Hubiera sido mejor que el tema de la irretroactividad fuera más explícito

Para aclarar varios temas del acuerdo de intercambio de información tributaria entre Argentina y Uruguay firmado en abril, ECONOMIA y MERCADO dialogó con el Cr. David Eibe, consultor privado y ex director de la Asesoría Tributaria del Ministerio de Economía y Finanzas. A continuación un resumen de la entrevista.- ¿Qué comentarios le merece ese convenio?-La firma del acuerdo se vincula al cumplimiento de obligaciones internacionales asumidas en el ámbito del Foro Global de la OCDE. Nuestro país al igual que muchos otros se halla en un proceso de revisión del cumplimiento de los estándares en materia de transparencia fiscal. En ese marco, se le han hecho algunas observaciones que deben ser subsanadas. Las más importantes se refieren a la carencia de acuerdos de intercambio de información tributaria con países considerados relevantes -en tal sentido se hace una referencia expresa a Argentina y Brasil- y la necesidad de identificar a los accionistas de sociedades con capital al portador.-Usted destaca la existencia de requerimientos planteados por el Foro Global de la OCDE; pero, en el caso de la relación con Argentina, varios actores relevantes han señalado la necesidad de condicionar la aprobación del acuerdo a la superación de los diversos contenciosos existentes con ese país. ¿Era inevitable la firma del acuerdo?-Tengo algunas reservas sobre esta nueva institucionalidad multilateral impulsada por la OCDE, por su origen -muy influenciado por la visión de los países poderosos- y porque no siempre ha sido igual la vara utilizada para evaluar los incumplimientos. Pero más allá de estas prevenciones, no debemos perder de vista que nuestro objetivo estratégico debe ser la preservación del clima de inversión. Tenemos atributos muy sólidos para cumplir con ese objetivo: políticas macroeconómicas de largo plazo, estabilidad fiscal, respeto por el cumplimiento de los contratos -aquí ni se expropia ni se discrimina a los inversores por su origen-, una justicia independiente, y la observancia estricta de las obligaciones que establece la comunidad internacional en los más diversos ámbitos, tales como el lavado de dinero, medioambiente, etc.En el pasado, Uruguay fue refractario -y yo adherí activamente a esa posición- a suscribir acuerdos de intercambio de información con los países vecinos, en el entendido de que estos convenios debían ser analizados en el contexto de los avances del proceso de integración regional, que como es notorio ha venido sufriendo un fuerte deterioro institucional. Empero, la realidad internacional ha cambiado radicalmente: en octubre de 2011 Uruguay no pudo superar la Fase 1 del "Peer Review", la revisión del Foro Global.No se trata, por lo tanto, de satisfacer los requerimientos de la República Argentina -con la que tenemos sobrados motivos de agravio, por su contumaz desconocimiento de cuanta obligación bilateral ha asumido-, sino de evitar eventuales decisiones negativas para nuestro país de parte de las naciones que realmente importan en términos de inversión. El escenario internacional luce bastante ominoso para quienes se aparten del proceso de cumplimiento en materia de transparencia fiscal, particularmente si se trata de estados pequeños, como Uruguay. Desde luego que esta actitud...

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