Resolución No. 9632/017.- Promúlgase el Decreto Departamental 11/017, que aprueba las modificaciones en la “Ordenanza Costera”

VISTO: que por Resolución Nº 17/04523 de fecha 30 de junio de 2017 se solicitó anuencia a la Junta Departamental para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza Costera";

RESULTANDO:

I) que el Organo Legislativo Departamental por Decreto 0011/2017 de fecha 06.12.17 en Sesión: 0031/017, otorgó la anuencia respectiva;

II) que de acuerdo a informe en actuación Nº 8 de la Dirección General de Gestión Ambiental, se hace necesario dictar el correspondiente acto resolutivo, para disponer el Cúmplase al citado Decreto;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EN ACUERDO CON LA DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

EL INTENDENTE DE CANELONES

RESUELVE:

  1. - CÚMPLASE lo dispuesto por Decreto Nº 0011/017 de fecha 06.12.17 de la Junta Departamental anexado en actuación Nº 6 de los presentes.

  2. - POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS y ACUERDOS,

    incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Junta Departamental, y siga a la Dirección General de Gestión Ambiental para su registro.

    Resolución aprobada en Acta 17/00934 el 29/12/2017 Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi Firmado electrónicamente por Gabriel Camacho Firmado electrónicamente por Leonardo Herou.

    Resolución Expediente Fecha

    Nº18/00105 2017-81-1070-00229 05/01/2018

    VISTO: que por Resolución Nº 17/04523 de fecha 30 de junio de 2017 se solicitó anuencia a la Junta Departamental para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza Costera";

    RESULTANDO:

    I) que el Órgano Legislativo Departamental por Decreto 0011/017 de Sesión: 0031/017, otorgó la anuencia respectiva;

    II) que mediante Resolución Nº17/09632 de fecha 29/12/17 del Exp. 2017-81-1070-00229 se dispuso el CÚMPLASE respectivo;

    CONSIDERANDO: que se vuelve necesario dictar acto administrativo encomendando a la Secretaría de Comunicaciones su publicación en el Diario Oficial;

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

    EN ACUERDO CON LA DIRECCION GENERAL DE GESTIÓN AMBIENTAL

    EL INTENDENTE DE CANELONES

    RESUELVE:

  3. - ENCOMENDAR a la Secretaría de Comunicaciones la publicación en el Diario Oficial.

  4. - POR GERENCIA DE SECTOR DESPACHOS Y ACUERDOS,

    incorpórese al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Dirección General de Gestión Ambiental, circúlese a todos los Municipios Locales y siga a sus efectos a la Secretaría de Comunicaciones.-Resolución aprobada en Acta 18/00010 el 05/01/2018 Firmado electrónicamente por Yamandú Orsi Firmado electrónicamente por Gabriela Garrido Firmado electrónicamente por Leonardo Herou.

    D. 0011/017

    Nº Sesión: 0031/017

    Nº Expediente: 2017-204-81-00078 Nº de Acta: L48-P3-15

    Nº Asunto: 57 Fecha del Acta: 06/12/2017

    Canelones, 6 de diciembre de 2017

    VISTO: los presentes obrados radicados en el expediente 2017-81-1070-00229 remitidos por la Intendencia de Canelones solicitando anuencia para aprobar las modificaciones al texto de la "Ordenanza Costera".

    RESULTANDO: I) que el objeto de dicha Ordenanza es conciliar los usos múltiples del espacio costero que realiza la población en general, con los procesos naturales estableciendo los criterios y reglamentos para que éstos se cumplan;

    II) que es de interés departamental la conservación y el desarrollo sustentable de la costa canaria, cuyas disposiciones están definidas en los Planes de Ordenamiento Territorial de Ciudad de la Costa y Local de Costa de Oro en elaboración, así como en el marco normativo a nivel nacional a los efectos de zonificar la faja costera;

    III) que según lo informado por la Dirección General de Gestión Ambiental se deben hacer modificaciones a la respectiva Ordenanza a modo de consolidar una nueva política institucional contando con la coordinación de los equipos técnicos de la mencionada repartición asistidos por la Dirección de Servicios Jurídicos de la Intendencia de Canelones;

    IV) que la Dirección General de Gestión Ambiental en actuación 1 de fecha 28/6/17 del Exp.2017-81-1070-00229 anexa su texto correspondiente.

    V) que la Comisión Permanente Nº 9 "Medio Ambiente" aprobó con fecha 12/9/17 el proyecto propuesto con modificaciones en su redacción.

    CONSIDERANDO: I) que este Cuerpo entiende pertinente aprobar el proyecto con las siguientes modificaciones;

    II) que en el artículo 3 se agrega a continuación de ..."administración" la frase "así como";

    III) que en el artículo 9 se agrega a continuación de ..."arroyos," la palabra "sobre";

    IV) que en el párrafo final del artículo 15 se agrega a continuación de ..."comunicado" la frase "tampoco los que se excedan del "...

    V) que en el artículo 52 se agrega a continuación de ..."grave: multa" la frase "de 71 UR (setenta y una unidades reajustables)" y a continuación de ..."muy grave: multa" la frase "de 201 UR (doscientas una unidades reajustables)";

    VI) que en el Capítulo XI se agrega un nuevo artículo el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 53. La graduación en el monto a aplicar de sanción según lo dispuesto en el artículo 52, será teniendo en cuenta el tipo de incidente, la gravedad del mismo y su afectación, así como el carácter de reincidente del infractor y su intencionalidad";

    VII) que asimismo en el Capítulo XI se agrega el siguiente artículo: "Artículo 54. La determinación de la multa sera aplicada por la Dirección General de Gestión Ambiental en acuerdo con el Intendente. Los detalles en los criterios a considerar al momento de la definición del monto de la multa se ajustarán en la correspondiente reglamentación";

    VIII) que debido a la incorporación de dos artículos en el Capítulo XI, surge un corrimiento de la numeración de los artículos;

    IX) que se elimina el Capítulo XII Derogaciones, con su artículo respectivo;

    X) que asimismo este Cuerpo estima necesario que se de cuenta de la reglamentación del presente Decreto.

    ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el artículo 273 numeral 1 de la Constitución de la República y artículo 19, numeral 12 de la Ley Orgánica Municipal Nº 9515, la Junta Departamental,

    DECRETA:

  5. Apruébase en general el siguiente Proyecto modificativo al texto de "Ordenanza Costera" de la Costa Canaria.

    ORDENANZA COSTERA Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1 Se declara de interés departamental la conservación y desarrollo sustentable de la costa del departamento cuyas disposiciones para el ordenamiento territorial están definidas en el preámbulo del ordenamiento territorial de Ciudad de la Costa y en las directrices de lineamiento para la Costa de Oro, así como en el marco normativo a nivel nacional, a los efectos de zonificar la faja costera.
Artículo 2 Conciliar los usos múltiples del espacio costero que realiza la población en general con los procesos naturales, estableciendo los criterios y reglamentos para que esto se cumpla

Estos comprenden tanto la recreación como las actividades vinculadas a la explotación de los recursos costeros que afecten el mismo.

Artículo 3 Generar un proceso continuo y dinámico que...

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