Sentencia Interlocutoria nº 407/2014 de Tribunal Apelaciones Penal 4º Tº, 2 de Septiembre de 2014

PonenteDr. Angel Manuel CAL SHABAN
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2014
EmisorTribunal Apelaciones Penal 4º Tº
JuecesDr. Angel Manuel CAL SHABAN,Dr. Jorge Antonio CATENACCIO ALONSO,Dr. Luis Dante CHARLES VINCIGUERRA
MateriaDerecho Penal
ImportanciaMedia

VISTOS:

Para interlocutoria de segunda instancia estos autos caratulados: “AA. Apropiación de cosa perdida o cosa habida por error. I.U.E.: 259-376/2013” , venidos a conocimiento del Tribunal en mérito al recurso subsidiario de apelación interpuesto por la Sra. Defensora Privada, Dra. E.M., contra la providencia Nº 2282 de fecha 12/12/13, dictada por la Sra. Jueza Letrado de 1a. Instancia de Florida de 1º Turno, Dra. F.M., con intervención de la Sra. Fiscal Letrada Departamental de Florida, Dra. S.S..

RESULTANDO:

1º) Por la impugnada se dispuso el procesamiento sin prisión de AA imputado de un delito de Apropiación de cosa perdida o cosas habidas por error (fs. 30 a 31 vta.).

2º) Se alzó la Defensa con los recursos de reposición y apelación en subsidio. En fundada e ilustrada intervención concluyó en que no procede el procesamiento dispuesto por razones de forma y de fondo. Por un lado sostiene que en el caso no se cumplió con el ineludible requisito de la instancia del ofendido por parte del “dueño” del dinero que recibió su defendido. Y, subsidiariamente, afirma que no surgen de autos los elementos de convicción suficientes para disponer el procesamiento.

Consecuentemente pide que se revoque la recurrida (fs. 39 a 43).

3º) El Ministerio Público, abogó con expresión de fundamentos, por la confirmación de la apelada en todos sus términos (fs. 45 a 46 vta.).

4º) La “a quo” mantuvo por sus fundamentos la apelda y franqueó la apelación. En esta Sede, citadas las partes, pasaron los autos a estudio y se acordó sentencia legalmente (fs. 51 y ss.).

CONSIDERANDO:

I) La Sala, con la unánime voluntad de sus miembros naturales, confirmará la impugnada. En criterio del Tribunal, se relevan en el caso los requisitos de procedibilidad ineludibles y los elementos de convicción suficientes que habilitan legalmente el procesamiento dispuesto con el carácter provisorio inherente al mismo y sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva (art. 125, 132 y 174 del C.P.P.).

II) El trámite se ha cumplido con todas las garantías del debido proceso legal para las partes. En tal sentido destaca la recurrida por sus fundamentos, responsabilidad funcional y honestidad intelectual de la “a quo”, ya que, rectificando su decisión anterior (Nº 2281 de 11/12/13, fs. 28), en la que siguiendo al Ministerio Público había dispuesto el procesamiento y prisión del encausado por un delito de Apropiación Indebida (lo que dado los hechos era manifiestamente improcedente), imputó el delito del art. 353 Nº 3 del C.P.

III) A los efectos revisivos del procesamiento impugnado, surge semiplenamente probado en autos, que AA, de 27 años de edad, comerciante, reincidente, el día 5/12/13, concurrió en compañía de su concubina, Sra. BB, a la agencia Abitab Nº 1711 de Florida para averiguar sí tenía algún dinero para cobrar proveniente del BPS, por 5 días en los que había estado en seguro de enfermedad. La funcionaria CC tomó la cédula de identidad de AA y por error, le pagó la suma de $ 21.399 que correspondían a un pago que correspondía a otro beneficiario, el Sr. DD completó en forma el recibo de pago con el número de su cédula de identidad, domicilio y firma y se marchó con el dinero (fs. 3). Su concubina admite que no bien salieron del local, su concubino se percató del error de la pagadora, no obstante tiró el recibo y se apuró a gastar el dinero en provecho propio y de su familia (fs. 22 y 6). Por su parte AA niega que se hubiera percatado del error de la pagadora, pero en todo aseguró que se trataba de un error o ineptitud de la pagadora por lo que él no era responsable (fs. 23 y vta. y 5).

Las gestiones de la damnificada para recuperar el dinero frente al indagado después de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR