Resolución No. 436/016.- Autorízase la suscripción del Memorándum de Entendimiento para la Colaboración Académica entre el Centro de Altos Estudios Nacionales de la República Oriental del Uruguay y la Escuela de Defensa de la República Argentina

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Documen tos
Nº 29.518 - agosto 16 de 2016
DiarioOficial |
Los documentos publicados en esta edición, fueron recibidos los días 27 de julio, 5 y 10 de agosto y publicados tal como fueron redactados por el órgano emisor.
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
OFICINA DE PLANEAMIENTO Y
PRESUPUESTO - OPP
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA -
INE
1
Índice de los Precios del Consumo correspondiente al mes de JULIO de
2016 e Índice Medio de Salarios correspondiente al mes de JUNIO de
2016.
(1.282*R)
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA
1) El INDICE DE LOS PRECIOS DEL CONSUMO (IPC) de
JULIO de 2016 con base diciembre 2010, es 161,34
2) El INDICE MEDIO DE SALARIOS (IMS) de JUNIO 2016 con
base julio de 2008, es 248,28.
Por más información: www.ine.gub.uy
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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Resolución 436/016
Autorízase la suscripción del Memorándum de Entendimiento para la
Colaboración Académica entre el Centro de Altos Estudios Nacionales
de la República Oriental del Uruguay y la Escuela de Defensa de la
República Argentina.
(1.260*R)
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Montevideo, 28 de Julio de 2016
VISTO: la gestión promovida por el Ministerio de Defensa Nacional
- Centro de Altos Estudios Nacionales de la República Oriental del
Uruguay (CALEN) para la suscripción de un Memorándum de
Entendimiento entre dicho Centro y la Escuela de Defensa de la
República Argentina (EDENA).
RESULTANDO: I) que dicho Memorándum de Entendimiento
tiene por objeto la colaboración en las Areas de Investigación y
Extensión Académica sobre temas relacionados con la Defensa,
Desarrollo Nacional y Relaciones Internacionales vinculado a la ciencia
política, estrategia, geopolítica, ciencia y tecnología, entre otras.
II) que es necesario designar representante del Centro de Altos
Estudios Nacionales de la República Oriental del Uruguay para la
rma de la documentación respectiva.
CONSIDERANDO: que resulta beneciosa la celebración del
presente Memorándum de Entendimiento.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por
la Dirección de Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho
Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa Nacional y
por el Centro de Altos Estudios Nacionales y a lo dispuesto por el
apartado I) del literal a) del inciso B) del numeral 1ro. de la Resolución
del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2005 (número interno 83.116).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1ro.- Autorizar la suscripción del Memorándum de Entendimiento
para la Colaboración Académica entre el Centro de Altos Estudios
Nacionales de la República Oriental del Uruguay y la Escuela de
Defensa de la República Argentina en los términos que lucen de
fojas 12 a 13 del expediente administrativo del Ministerio de Defensa
Nacional 2016.02059-4 que se considera parte integrante de la presente
Resolución.
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2do.- Designar representante del Centro de Altos Estudios
Nacionales de la República Oriental del Uruguay, para la rma de la
documentación respectiva, al señor Director del CALEN.
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3ro.- Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección de Asuntos
Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional Humanitario y
al Centro de Altos Estudios Nacionales de la República Oriental del
Uruguay para la rma del citado Memorándum de Entendimiento.
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4to.- Cumplido, vuelva con el original rmado y pase a la Dirección
de Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional
Humanitario para los efectos que correspondan y al Departamento
Jurídico-Notarial, Sección Notarial del Ministerio de Defensa Nacional
para su registro. Cumplido, vuelva y oportunamente archívese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO; RODOLFO NIN
NOVOA.
MEMORÁNDUM DE ENTENDIMIENTO PARA
COLABORACIÓN ACADÉMICA ENTRE EL CENTRO DE
ALTOS ESTUDIOS NACIONALES DE LA REPÚBLICA
ORIENTAL DEL URUGUAY (CALEN) Y LA ESCUELA DE
DEFENSA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (EDENA)
El Centro de Altos Estudios Nacionales de la República Oriental del
Uruguay (CALEN) y la Escuela de Defensa de la República Argentina
(EDENA), en adelante denominados “las Partes”;
Considerando que ambas Partes son las entidades responsables de
establecer los canales de comunicación que permitan el intercambio
académico en áreas vinculadas a la Defensa;
Reconociendo el interés en el fortalecimiento de los lazos de
cooperación con el n de incrementar conocimientos y facilitar la
investigación a nivel nacional e internacional;
Inspiradas en el establecimiento de una relación de cooperación
académica en las áreas de investigación y extensión cuyo n sea el
desarrollo de actividades que contribuyan al cumplimiento de los
objetivos propios de cada una de las Partes;
Teniendo presente el “Acuerdo entre el Ministerio de Defensa
Nacional de la República Oriental del Uruguay y el Ministerio de
Defensa de la República de Argentina para el Fortalecimiento de la
Cooperación en Materia de Defensa”, suscripto el 2 de junio de 2010,
como marco general del presente Memorándum de Entendimiento;
Acuerdan lo siguiente:

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