Sentencia Definitiva nº 272/2017 de Tribunal Apelaciones Trabajo 1ºt, 20 de Septiembre de 2017

PonenteDra. Rita Beatriz PATRON BETANCOR
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2017
EmisorTribunal Apelaciones Trabajo 1ºt
JuecesDra. Rita Beatriz PATRON BETANCOR,Dr. Adolfo FERNANDEZ DE LA VEGA MENDEZ,Dra. Sylvia Judith DE CAMILLI HERMIDA
MateriaDerecho Laboral
ImportanciaMedia

SENTENCIA DEFINITIVA Nº:

DFA-0511-000374/2017 SEF-0511-000272/2017

TRIBUNAL DE APELACIONES DE TRABAJO DE 4° TURNO

MINISTRO REDACTOR: DRA. R.P.B.

MINISTROS FIRMANTES: DRA. R.P.B., DR. A.F. DE LA V.M., DRA. S.G.D.

MINISTROS DISCORDES: DRA. S.D.C.H., DRA. DORIS MORALES MARTINEZ

Montevideo, 20 de setiembre de 2017

VISTOS EN EL ACUERDO:

Para sentencia definitiva de segunda instancia estos autos caratulados “BRAGA, EDUARDO C/TAJCH, M. – DEMANDA LABORAL”, IUE: 0503-000215/2016 , venidos en apelación del Juzgado Letrado de Primera Instancia de San Carlos 1° Turno, a cargo de la Dra. A.N..

RESULTANDO:

1) La Sala acepta el relato de antecedentes procesales consignados en la sentencia apelada, procediendo al dictado de la presente.

2) Por sentencia definitiva de primera instancia N°27/2017 de 3 de abril de 2017, se acogió parcialmente la demanda y en su mérito se condenó a la parte demandada Sr. M.T. a abonar al actor Sr. E.B. la suma total de $309.113, según los rubros y las liquidaciones efectuadas en el considerando 8 de la sentencia (que incluye diferencia salarial, aguinaldo, licencia, salario vacacional, despido común, incidencias, descansos semanales trabajados, presentismo, multa legal, 10% por daños y perjuicios preceptivos), reajustes e intereses legales, desde la exigibilidad hasta su pago efectivo. Desestimando la demanda en cuanto al rubro horas extras y daños y perjuicios por no afiliación al BPS (fs.89-103).

3) El representante de la parte demandada interpone recurso de apelación contra la sentencia definitiva, agraviándose en cuanto la recurrida condena al pago de descansos semanales impetrados. Dicho agravio fue objeto de discordia parcial, razón por la cual, se procedió de conformidad con lo establecido en el art. 201 CGP (fs.124), resultando sorteada la Sra. Ministro de Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 1° Turno, Dra. D.M.M.. Subsistiendo discordia parcial desde que la Sra. Ministro mencionada entendió que debía revocarse parcialmente la sentencia apelada, se realizó nuevo sorteo (fs.125), lográndose la mayoría legal prevista en el art. 61 de la ley 15.750 con la integración de la Sra. Ministro del Tribunal de Apelaciones de Trabajo de 2° Turno, Dra. S.G. De Marco.

CONSIDERANDO:

I) La Sala integrada y por la unanimidad de sus voluntades legales irá a revocar la sentencia apelada, por los fundamentos que se expondrán.

II) El demandado versa su agravio en la condena al pago de descansos semanales reclamados. El mismo finca en que la sentencia no pondera las contradicciones en que incurre el actor cuando en su demanda afirma que no descansaba ningún fin de semana, reclamando todos los descansos semanales como trabajados y luego en la declaración de parte se desdice de lo sostenido, admitiendo que hubo fines de semana que viajaba al Chuy (lugar de residencia) a visitar a su familia y los testigos, que lo hacía al menos un fin de semana alternado, entendiendo que tal rubro debió tener el mismo tratamiento que la pretensión sobre horas extras desestimada en la sentencia impugnada. Y, a nuestro juicio, le asiste razón al recurrente, pues es cierto que en la demanda se reclaman los descansos semanales en forma genérica, sin cumplir con la carga de la debida sustanciación requerida en el art. 8 de la ley 18.572 al remitir al art. 117 C.G.P., en iguales condiciones que reclama el pago de horas extras. Empero además, más allá de la relación de informalidad que vinculó a las partes, la decisora de primer grado no fundamenta el amparo de dicho rubro, desde que condena sin analizar la prueba testimonial y declaración de parte recogida en audiencia única, lo que determina, como se afirma en la apelación, la contradicción de los hechos expresados en la demanda y la falta de prueba fehaciente del no goce de los descansos semanales reclamados. En efecto, la carga probatoria recaía enteramente sobre el actor y la misma al igual que las horas extras cuyo rechazo no fue objeto de agravios, requiere una prueba clara y contundente que no deje lugar a dudas, nada de lo que se desprende de la declaración de los testigos y la declaración de parte del actor que, como se dijo supra, contradicen el reclamo genérico impetrado. V., que el actor edifica su reclamo en que nunca gozó del descanso semanal por lo que reclama 16 descansos correspondientes a los 4 meses de trabajo, mientras que en la contestación de demanda el demandado establece que los gozaba porque se iba los viernes al culminar su horario de labor para Chuy, donde pasaba los sábados y domingos retornando los lunes por la mañana. Los testigos R. y L., ofrecidos por su parte, quienes también trabajaron en la obra del Hostal del demandado, refieren que el actor no trabajaba ni sábados ni domingos, porque se iba los fines de semana para Chuy, agregando el primero que pese a haber trabajado algún sábado, no vio en esas oportunidades haciendo lo mismo al actor. El testigo A., ofrecido por el actor, quien dice haber trabajado mucho tiempo junto al reclamante en otra obra y que llegó a la del demandado gracias a aquél, quien le pagaba porque era su peón, declara que viajaban al Chuy semana por medio, que se iban los sábados de tardecita y volvían los domingos de noche. Pero este testigo pierde credibilidad pues contradice los dichos del propio actor en la declaración de parte acerca de que se iban los sábados y domingos. Queda el testimonio de la Sra. A., quien declara que trabajó en la obra porque el actor le pasó un trabajo de pintura y que es su amiga, siendo la única testigo en sostener que a veces trabajaba los fines de semana y que vio trabajar al actor sábado y domingo. Este singular testimonio no alcanza para dar por acreditado que los descansos se trabajaban, cuando se contradice con la declaración de parte. Tales falencias debieron ser analizadas y ponderadas en la sentencia apelada a la luz de la prueba vertida al proceso y los principios que rigen la materia laboral, omisión que conduce al amparo del agravio deducido y la revocatoria de la recurrida.

III) Sobre la conducta procesal observada por las partes no se hará especial condenación en el grado (art. 688 C. Civil, art. 261 C.G.P.).

Por los fundamentos expuestos, las normas legales citadas, los arts. 17 y 18 de la ley 18.572 en la redacción dada por los arts. 6 y 7 de la ley 18.847 y los arts. 197 y 198 CGP, el Tribunal,

FALLA:

REVÓCASE LA SENTENCIA APELADA EN CUANTO CONDENA AL PAGO DE DESCANSOS SEMANALES RECLAMADOS EN LOS QUE SE...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex