Sentencia Definitiva nº 3/2016 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 3 de Febrero de 2016

JuezDr. Fernando Raul TOVAGLIARE ROMERO,Dra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZALEZ,Dr. Felipe Javier HOUNIE SANCHEZ,Dr. Jorge Tomas LARRIEUX RODRIGUEZ,Dr. Ricardo Cesar PEREZ MANRIQUE
EmisorSupreme Court of Justice (Uruguay)
Número de expediente88-209/2011
Fecha03 Febrero 2016
Número de sentencia3/2016

Montevideo, tres de febrero de dos mil dieciséis

VISTOS:

Para sentencia estos autos caratulados: AA. SU MUERTE - PROV. EXP. 2-21986/2006 – ORG. DE DDHH - EXCEPCION DE INCONSTITUCIONALIDAD ARTS. 2 Y 3 DE LA LEY NRO. 18.831 Y CASACION PENAL”, IUE: 88-209/2011.

RESULTANDO:

1o.) Por Sentencia Interlocutoria No. 1.299 del 6 de junio de 2014, la Sra. Jueza Letrada de Primera Instancia en lo Penal de 7mo. Turno no hizo lugar a la defensa de prescripción (fs. 428-439).

Por Sentencia Interlocuto-ria No. 2.681 del 15 de octubre de 2014, la Sra. Jueza a quo desestimó el recurso de reposición interpuesto y, en su mérito, mantuvo la Sentencia Interlocutoria No. 1.299/2014, franqueando el recurso de apelación (fs. 461-466).

2o.) Por Sentencia Interlocutoria No. 128 del 5 de junio de 2015, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1er. Turno confirmó la providencia impugnada (fs. 479-487 vto.).

3o.) Contra dicha decisión, la defensa del indagado interpuso recurso de casación de fs. 491 a 497 vto. y excepción de inconstitucionalidad contra los arts. 2 y 3 de la Ley No. 18.831, en los términos que lucen en su escrito de fs. 498-505 vto.

En definitiva, solicita se declare la inconstitucionalidad de la Ley No. 18.831 y su inaplicabilidad al promotor.

4o.) Por Providencia No. 222/2015, se dispuso la elevación de los autos para ante la Suprema Corte de Justicia (fs. 506).

5o.) Por Auto No. 1118/2015, la Corporación dispuso conferir traslado a la Sra. Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de 5to. Turno. F., otorgar vista al Sr. Fiscal de Corte (fs. 512).

6o.) La Sra. Fiscal Letrado Nacional en lo Penal de 5to. Turno, evacuando el traslado conferido y por los fundamentos que expresó en fs. 514/519 vto., solicitó se desestimen los recursos interpuestos en autos y que se disponga la continuación de la instrucción de esta causa.

7o.) El Sr. Fiscal de Corte se pronunció en Dictamen No. 3097, entendiendo que “... no corresponde pronunciarse sobre la constitucionalidad o no de las disposiciones legales cuestionadas por ser inaplicables al caso, salvo mejor opinión de la Corporación” (fs. 523 a 543 vto.).

8o.) Por Decreto No. 1394/2015, se dispuso el pasaje a estudio y autos para sentencia, citadas las partes (fs. 545).

CONSIDERANDO:

I) La Suprema Corte de Justicia desestimará la excepción de declaración de inconstitucionalidad deducida.

II) En la presente oportunidad, corresponde que la Suprema Corte de Justicia se pronuncie exclusivamente sobre la excepción de inconstitucionalidad opuesta por el indagado, habida cuenta de que ésta se dedujo antes de que se sustanciara debidamente el recurso de casación interpuesto por su defensa.

III) A juicio de la Corte, el excepcionante carece de un interés directo en la desaplicación de las normas legales impugnadas, en la medida que no surge que éstas hayan sido aplicadas ni emerge, razonablemente, que vayan a ser aplicadas por los tribunales de mérito.

Efectivamente, véase que la Sra. Jueza a quo basó su decisión desestimatoria de la prescripción alegada, fundamentalmente, en virtud de los siguientes argumentos: a) no es computable, a los efectos de la prescripción, el período de la dictadura; y b) la vigencia de la Ley No. 15.848 impidió que las víctimas y el Ministerio Público estuvieran en condiciones de perseguir los delitos comprendidos por ella, obstáculo que, en el presente caso, recién fue removido por la Sentencia No. 1.525/2010 de la Suprema Corte de Justicia, por la cual este órgano declaró la inconstitucionalidad de dicha norma. En función de tales argumentos, la juzgadora de primer grado concluyó que el plazo de prescripción recién comenzó a computarse el 29 de octubre de 2010, fecha en la que la Corporación dictó la referida sentencia de inconstitucionalidad (princi-palmente, fs. 433, 437 y 438).

Por otra parte,...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex
3 temas prácticos
2 sentencias
1 artículos doctrinales