El 2011 empieza con varios cambios tributarios y en materia sanitaria

MARCELA DOBALAcarreados por la Reforma Tributaria, por controvertidas leyes que aprobó este año el Parlamento y por decisiones del Ejecutivo, en 2011 comenzarán a regir importantes cambios a nivel tributario y sanitario.Las modificaciones al criterio de la fuente aplicado a las rentas del capital y el trabajo fueron uno de los cambios más polémicos discutidos este año, pero no son los únicos que comenzarán a regir. Hay contribuyentes que perderán beneficios, algunos recibirán nuevas prestaciones o créditos fiscales. Mientras cada uno pasa en limpio sus números, El País relevó cuáles serán los cambios más relevantes que se registrarán a partir de este sábado.1.IRPF PARA ACTIVOS EN EL EXTERIOREl gobierno promulgó una ley donde amplía el criterio de renta que es gravada por el Fisco. Desde el 1° de enero, serán también alcanzados por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) los intereses de depósitos y utilidades o renta de toda colocación en el exterior (acciones, bonos, etc.). Por ese motivo, tributaristas consultados por El País sostienen que quienes tienen dinero en el exterior están definiendo si lo depositarán en un banco local (y así les retendrán el impuesto sin necesidad de identificarse) o si lo usarán para comprar acciones en sociedades del exterior que ya tributan en fiscos del extranjero (porque sus dividendos no estarán gravados en Uruguay). Otros evalúan no declarar sus activos, aunque esa decisión los complicará si más adelante quieren traer el dinero al país.2.RENTAS DE TRABAJO EN EL EXTERIORLas rentas del trabajo desarrollado por empleados de empresas nacionales fuera del territorio comenzarán a considerarse de fuente uruguaya, por lo que quedarán gravadas con IRPF. Esta medida abarcará, por ejemplo, a pilotos de aviones de Pluna o gerentes regionales de empresas multinacionales que hasta ahora solo pagaban IRPF por la parte de su sueldo que retribuía la tarea cumplida en Uruguay (y no la que realizaban cuando viajaban al exterior).3.crédito fiscal para alquileresLos arrendatarios de inmuebles destinados a la vivienda permanente que sean contribuyentes del IRPF podrán deducir el 6% del precio del alquiler, según la ley de presupuesto. Para ello, es necesario que el arrendatario realice una declaración jurada al finalizar el año e identifique al arrendador, por lo que aquellos que no estuvieran tributando IRPF deberán hacerlo para poder recibir el beneficio. El primer cobro se realizará recién en 2012 aunque regirá desde el 1° de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR