August 13, 2018
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- Acordada No. 7984.- Reglaméntase el art. 496 de la Ley 16.736, relativo al pago de costas y costos de los procesos, en el caso en que el ganancioso sea defendido por Defensoría de Oficio y también cuando el Poder Judicial sea la parte gananciosa
- Acordada No. 7986.- Dispónese a partir de la entrada en vigencia de la presente Acordada, que el correo electrónico institucional personal de cada funcionario con el dominio “poderjudicial.gub.uy”, será un medio de comunicación institucional válido a todos los efectos