Resolución No. 307/019.- Créase el “Área de Acreditación de Certificación Sanitaria de aves con destino a plantas de faena habilitadas para la exportación”

VISTO: el sistema de acreditación de veterinarios de libre ejercicio dispuesto por la ley Nº 17.950 de 8 de enero de 2006 y modificativas;

RESULTADO: I) la Ley Nº 3.606 de 13 de abril de 1910, comete a la Dirección General de Servicios Ganaderos, el control sanitario de importaciones y exportaciones de animales y productos de origen animal;

II) el artículo 290 de la ley Nº 19.355 de 19 de diciembre de 2015 creó la Unidad Coordinadora de Sanidad e Inocuidad Avícola, en la órbita de la Dirección General de Servicios Ganaderos del MGAP, con los cometidos de desarrollar un programa estratégico integral en materia de sanidad e inocuidad de las aves y sus productos; así como también, considerar las estrategias de control y erradicación de enfermedades, coordinando con instituciones públicas y privadas involucradas; proponer los procedimientos de certificación higiénico sanitaria que abarque la producción, intermediación e industrialización de aves y sus productos con destino al abasto y a la exportación y coordinar las actividades de control y certificación con el Sistema Nacional de Información Ganadera (SNIG), entre otros;

III) el artículo 132 de la ley Nº 19.670 de 15 de octubre de 2018, faculta a la Dirección General de Servicios Ganaderos a crear un sistema de certificación sanitaria de la cadena de avícola incluyendo los establecimientos de producción; acopios; intermediación e industrialización de aves y huevos;

CONSIDERANDO: I) necesario, proceder a la implementación de la acreditación de veterinarios de libre ejercicio de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 171/007 de 9 de mayo de 2007, para la certificación sanitaria de aves con destino a plantas de faena habilitadas para la exportación;

II) necesario encomendar al Comité de Acreditación la elaboración del plan de capacitación a aplicar en la mencionada área de acreditación, en coordinación con el Departamento de Programas Sanitarios de la División Sanidad Animal y el Departamento de Establecimientos de Faena de la División de Industria Animal;

III) la Dirección General de Servicios Ganaderos, dispone de recursos necesarios para la implementación del programa de acreditación relativo a las actividades de control sanitario mediante certificación de aves;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a...

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