Revista de Derecho

Editorial:
Universidad de Montevideo de Uruguay
Fecha publicación:
2020-02-06
ISBN:
2301-1610

Número de Revista

Últimos documentos

  • Régimen de compras estatales de los agroalimentos

    Este trabajo tiene como objetivo analizar el régimen jurídico de las Compras Estatales de productos agroalimentarios en Uruguay, con énfasis en la aplicación de la reserva de mercado establecida por medio de la Ley N° 19.292 en favor de ciertas organizaciones de productores familiares agropecuarios identificadas como Organizaciones Habilitadas. También se valorarán las implicancias de la creación y puesta en funcionamiento de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana en la comercialización de agroalimentos por parte de los productores y proveedores

  • Constitución uruguaya y 'laicidad' el Estado no sostiene parcialidad alguna

    Se propone un estudio sobre la laicidad en la Constitución uruguaya. Pese a que el término laicidad no se incluye en su articulado, se realiza una interpretación de las disposiciones que refieren a la neutralidad del Estado y de sus funcionarios en materia religiosa, ideológica, política, de creencias o de aspectos de conciencia en general. Se asume así un sentido amplio del concepto de laicidad -no el meramente alusivo a la materia religiosa- a efectos de contemplar las diferentes formulaciones constitucionales relacionadas bajo una necesaria consideración sistemática y teleológica. En ese sentido, se realiza fundamentalmente una interpretación del artículo 5 -sobre aconfesionalidad y neutralidad religiosa del Estado- y del artículo 58 de la Constitución -sobre servicio a la Nación, neutralidad y prohibición de proselitismo de los funcionarios, concibiendo como bases comunes de ambas disposiciones a la libertad y al deber estatal de igual consideración y respeto ante los distintos posicionamientos no nocivos de los individuos

  • Los delitos ambientales en Uruguay

    Actualmente el Código Penal uruguayo no prevé un título específico sobre los delitos ambientales, donde se tipifiquen delitos cuyo bien jurídico protegido sea el ambiente. Sin embargo, esta realidad podría cambiar en unos meses de aprobarse el Proyecto de Ley sobre delitos ambientales, que cuenta con media sanción al haber sido aprobado por la Cámara de Senadores. Fuera del Código Penal existe un único delito ambiental, previsto en el artículo 9 de la Ley Nº 17.220, de 11 de noviembre de 1999, que prevé el delito de introducción de desechos peligrosos. En el presente artículo se analizará el concepto de delitos ambientales, sus características, y un análisis sobre el referido Proyecto de Ley, aportando las experiencias del autor como corredactor de la versión original del referido Proyecto de Ley remitida por el Poder Ejecutivo al Parlamento

  • Los principios éticos y jurídicos aplicables a los sistemas autónomos de armas letales

    La inteligencia artificial (IA) es una tecnología que ha dado origen a la creación de nuevas armas militares, capaces de seleccionar y atacar a sus objetivos con mayor autonomía, pudiendo prescindir del control humano. Frente al impacto de dicha tecnología en la sociedad, el presente artículo tiene como objetivo comprender los principios éticos que en la actualidad están orientando su desarrollo y uso, y a la vez, los principios legales provenientes del derecho internacional humanitario (DIH) que son susceptibles de aplicarse, lo cual permite pronosticar los limites necesarios a imponer ante los potenciales riesgos que implica esta tecnología. El texto presenta una investigación cualitativa que utilizó preferentemente una revisión de tipo documental que permitió analizar ciertos principios éticos prevalentes reconocidos por determinados Estados y de los principios legales reconocidos ampliamente por la literatura existente

  • ¿Cuáles son los límites de la reglamentación de la norma legal que tipifica la infracción administrativa en el Derecho Administrativo Sancionador?

    El análisis del Principio de Tipicidad, pilar del Derecho Administrativo Sancionador, genera como dificultad la determinación del núcleo sancionatorio como uno de sus elementos componentes. En efecto, a nivel normativo se observa tanto la tipificación de la infracción administrativa en la norma legal como en la reglamentaria, esta última como complemento de la infracción o de la sanción o de ambos aspectos. Esto se ve reforzado por el actual contexto en que se inserta del Derecho Administrativo, que originó una hiperinflación reglamentaria que incide directamente en el Derecho Administrativo Sancionador. Este estado de situación me generó la interrogante ¿Cuáles son los límites de la reglamentación de la norma legal que tipifica la infracción administrativa en el Derecho Administrativo Sancionador?, cuya respuesta exige analizar previamente los siguientes aspectos: ¿la potestad sancionatoria debe estar expresamente consagrada en la norma legal atributiva de competencia o se admite implícitamente comprendida en ella? Si este último aserto es aceptado, ¿admite colaboración reglamentaria?; si la respuesta es afirmativa, ¿hasta dónde llega esa colaboración? ¿puede innovar en la tipificación o limitarse a regular solamente los aspectos que la norma legal habilita? La presente investigación intenta dar respuestas a dichas interrogantes

  • El interés social en cuanto causal de impugnación de asambleas ¿qué implica contar con su consagración a texto expreso?

    El presente trabajo busca analizar qué implicancias tiene el hecho de que nuestra ley de Sociedades Comerciales N° 16.060, en su artículo 365, consagre, a texto expreso, la contravención del interés social como causal de impugnación de Asambleas. Para ello, se propone al lector una breve reseña de cuáles han sido las teorías que la doctrina ha ensayado respecto al contenido del interés social, analizar si existe en nuestro derecho una definición legal del mismo, y finalmente, interpelarnos sobre que implica, cuáles son las consecuencias de que el mismo este contemplado como una causal de impugnación de Asambleas

  • La armonización de los derechos: bases para una propuesta alternativa al conflictivismo

    Hace algunos años un conjunto de autores describió y criticó un modo de aproximarse a la interpretación de los derechos humanos que la concibe como tarea consistente en resolver conflictos entre derechos. Esta posición fue denominada "conflictivista". La crítica tuvo por objeto el concepto de derecho humano que se esconde detrás del conflictivismo, y sus proyecciones sobre el carácter absoluto y universal que se predica de estos derechos tan especiales. En este artículo se pretende dar cuenta del estado actual de esa crítica y de algunas de las objeciones que recibió, y sentar las bases de una propuesta alternativa, la "armonización de derechos

  • Avances y desafíos del principio de responsabilidad social corporativa en las Cooperativas Chilenas: perspectivas y experiencias

    En este artículo se analizan los avances y desafíos del principio de responsabilidad social corporativa (RSC) en las cooperativas chilenas, con el objetivo de realizar un análisis comparativo con la experiencia española. La metodología jurídica que orientó el estudio fue análisis jurídico-comparativos, histórico-lógicos y de análisis de contenido. Se llega a la conclusión de que en España la responsabilidad social está positivizada y respaldada por consideraciones constitucionales, lo que ha permitido un sólido desarrollo legislativo y una estructura estatal, que en Chile, el movimiento cooperativo ha experimentado con altibajos, aunque se observan avances legislativos en materia laboral y ambiental y la existencia del Consejo de Responsabilidad Social para el Desarrollo Sostenible es de vital importancia promover la responsabilidad social en las empresas y en especial en el sector cooperativo, aunque aún falta un mayor impulso estatal y una legislación más sólida en materia de cooperativismo con una visión que apunte a potenciar la responsabilidad social corporativa

  • Derecho a la información: análisis de los diversos criterios de diligencia exigidos para dar por cumplido el requisito de veracidad y acceder a su protección

    Para acceder al amparo especialmente fuerte ofrecido por el derecho a informar garantizado en el artículo 20 letra d) de la Constitución Española (CE), se exige la concurrencia de dos requisitos: que exista un interés público, y que lo comunicado sea veraz. Esto último se ha interpretado como un cierto grado de diligencia en la verificación de los hechos, sin llegar al absurdo de exigir certezas de tipo científico. Dado lo anterior, la protección constitucional, y en buena medida el ejercicio de la profesión periodística, están supeditados a lo que los intérpretes entienden por "debida diligencia", la que a su vez dependerá de las circunstancias y contexto de cada caso. Una revisión exhaustiva de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Español (TCE) nos permitirá sistematizar los principales criterios utilizados hasta ahora, así como su evolución y desarrollo a lo largo del tiempo, permitiendo ofrecer una guía práctica para acceder a la protección ofrecida por este derecho, en a que el derecho español ha sido pionero a nivel mundial

  • El Estado en el mercado: herramientas jurídicas para la intervención en la economía

    La economía es un fenómeno del que ningún individuo logra escapar. Queramos o no, nuestra vida está en parte determinada por este fenómeno, e invade varios aspectos de nuestra cotidianeidad. Con el pasaje del tiempo, el elenco de agentes económicos fue creciendo, no solo en cantidad de número, sino de categoría, incorporándose entre ellos el Estado, una persona jurídica con una influencia muy particular. A través de este trabajo, se analizará las herramientas con las que cuenta el Estado uruguayo para intervenir en la economía, a través de los diferentes roles que desempeña y las diferentes personas jurídicas públicas existentes

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