Diario Oficial de Uruguay del 13/09/2016 (contenido completo)

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Documen tos
Nº 29.537 - setiembre 13 de 2016
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 22 y 24 de agosto, 2 y 9 de setiembre y publicados tal como fueron redactados por el
órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
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Resolución 533/016
Dispónese la insistencia en la continuidad del procedimiento respecto de
la Licitación Pública Internacional Nº 1/2015, convocada por la AGESIC,
en los términos que se indican.
(1.449*R)
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Montevideo, 22 de Agosto de 2016
VISTO: El llamado a Licitación Pública Internacional Nº 1/2015
convocado por la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión
Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento
(AGESIC), para la “Adquisición de Imágenes Digitales de cobertura
nacional”;
RESULTANDO: I) que la referida contratación, será nanciada a
través del Contrato de Préstamo Nº 2677/OC-UR, destinado a cooperar
en la ejecución del Programa de Infraestructura Vial II, suscrito el 15
de marzo de 2012, entre la República Oriental del Uruguay y el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) y su Contrato Modicatorio de
fecha 23 de octubre de 2015;
II) que el citado Contrato Modicatorio establece en su artículo
primero, numeral 1 “Organismo Ejecutor”, literal b) que la ejecución
del Programa y la utilización de los recursos del nanciamiento del
Banco, serán llevadas a cabo por AGESIC en todo lo que respecta al
Componente 4 “Sistemas Geográcos” descrito en el Anexo Único;
III) que entre las actuaciones cumplidas consta: a) la publicación
del llamado en los sitios web de Compras y Contrataciones Estatales y
de United Nations Development Business; b) las preguntas efectuadas
por los interesados y sus respectivas respuestas y c) las enmiendas
efectuadas al Pliego objeto del presente llamado;
IV) que el 29 de marzo de 2016 se realizó la apertura de la citada
licitación, recepcionándose las ofertas de las siguientes rmas: (i)
Servicio Nacional de Aerofotogrametría - Fuerza Aérea Boliviana; (ii)
Telespazio Argentina S.A., E-Geos S.P.A. y Telespazio Ibérica S.L.U
con intención de constituir un APCA; (iii) Seresco S.A.; (iv) Topocart
Topografía Engenharia e Aerolevantamentos S/S Ltda y AT SRL con
intención de consorcio; (v) Cowi S.A.; (vi) Horizons South América
S.A.C; (vii) Stereocarto S.L, Protoba S.L e Inclam S.A.; (viii) Aeroterra
S.A.; (ix) Engefoto Engenharia e Aerolevantamentos S.A., Esteio
Engeharia e Aerolevantamentos S.A. y Arintex S.A. con intención de
consorcio y (x) IGN France International y FIT Conseil con intención
de consorcio;
V) que la Comisión Asesora de Adjudicaciones de AGESIC realizó
la evaluación de dichas ofertas, pronunciándose por informes de 2 y
28 de junio de 2016 y recomendando adjudicar el presente llamado a
las rmas Topocart Topografía Engenharia e Aerolevantamentos S/S
Ltda. y AT S.R.L. con intención de Consorcio “Consorcio TOPOCART-
AT”, por ser los oferentes que, respondiendo sustancialmente a los
requisitos exigidos en los Documentos de la Licitación, obtienen el
mayor puntaje nal;
VI) que remitidas las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la
República, éste dispuso por Resolución de fecha 27 de julio de 2016
(E.E. Nº 2016-17-1-0004567 - Ent. Nº 3488/16), la observación del
procedimiento competitivo reseñado;
CONSIDERANDO: I) que dicha observación se sustentó en que
“... en el caso concreto, no se da cumplimiento al requisito de la publicidad
en forma de libre acceso, ya que el llamado fue publicado con otro número y
vinculado a otro Inciso” (Considerando 3);
II) que el artículo 45 del TOCAF, los contratos de adquisiciones de
bienes o prestación de servicios que otorguen los órganos del Estado, en
aplicación de contratos de préstamos con organismos internacionales
de crédito de los que la República forma parte, quedarán sujetos a las
normas de contratación establecidas en cada contrato;
III) que las Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras
nanciados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-9 de
marzo de 2011), establecen en su numeral 2.8 relativo a los requisitos
de publicidad que deben cumplirse en las Licitaciones Públicas
Internacionales, que los llamados a licitación “... deben publicarse
como Anuncios Especícos de Adquisiciones por lo menos en un periódico
de circulación nacional en el país del Prestatario o en la gaceta ocial (si se
encuentra disponible en internet) o en un portal único electrónico de libre
acceso donde el país publique todas sus oportunidades de negocio”;
IV) que fue publicada la mencionada Licitación en las páginas web
de Compras Estatales, AGESIC y Development Business de Naciones
Unidas, por lo que se cumple ampliamente con los requisitos de
publicidad antes mencionados;
V) que se recibieron un total de doscientas setenta y dos
consultas de interesados en la instancia de publicidad del llamado,
y se presentaron diez ofertas, que involucran a un total de dieciocho
empresas originarias de Uruguay, España, Perú, Argentina, Bolivia,
Dinamarca, Italia, Brasil, Estados Unidos de América y Francia;
VI) que de la cantidad de consultas y ofertas recibidas en el presente
llamado, se deduce claramente que se ha dado cabal cumplimiento a
los principios de publicidad y concurrencia;
VII) que el BID ha prestado su conformidad al proceso licitatorio (fs.
667) y a la recomendación de la Comisión Asesora de Adjudicaciones,
y en particular ha manifestado que “(…) la publicidad de dicho proceso
licitatorio fue adecuada a los requisitos aplicables al contrato de préstamo y
a lo requerido por la política de adquisiciones del Banco”;
VIII) que el Área Administración y Finanzas de AGESIC ha
expedido las constancias de afectación del crédito Nro. 866 de 24
de junio de 2016, y sus modicativas Nros. 001, 002 y 003 de 24, 28
y 30 de junio del corriente año, respectivamente, y Nro. 868 de 24
de junio de 2016 y sus modicativas Nros. 001, 002 y 003 de fechas
24, 28 y 30 de junio del año en curso, respectivamente, e informe
de disponibilidad del crédito de fecha 30 de junio de 2016, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Ley Nº 17.243
IX) que con relación a la rma AT S.R.L. se ha realizado el previo
control de cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 de la Ley
Nº 18.244 de 27 de diciembre de 2007;
X) que en consecuencia, procede atender a la recomendación de
la Comisión Asesora de Adjudicaciones y, en su mérito, insistir en la
continuidad del procedimiento, adjudicando el presente llamado a las
rmas mencionadas, en los términos referidos;

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