Resolución No. 106/018.- Promúlgase el Decreto Departamental 012/017, que aprueba modificaciones en la “Ordenanza Forestal de Canelones”

VISTO: que por Resolución Nº 17/04524 de fecha 30 de junio de 2017 se solicitó anuencia a la Junta Departamental para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza Forestal de Canelones";

RESULTANDO:

I) que el Organo Legislativo Departamental por Decreto 0012/017 de Sesión: 0031/017, otorgó la anuencia respectiva;

II) que mediante Resolución Nº17/09633 de fecha 29/12/17 del Exp. 2017-81-1070-00235 se dispuso el CÚMPLASE respectivo;

CONSIDERANDO: que se vuelve necesario dictar acto administrativo encomendando a la Secretaría de Comunicaciones su publicación en el Diario Oficial;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

EN ACUERDO CON LA DIRECCION GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

EL INTENDENTE DE CANELONES

RESUELVE:

  1. - ENCOMENDAR a la Secretaría de Comunicaciones la publicación en el Diario Oficial.

  2. - POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS,

    incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección

    General de Gestión Ambiental, circúlese a todos los Municipios Locales y siga a sus efectos a la Secretaría de Comunicaciones.-Resolución aprobada en Acta 18/00010 el 05/01/2018 Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi Firmado electrónicamente por Gabriela Garrido Firmado electrónicamente por Leonardo Herou.

    Resolución Expediente Fecha

    Nº 17/09633

    2017-81-1070-00235

    29/12/2017

    VISTO: que por Resolución Nº 17/04524 de fecha 30 de junio de 2017 se solicitó anuencia a la Junta Departamental para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza Forestal de Canelones";

    RESULTANDO:

    I) que el Órgano Legislativo Departamental por Decreto 0012/2017 de fecha 06.12.17 de Sesión: 0031/017, otorgó la anuencia respectiva;

    II) que de acuerdo a informe en actuación Nº 8 de la Dirección General de Gestión Ambiental, se hace necesario dictar el correspondiente acto resolutivo, para disponer el Cúmplase al citado Decreto;

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

    EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

    EL INTENDENTE DE CANELONES

    RESUELVE:

  3. - CÚMPLASE lo dispuesto por Decreto Nº 0012/017 de fecha 06.12.17 de la Junta Departamental anexado en actuación Nº 6 de los presentes.

  4. - POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS y ACUERDOS,

    incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Junta Departamental, y siga a la Dirección General de Gestión Ambiental para su registro.

    Resolución aprobada en Acta 17/00934 el 29/12/2017 Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi Firmado electrónicamente por Gabriel Camacho Firmado electrónicamente por Leonardo Herou.

    D.0012/017 Nº Sesión: 0031/017

    Nº Expediente: 2017-204-81-00079 Nº de Acta: L48-P3-15

    Nº Asunto: 58 Fecha del Acta: 06/12/2017

    Canelones, 6 de diciembre de 2017

    VISTO: los presentes obrados radicados en el expediente 2017-81-1070-00235 remitidos por la Intendencia de Canelones solicitando anuencia para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza Forestal de Canelones".

    RESULTANDO: I) que el objeto de dicha Ordenanza es establecer el marco normtivo que regula la defensa, el mejoramiento, la ampliación y el desarrollo de la forestación de acuerdo a lo dispuesto por Art. 37 de la Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008 y el Art. 23 de la Ley Nº 15939 de 28 de diciembre de 1987 y la conservación y mejoramiento del arbolado público del departamento;

    II) que según lo informado por la Dirección General de Gestión Ambiental se deben hacer modificaciones a la respectiva Ordenanza a modo de consolidar una nueva política institucional contando con la coordinación de los equipos técnicos de la mencionada repartición asistidos por la Dirección de Servicios Jurídicos de la Intendencia de Canelones;

    III) que la Dirección General de Gestión Ambiental en actuación 1 de fecha 28/6/17 del Exp.2017-81-1070-00235 anexa su texto correspondiente;

    IV) que la Comisión Permanente Nº 9 "Medio Ambiente" aprobó con fecha 12/9/17 el proyecto propuesto con modificaciones en su redacción.

    CONSIDERANDO: I) que este Cuerpo entiende pertinente aprobar el proyecto con las siguientes modificaciones;

    II) que en el artículo 39 se agrega a continuación de ...,,grave:,/ la frase "de 71UR (setenta y una unidades reajustables)" y a continuación de ..."muy grave:" la frase "de 201 UR (doscientas una unidades reajustables)";

    III) que en el artículo 46 donde dice ..."artículo 26"... debe decir ..."artículo 25"...;

    IV) que en el artículo 47 donde dice ..."artículo 35"... debe decir ..."artículo 34"...;

    V) que en el Capítulo VI se agrega un nuevo artículo el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 49. La graduación en el monto a aplicar de sanción según lo dispuesto en el artículo 39, será teniendo en cuenta el tipo de incidente, la gravedad del mismo y su afectación, así como el carácter de reincidente del infractor y su intencionalidad";

    VI) que asimismo en el Capítulo VI se agrega el siguiente artículo: "Artículo 50. La determinación de la multa sera aplicada por la Dirección General de Gestión Ambiental en acuerdo con el Intendente. Los detalles en los criterios a considerar al momento de la definición del monto de la multa se ajustarán en la correspondiente reglamentación";

    VII) que debido a la incorporación de dos artículos en el Capítulo VI, surge un corrimiento de la numeración de los artículos;

    VIII) que se elimina el Capítulo VII Derogaciones, con su artículo respectivo;

    IX) que asimismo este Cuerpo estima necesario que se de cuenta a este Legislativo de la reglamentación del presente Decreto.

    ATENTO: a lo establecido en el artículo 19, numeral 12 de la Ley Orgánica Municipal Nº 9515, la Junta Departamental,

    RESUELVE:

  5. Apruébase en general el siguiente proyecto modificativo al texto de "Ordenanza Forestal de Canelones".

Capítulo I Generalidades Artículos 1 y 2
Artículo 1 El objeto de esta Ordenanza es establecer el marco normativo que regula la defensa, el mejoramiento, la ampliación y el desarrollo de la forestación de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 37 de la Ley Nº 18.308 de 18 de junio de 2008 y el Art. 23 de la Ley Nº 15.939 de 28 de diciembre de 1987 y la conservación y mejoramiento del arbolado público de todo el Departamento.
Artículo 2 La Dirección General de Gestión Ambiental, a través de su Area de Espacios Públicos tendrá los siguientes cometidos: a

Asesorar al Intendente y a las Direcciones Generales que así lo soliciten, sobre todo lo concerniente al desarrollo, fomento, planificación, mejoramiento y contralor de la forestación en tierras públicas o privadas del Departamento de Canelones, b. Coordinar con la Dirección Forestal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente las acciones conducentes a la promoción forestal en el Departamento, c. Administrar, conservar y utilizar el patrimonio forestal del Departamento, de acuerdo con las disposiciones de esta Ordenanza, d. Realizar estudios con el fin de establecer cuáles son las zonas en las que debe quedar prohibido el corte y destrucción de los bosques suburbanos, a los efectos de que la Intendencia brinde al Poder Ejecutivo el asesoramiento previsto en el Art. 23 de la Ley Nº 15.939 de 28 de diciembre de 1987. Las zonas de prohibición de corte deberán al menos incluir aquellas definidas por los criterios establecidos en Titulo IV, Capítulo I, de la Ley Nº 15.939. e. Asesorar al Intendente respecto de las solicitudes de corte parcial o total de bosques protectores, que deberán formular los interesados, de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza, f. Desarrollar una campaña permanente a través de medios de difusión, de educación extracurricular y promoción, dirigida a la población en general, tendiente al conocimiento de la situación de los bosques, sus necesidades, las medidas de manejo de especies dispuestas, así como de las normas y disposiciones que se adopten, g. Promover a través de la Red Nacional de Educación Ambiental la inclusión de los programas curriculares de la temática referida a la conservación de los recursos naturales en general y del bosque en particular, h. Difundir las normas y disposiciones referentes al manejo del bosque a través de cursos regulares dirigidos a las empresas locales involucradas en la gestión del mismo (viveros, forestales, aserraderos, etc.), como asimismo realizar instancias de capacitación para el personal municipal afectado a las tareas referidas, i. Gestionar todo lo relativo al arbolado en los espacios públicos del departamento, j. Promover el conocimiento y la plantación en los espacios públicos de especies nativas adecuadas al sitio como forma de aumentar la biodiversidad en los ambientes urbanos y suburbanos. Se entiende por especies nativas, indígenas o autóctonas aquellas que pertenecen a una región o ecosistema determinados y su presencia en esa región es el resultado de fenómenos naturales sin intervención humana, k. Coordinar con el Centro Coordinador de Emergencias Departamentales (CECOED) las acciones tendientes a la prevención de riesgos y atención de situaciones de...

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