Resolución No. 9631/017.- Promúlgase el Decreto Departamental 010/017 que aprueba modificaciones en la “Ordenanza General de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Limpieza Pública del Departamento de Canelones

Resolución Expediente Fecha

17/09631 2017-81-1070-00228 29/12/2017

VISTO: que por Resolución Nº 17/04522 de fecha 30 de junio de 2017 se solicitó anuencia a la Junta Departamental para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza General de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Limpieza Pública del Departamento de Canelones";

RESULTANDO:

I) que el Órgano Legislativo Departamental por Decreto 0010/2017 de fecha 06.12.17 en Sesión: 0031/017, otorgó la anuencia respectiva;

II) que de acuerdo a informe en actuación Nº 8 de la Dirección General de Gestión Ambiental, se hace necesario dictar el correspondiente acto resolutivo, para disponer el Cúmplase al citado Decreto;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

EL INTENDENTE DE CANELONES

RESUELVE:

  1. - CÚMPLASE lo dispuesto por Decreto Nº 0010/017 de fecha 06.12.17 de la Junta Departamental anexado en actuación Nº 6 de los presentes.

  2. - POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS y ACUERDOS,

    incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníqUese a la Junta Departamental, y siga a la Dirección General de Gestión Ambiental para su registro.

    Resolución aprobada en Acta 17/00934 el 29/12/2017 Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi Firmado electrónicamente por Gabriel Camacho Firmado electrónicamente por Leonardo Herou

    Resolución Expediente Fecha

    Nº18/00104 2017-81-1070-00228 05/01/2018

    VISTO: que por Resolución Nº 17/04522 de fecha 30 de junio de 2017 se solicitó anuencia a la Junta Departamental para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza General de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Limpieza Pública del Departamento de Canelones";

    RESULTANDO:

    I) que el Órgano Legislativo Departamental por Decreto 0010/017 de Sesión: 0031/017, otorgó la anuencia respectiva;

    II) que mediante Resolución Nº17/09631 de fecha 29/12/17 del Exp. 2017-81-1070-00228 se dispuso el CÚMPLASE respectivo;

    CONSIDERANDO: que se vuelve necesario dictar acto administrativo encomendando a la Secretaría de Comunicaciones su publicación en el Diario Oficial;

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

    EN ACUERDO CON LA DIRECCION GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

    EL INTENDENTE DE CANELONES

    RESUELVE:

  3. - ENCOMENDAR a la Secretaría de Comunicaciones la publicación en el Diario Oficial.

  4. - POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS, incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Ambiental, circúlese a todos los Municipios Locales y siga a sus efectos a la Secretaría de Comunicaciones.-Resolución aprobada en Acta 18/00010 el 05/01/2018 Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi Firmado electrónicamente por Gabriela Garrido Firmado electrónicamente por Leonardo Herou.

    D. 0010/017 Nº Sesión: 0031/017

    Nº Expediente: 2017-204-81-00077

    Nº de Acta: L48-P3-15

    Nº Asunto: 56 Fecha del Acta: 06/12/2017

    Canelones, 6 de diciembre de 2017 VISTO: los presentes obrados radicados en expediente 2017-81-1070-00228 remitidos por la Intendencia de Canelones solicitando anuencia para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza General de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Limpieza Pública del Departamento de Canelones".

    RESULTANDO: I) que dicha Ordenanza tiene como objeto establecer el marco normativo que regula las actividades relacionadas a la generación, recolección, transporte, tratamiento y eliminación de residuos sólidos y a la limpieza pública, a ser incluidas en el Plan Departamental de Gestión de Residuos y Limpieza Pública de Canelones, sin perjuicio de lo dispuesto por la normativa nacional, fomentando acciones encaminadas a los principios definidos por la Intendencia de Canelones en esta materia;

    II) que según lo informado por la Dirección General de Gestión Ambiental se deben hacer modificaciones a la respectiva Ordenanza a modo de consolidar una nueva política institucional contando con la coordinación de los equipos técnicos de la mencionada repartición asistidos por la Dirección de Servicios Jurídicos de la Intendencia de Canelones;

    III) que la Comisión Permanente Nº 9 "Medio Ambiente" aprobó con fecha 12/9/17 el proyecto propuesto con modificaciones en su redacción.

    CONSIDERANDO: I) que este Cuerpo entiende pertinente aprobar el proyecto con las siguientes modificaciones;

    II) que en el artículo 55 se modifica luego de donde dice ..."incidente" hasta el final del párrafo por ..."la gravedad del mismo y su afectación, así como el carácter de reincidente del infractor y su intencionalidad.";

    III) que en el Capítulo VII se agrega un nuevo artículo el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 57. La determinación de la multa será aplicada por la Dirección General de Gestión Ambiental en acuerdo con el Intendente. Los detalles en los criterios a considerar al momento de la definición del monto de la multa se ajustarán en la correspondiente reglamentación";

    IV) que debido a la incorporación de un nuevo artículo en el Capítulo VII, surge un corrimiento de la numeración de los artículos;

    V) que se elimina el Capítulo VIII Disposiciones finales, con sus artículos respectivos;

    VI) que asimismo esta Cuerpo estima necesario que se de cuenta de la reglamentación del presente Decreto.

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el artículo 273 numeral 1 de la Constitución de la República y artículo 19, numeral 12 de la Ley Orgánica Municipal Nº 9515, la Junta Departamental,

    DECRETA:

  5. Apruébase en general el siguiente Proyecto modificativo al texto de "Ordenanza General de Gestión Integral de Residuos Sólidos y Limpieza Pública del Departamento de Canelones".

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículos 1 a 6
Artículo 1

Objetivo: La presente Ordenanza tiene como objeto establecer el marco normativo que regula las actividades relacionadas a la generación, recolección, transporte, tratamiento y eliminación de residuos sólidos y a la limpieza pública, a ser incluidas en el Plan Departamental de Gestión de Residuos y Limpieza Pública de Canelones, sin perjuicio de lo dispuesto por la normativa nacional, fomentando acciones encaminadas a los 8 principios definidos por la Intendencia de Canelones (en adelante IC) en esta materia.

Artículo 2 Alcance: Quedan comprendidos dentro del ámbito de aplicación de la presente Ordenanza, todos los residuos sólidos generados en el Departamento de Canelones, a excepción de aquellos reglamentados a nivel nacional, para los cuales la IC no tiene competencia.
Artículo 3 A los efectos de la presente ordenanza se determinan los siguientes grupos de residuos: Residuos sólidos domiciliarios o domésticos Residuos de limpieza pública Residuos de generadores no domiciliarios (pequeños, medianos y grandes generadores y otros residuos no domiciliarios) Residuos voluminosos provenientes de: podas, vegetales, de obras civiles y otros generados en casa-habitación.
Artículo 4 Definiciones: A los efectos de la presente Ordenanza se considera: a) Residuos sólidos: Toda sustancia, material u objeto del cual su poseedor se desprenda, o tenga la intención u obligación de desprenderse

Incluye todos los residuos en fase sólida o semisólida, líquida o gaseosa, que por sus características fisicoquímicas no pueda ser ingresado en los sistemas tradicionales de tratamiento de emisiones, b) Gestión integral de residuos sólidos: planificación sistémica del manejo de los residuos, a través de acciones interdependientes y complementarias, considerando los aspectos ambientales, económicos y sociales, que va desde la prevención en la generación de residuos hasta la correcta valorización y disposición final, c) Generador de residuo: toda persona (física o jurídica), organización (o empresa) que genere residuos sólidos domiciliarios o residuos sólidos asimilables a domiciliarios, en origen, d) Residuos domiciliarios o domésticos: residuos generados dentro de las viviendas, resultante de las actividades cotidianas, e) Pequeños generadores: centros no residenciales que generen un volumen similar al de una vivienda, en una cantidad menor a 3 metros cúbicos por mes. f) Medianos generadores de residuos: centros no residenciales que generen entre 3 y 6 metros cúbicos mensuales de residuos, g) Grandes generadores de residuos: centros no residenciales que generen más de 6 metros cúbicos mensuales de residuos, h) Residuos asimilables a domiciliarios: residuos generados por centros no residenciales que por sus características fisicoquímicas y cantidad y /o volumen, pueden ser gestionados como residuo sólido urbano. Residuos voluminosos: todo residuo que por su volumen (mayor a 0,12 m3), tales como residuos vegetales (podas, jardinería, etc), residuos de gran porte (electrodomésticos, muebles, etc.), residuos de obras de construcción civil, entre otros, requiera un sistema de gestión específico, i) Residuos potencialmente reciclables: aquellos materiales descartados para los cuales existe al menos una vía en el país por la cual puede ser procesado y/o comercializado para su reuso o como materia prima para la elaboración de nuevos...

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