Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Diario Oficial de Uruguay)
- Decreto No. 303/023.- Apruébanse los “VALORES UNIFICADOS DE LAS INFRACCIONES DE TRÁNSITO”, de acuerdo a la propuesta realizada por el Congreso de Intendentes.
- Decreto No. 153/023.- Autorízase en las condiciones que se indican, la exportación de chatarra de acero y de fundición de hierro proveniente de material ferroviario en desuso, por parte de las personas físicas o jurídicas que resulten adjudicatarias de las licitaciones y/o contrataciones que realice AFE.
- Ley No. 20.118.- Apruébase la Resolución A/74/L.86 “Mejora de la seguridad vial mundial” y se declara la década 2021 - 2030 “Segundo Decenio de Acción para la Seguridad Vial”.
- Decreto No. 245/022.- Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de las Resolucines MERCOSUR/GMC/Nº 34/19, de 15 de julio de 2019 y MERCOSUR/GMC/Nº 43/20, de 26 de enero de 2021
- Decreto No. 209/022.- Modifícase la lámina que se determina, que hace referencia el literal C) del Anexo I de la Especificación Técnica de Homologación de Material Rodante Ferroviario, aprobado por el Decreto 68/020, de 20 de febrero de 2020
- Decreto No. 201/022.- Apruébase el Reglamento Nacional sobre el Transporte de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril.
- Resolución No. S/n.- Apruébase el cuadro de valores propuesto por la Dirección Nacional de Hidrografía, para los derechos que percibe dicha dependencia con motivo de los permisos que otorga para la extracción de arena, canto rodado y
- Decreto No. 181/022.- Apruébase el 'Reglamento para la colocación de publicidad visible desde Caminos Nacionales'
- Decreto No. 371/021.- Encomiéndase a la Administración Nacional de Puertos (ANP), las funciones de administración, conservación y desarrollo de los Puertos que se determina
- Decreto No. 272/021.- Prorrógase el plazo de la excepción establecida por el Decreto 48/019, que excluye de la limitación dispuesta por el art. 105 del Decreto-Ley especial 7, de 23 de diciembre de 1983, a las retribuciones de aquellos funcionarios que efectivamente realizan la función de Ayudante de Obra en la Dirección Nacional de Vialidad, y que cumplan las condiciones que se determinan.
- Decreto No. 272/021.- Prorrógase el plazo de la excepción establecida por el Decreto 48/019, que excluye de la limitación dispuesta por el art. 105 del Decreto-Ley especial 7, de 23 de diciembre de 1983, a las retribuciones de aquellos funcionarios que efectivamente realizan la función de Ayudante de Obra en la Dirección Nacional de Vialidad, y que cumplan las condiciones que se determinan.
- Ley No. 19.963.- Desaféctase del patrimonio del Estado y transfiérese a la Intendencia de Durazno el inmueble padrón 13.662 del referido departamento
- Resolución S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos en cada unidad, hasta el 20 de julio de 2021 inclusive, en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares.
- Resolución S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos en cada unidad, hasta el 30 de junio de 2021 inclusive, en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares
- Resolución No. S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos en cada unidad, hasta el 20 de junio de 2021 inclusive, en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares.
- Decreto No. 191/021.- Dispónese, excepcionalmente, que el ajuste de la tarifa de peaje según lo dispuesto por el Capítulo D, artículo 10 del “Reglamento de Cobro de las Tarifas de Peaje para su aplicación en Rutas Nacionales”, aprobado por el Decreto 229/013 de 7 de agosto de 2013, se realizará a partir de la hora cero del día 1º de agosto de 2021.
- Resolución No. S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos en cada unidad, hasta el 6 de junio de 2021 inclusive, en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares
- Decreto No. 176/021.- Establécense condiciones para la habilitación del transporte gratuito, y que las mismas sean certificadas por organismos y/o profesionales habilitados en la materia.
- Decreto No. 132/021.- Apruébase el Reglamento para el otorgamiento de los Permisos Especiales de Circulación, emitidos por la Dirección Nacional de Transporte.
- Resolución No. S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% de los asientos de cada unidad del transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares, estos últimos con capacidad mayor a dieciocho asientos
- Decreto No. 108/021.- Determínanse los aeropuertos que integrarán el Sistema Nacional de Aeropuertos Internacionales para el Uruguay creado por Ley 19.925, de 18 de diciembre de 2020.
- Resolución No. S/n.- Prorrógase el aforo máximo permitido del 50% hasta el 30 de abril de 2021 inclusive, de los asientos en cada unidad en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares de corta, media y larga distancia, así como los no regulares
- Decreto No. 67/021.- Apruébase la Reglamentación del Órgano Investigador de Accidentes e Incidentes Ferroviarios.
- Decreto No. 390/020.- Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de inversiones de la Administración Nacional de Puertos, correspondiente al ejercicio 2020.
- Resolución S/n.- Prorróganse las medidas adoptadas por las Resoluciones Ministeriales de fechas 18 de diciembre de 2020 y 5 de enero de 2021, relativas al aforo máximo permitido, tanto en los servicios de transporte colectivo de pasajeros regulares como en los no regulares.
- Resolución S/n.- Prorróganse hasta el 17 de enero de 2021 inclusive las Resoluciones Ministeriales de fechas 18 de diciembre de 2020 y 5 de enero de 2021, relativas al aforo de los vehículos de transporte regular de pasajeros interdepartamentales de corta, media y larga distancia, y de los vehículos de transporte no regular colectivo de pasajeros (ocasionales) por carretera, respectivamente.
- Resolución S/n.- Extiéndense las medidas adoptadas para los servicios regulares de transporte colectivo de pasajeros, a los servicios no regulares (ocasionales) de transporte colectivo de personas por carretera que tengan una capacidad mayor a dieciocho asientos
- Ley No. 19925.- Créase el Sistema Nacional de Aeropuertos Internacionales para el Uruguay
- Resolución S/n.- Dispónese que los vehículos de transporte regular de pasajeros interdepartamentales de corta, media y larga distancia tendrán un aforo máximo permitido del 50% de su capacidad de asientos
- Resolución S/n.- Derógase la Resolución de la Dirección Nacional de Transporte Ferroviario del MTOP de fecha 26 de agosto de 2019, y apruébase la Norma para la Seguridad en Pasos a Nivel Ferroviarios
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