December 30, 2021
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Documentos
- Circular No. 2.397.- Adécuase la normativa en materia de requisitos de capital y de tope de riesgos crediticios para las Instituciones de Intermediación Financiera.
- Resolución No. 2.203/2021.- Dispónese que en los casos de faena a façón, autoabasto o cuando la planta de faena no abasteciera directamente a la carnicería o al establecimiento industrializador, los precios fictos por kilo, por el mes de enero de 2022, a efectos de la liquidación de los impuestos respectivos, son los que se determinan.
- Resolución No. 2.204/2021.- Fíjanse los valores fictos vigentes a partir del 1º de enero de 2022, aplicables al régimen de percepción del IVA, correspondiente a la comercialización de aves de las especies que se indican
- Resolución No. 2.205/2021.-Fíjanse, a partir del 1º de enero de 2022, los nuevos valores por kilo de venta al público de carne bovina y ovina y sus menudencias, a efectos de la percepción del IVA, así como el IVA que deben tributar quienes vendan al público el producido de la faena por ellos realizada de animales de su propiedad.