Sentencia Definitiva nº 2/2013 de Juzgado Ldo.civil 15º Tº, 8 de Febrero de 2013
Ponente | Dra. Teresita MACCIO AMBROSONI |
Fecha de Resolución | 8 de Febrero de 2013 |
Emisor | Juzgado Ldo.civil 15º Tº |
Jueces | Dra. Teresita MACCIO AMBROSONI |
Materia | Derecho Administrativo |
Importancia | Alta |
SENTENCIA Nº 2/2013
Montevideo 8 de febrero de 2013.
VISTOS:
Para sentencia definitiva de primera instancia estos autos caratulados “M., ANA y otros c/ ASSE – COBRO DE PESOS”, Ficha 2-26868/2012.
RESULTANDO:
I.- A fs. 26 comparecen los actores y dicen que son funcionarios del Hospital de Flores realizando tareas en horario nocturno, o sea de 21 a 6 hs., rubro que no es abonado correctamente por la accionada, y en el caso de los co-actores S.M., Luz de E.E., Z.L. y E.D.B. nunca se les abonó la compensación por trabajo nocturno.
Indican que conforme a informe del Departamento de Sueldos de ASSE la compensación por nocturnidad se calcula sobre los rubros del sueldo básico, la carga horaria, el art. 26, el aumento adicional, inc. Recuperación (renglón 48023) e inc. Recuperación (renglón 48026).
Alegan que la administración no invoca fundamento de derecho que la habilite a liquidar la nocturnidad en la forma antedicha, invocan el art. 281 de la Ley 16.226, señalando que la norma no delega en el Departamento antedicho el criterio de liquidación y que no existe fundamento legal para dejar fuera del cálculo los restantes rubros de naturaleza salarial que figuran en los recibos de sueldos.
C. jurisprudencia en apoyo de su posición y solicitan se condene a la contraria al pago de los dineros que no fueron abonados por el concepto de nocturnidad desde abril de 2008 a abril 2012 y a futuro mientras dure la relación funcional, más incidencias en el aguinaldo y actualización del DL 14.500.
II.- Por auto N° 2019/2012 de fs. 35 se confirió traslado de la demanda, el que fue evacuado a fs. 42 y ss., interponiendo la representante de la demandada excepción previa de prescripción parcial; controvierte el reclamo formulado por los actores señalando que el pago de la nocturnidad depende de si efectivamente se realizan horas nocturnas, lo que es variable en el tiempo. Controvierte también la liquidación de la contraria, describiendo la forma en que su mandante liquida la nocturnidad, señalando que lo preceptuado por el art. 281 de la Ley 16.226 es que el cálculo corresponde sobre las asignaciones de los respectivos cargos, las que están establecidas por las normas de TOFUP. Deja constancia también que, de entenderse que algo debe abonarse a los actores, deben calcularse los aportes al BPS, FONASA e IRPF, creados por normas de orden público y de los cuales el Estado es agente de retención.
III.- Sustanciada la excepción previa, la audiencia...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
