
II) Que por Resolución de dicho Poder, de fecha 19 de diciembre de
2005, se aprobó la ampliación de destino de los materiales del indicado
yacimiento, para las obras: “Ruta Nº 11- Tramo: Ecilda Paullier - Juan
Soler”, a cargo de la mencionada empresa.
III) Que, asimismo, con fecha 27 de noviembre de 2006, a pedido
de la Dirección Nacional de Vialidad, y también por Resolución del
Poder Ejecutivo, se dispuso que los materiales fueran utilizados por
la empresa COLIER S.A. exclusivamente, en la obra “Mantenimiento
de la Ruta Nº 1, en el tramo comprendido entre el Anillo Colector de
los Accesos a Montevideo y Ruta Nº 45”.
IV) Que, con fecha 16 de diciembre de 2014, habiendo culminado
las obras anteriormente citadas, el Poder Ejecutivo autoriza el cambio
de destino de los materiales de la cantera correspondiente al padrón
Nº 19.069 (ex parte del padrón Nº 3308), los cuales serán empleados en
las siguientes obras: “M/16 - Mantenimiento por Niveles de Servicio y
Obras de rehabilitación en Ruta Nº 11 - Tramo: Atlántida (167km000) y
planta urbana Ecilda Paullier (12km700)”, “M/20 - Mantenimiento por
Niveles de Servicio en Ruta Nº 2 - Tramo: entre Cardona (182km400)
y el Puente Internacional General San Martín (308km500)”, “M/37 -
Mantenimiento por Niveles de Servicios y Obras de rehabilitación en
Ruta Nº 3 Tramo: Ruta Nº 1 (67km300) - Arroyo Grande (243km00)”,
“LP 2/2010 - Contrato de Mantenimiento Ruta Nº 5 - Tramo: Paso
Pache - Pueblo Centenario”, y “LP 44/2012 - Suministro de mezcla para
Vialidad”, todas ellas a cargo de la empresa SERVIAM S.A..
V) Que por Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 20 de mayo de
2015, se amplió el destino de los materiales a extraer del mencionado
yacimiento, para la utilización en las obras: “Recargo y pavimentación
con mezcla asfáltica en caliente del Camino Mauricio”, en el marco
de la Licitación Pública Nº 4/2014, convocada por la Intendencia
Departamental de San José, a cargo de la empresa SERVIAM S.A..
VI) Que la Dirección Nacional de Vialidad del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, gestiona una nueva ampliación de destino
y de material, del mencionado yacimiento, a n de ser utilizados en las
obras de: “Camino a José Ignacio, tramo 110” y “Caminería Rural zona
Oeste”, Licitación Abreviada Nº 27/2016, en al marco de las obras de
Emergencia de la Intendencia Departamental de San José, adjudicadas
a la empresa SERVIAM S.A..
VII) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría
Letrada) de la indicada Secretaría de Estado, no formula observaciones
al respecto.
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 250 de la Ley Nº 16.320 de
1º de noviembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Autorízase la ampliación de destino y de material, del
yacimiento de tosca ubicado en el padrón Nº 19.069 (parte) (ex parte del
padrón Nº 3308), de la 7ª Sección Judicial y Catastral del Departamento
de San José, propiedad de la empresa SERVIAM S.A..
2
2º.- Autorízase la extracción del material correspondiente, en
un área de explotación de 20,5 hás., para su utilización en las obras
de “Camino a José Ignacio, tramo 110” y “Camisería Rural zona
Oeste”, Licitación Abreviada Nº 27/2016, en al marco de las obras de
Emergencia de la Intendencia Departamental de San José, adjudicadas
a la empresa SERVIAM S.A..
3
3º.- Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional
de Vialidad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para
noticación del interesado y demás efectos.
RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; JORGE SETELICH.
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
16
Decreto 42/017
Créase el Comité Nacional de Prevención y Lucha contra el Tráco Ilícito
de Bienes Culturales y establécense sus cometidos e integración.
(431*R)
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 13 de Febrero de 2017
VISTO: la declaración de compromisos asumidos por el Estado
uruguayo como miembro de la UNASUR, en relación con la
protección de los bienes culturales patrimoniales del país y de los
países miembros, promoviendo la circulación lícita de dichos bienes,
así como las políticas e iniciativas desarrolladas por MERCOSUR y
UNASUR en este sentido.
RESULTANDO: I) que en la I REUNIÓN INTER-PLATAFORMAS
MERCOSUR- UNASUR “PREVENCIÓN Y COMBATE AL TRÁFICO
ILÍCITO DE BIENES CULTURALES”, realizada en Asunción,
República del Paraguay, los días 19 y 20 de octubre de 2015, se
recomendó impulsar la creación de un Comité Nacional de Prevención
y Lucha contra el Tráco Ilícito de Bienes Culturales en los distintos
países miembros.
II) que la creación de un Comité Nacional de Prevención y
Lucha contra el Tráco Ilícito de Bienes Culturales integrado por las
instituciones estatales vinculadas a la temática, resulta conveniente
a n de elaborar estrategias conjuntas para disminuir y combatir el
tráco ilícito de bienes culturales patrimoniales.
III) que el Ministerio de Educación y Cultura, tendrá un rol
preponderante como responsable de su coordinación y funcionamiento
a través de la Dirección de Cooperación Internacional y Proyectos, la

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