Resolución No. 104/016.- Prohíbase la importación, registro y renovación de los productos fitosanitarios a base de Atrazina

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Documen tos
Nº 29.602 - diciembre 15 de 2016
DiarioOficial |
Operacional y dar comienzo al proceso de recerticación técnica
correspondiente, acorde con la nueva reglamentación RAU/LAR y a la
Resolución de la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica 435/2013 de 14 de noviembre de 2013; corresponde revocar
la autorización oportunamente otorgada.
III) que se le otorgó previa vista a la Empresa referida, de acuerdo a
lo establecido por el artículo 75 del Decreto 500/991 de 27 de setiembre
de 1991 sin que se hubiese evacuado la misma.
IV) que en consecuencia, por la Resolución 536/2015 de 29 de
diciembre de 2015, se revocó a la Empresa EFE ROIG S.A., el permiso
operativo en sus servicios de transporte aéreo público nacional e
internacional no regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad
de Taxi Aéreo.
CONSIDERANDO: I) lo previsto por el artículo 121 del Código
de 1974 y por el literal B) del artículo 30 del Decreto 39/977 de 25 de
enero de 1977.
II) que en sesión número 87 de 21 de octubre de 2015, la Junta
Nacional de Aeronáutica Civil resolvió iniciar el proceso revocatorio
correspondiente.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica y
por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica del Ministerio
de Defensa Nacional y a lo establecido por el literal A) del artículo 30
del Decreto 39/977 de 25 de enero de 1977 y por el artículo 121 del
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
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1ro.- Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica 536/2015 de 29 de diciembre de
2015, por la cual se dispone revocar el permiso operativo en sus
servicios de transporte aéreo público nacional e internacional no
regular de pasajeros, correo y carga en la modalidad de Taxi Aéreo,
otorgado a la Empresa EFE ROIG S.A., por la Resolución del Poder
Ejecutivo de 10 de agosto de 2009 (número interno 86.651).
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2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica a sus efectos. Cumplido,
archívese.
RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR ROSSI.
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Resolución 991/016
Apruébase la Resolución de la DINACIA 276/015, con la modicación
establecida en Resolución 528/015, que modica la base de operaciones
de la empresa FORESBAL S.A. desde el departamento de Treinta y Tres
hacia el Aeropuerto Internacional de Carrasco.
(2.302*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Montevideo, 5 de Diciembre de 2016
VISTO: la gestión de la Dirección Nacional de Aviación Civil e
Infraestructura Aeronáutica para que sea aprobada la Resolución Nro.
276-2015 de 24 de julio de 2015 con la modicación introducida por la
Resolución Nro. 528-2015 de 22 de diciembre de 2015 dictadas en el
mencionado Organismo.
RESULTANDO: que por las Resoluciones mencionadas se
modica la base de operaciones de la Empresa FORESBAL S.A., desde
el Departamento de Treinta y Tres hacia el Aeropuerto Internacional
de Carrasco.
CONSIDERANDO: I) que la petición ha sido instruida en debida
forma y los Dictámenes producidos por las dependencias competentes
en sus respectivas áreas, son favorables.
II) que la Resolución a aprobar fue dictada de acuerdo con lo
dispuesto por el artículo 15 bis del Decreto 39/977 de 25 de enero de
1977.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley
14.305 de 29 de noviembre de 1974, por los Decretos 325/974 de 26 de
abril de 1974, 39/977 de 25 de enero de 1977 y 267/006 de 9 de agosto
de 2006 y a lo informado por la Dirección Nacional de Aviación Civil
e Infraestructura Aeronáutica, a lo recomendado por la Junta Nacional
de Aeronáutica Civil en su Sesión Nro. 83 de 24 de junio del año 2015
y a lo dictaminado por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección
Jurídica del Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Aprobar la Resolución de la Dirección Nacional de Aviación
Civil e Infraestructura Aeronáutica Nro. 276/2015 de 24 de julio de
2015, con la modicación introducida por la Resolución de dicha
Dirección Nro. 528/2015 de 22 de diciembre de 2015, mediante la
cual se modica la base de operaciones de la Empresa FORESBAL
S.A. desde el Departamento de Treinta y Tres hacia el Aeropuerto
Internacional de Carrasco.
2
2do.- Comuníquese, publíquese y pase al Comando de la Fuerza
Aérea - Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica a sus efectos. Cumplido, archívese.
RAÚL SENDIC, Vicepresidente de la República en ejercicio de la
Presidencia; JORGE MENÉNDEZ; DANILO ASTORI; VÍCTOR ROSSI.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS
AGRÍCOLAS
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Resolución 104/016
Prohíbase la importación, registro y renovación de los productos
tosanitarios a base de Atrazina.
(2.309*R)
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS AGRÍCOLAS
Montevideo, 5 de Diciembre de 2016
VISTO: La necesidad de instrumentar medidas tendientes
a minimizar los riesgos derivados de la aplicación de productos
tosanitarios a base del ingrediente activo Atrazina.
RESULTANDO:
I) Que se ha procedido por parte de los servicios técnicos de
la Dirección General de Servicios Agrícolas a efectuar la
reevaluación del uso del ingrediente activo Atrazina, que a la
fecha se encuentra registrado.
II) Que se ha efectuado la consulta al Centro de Investigación y
Asesoramiento Toxicológico (CIAT) y la misma es favorable a
esta prohibición.
CONSIDERANDO:
I) La necesidad de implementar medidas más restrictivas

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