Resolución No. 1610/018.- Promúlgase el Decreto Departamental 3.161, relativo a la instalación y explotación de parques de juegos, circos y ferias de espectáculos en todo el territorio departamental

Promúlgase el Decreto Departamental 3.161, relativo a la instalación y explotación de parques de juegos, circos y ferias de espectáculos en todo el territorio departamental.

(3.810*R)

INTENDENCIA DE SAN JOSÉ

San José, 28 de mayo de 2018.-

RESOLUCIÓN No 2066/2018 VISTO: el Oficio N.o 3246/2017 de la Corporación adjuntando exposición del señor Edil Pablo García, refiriéndose a la instalación de parques de diversiones en el Departamento; CONSIDERANDO I: que refiere a un hecho ocurrido el año anterior en las llamadas “calesitas” o “parque de diversiones” que funcionaron en el predio de AFE de la ciudad e San José de Mayo, donde un menor se accidentó en un juego mecánico de los que allí se ofrecían; CONSIDERANDO II: que de acuerdo con el informe de la Comisión Asesora de Legislación y Asuntos Laborales, se hace necesario contar con una nueva normativa departamental, sobre la instalación de parques de juegos mecánicos, circos y ferias de espectáculos, por lo que se procedió a elaborar un proyecto a tales efectos, por creer que se debe ir más allá de la actual Ordenanza y legislar en función de los cambios tecnológicos que se vienen dando en el mundo entero; CONSIDERANDO III: que se ha elaborado la presente normativa para elevarlo al Ejecutivo Departamental para su estudio; ATENTO: a lo expuesto precedentemente, la Junta Departamental de San José, RESUELVE: aprobar lo aconsejado por la Asesora de Legislación y Asuntos Laborales, sancionando en general y en particular y por mayoría de presentes (23 votos en 28) el Decreto No 3161, que quedará redactado en los siguientes términos. AMC

LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE SAN JOSÉ DECRETA:

Artículo 1o

)- (Del objeto) La instalación y explotación de parques de juegos, circos y ferias de espectáculos en todo el territorio departamental requerirá habilitación de la Intendencia de San José y se regirá por las disposiciones del presente Decreto. Dicha habilitación tendrá carácter precario y revocable. No podrá ser transferido total ni parcialmente sin la autorización de la Intendencia de San José.

Afirmativo Mayoría (23 votos en 28)

Artículo 2o

)- (De la tramitación) El procedimiento administrativo se podrá iniciar en el Municipio, Junta Local de lugar de instalación o directamente ante la Intendencia Departamental de San José.

Afirmativo Mayoría (23 votos en 28)

Artículo 3o

)- (De la petición) En la solicitud inicial deberá adjuntarse un plano del área a ocupar que determine:

Artículo 1 Las zonas previstas de emplazamiento de los juegos,
Artículo 2 La ubicación de los puestos,
Artículo 3 El estacionamiento, recorridos del tránsito en el sector Artículo 4

Declaración del número de visitantes estimados, Artículo 5. Todo otro dato que permita una mayor ilustración.

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