Sentencia Interlocutoria nº 1.113/2018 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 26 de Julio de 2018
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2018 |
Emisor | Supreme Court of Justice (Uruguay) |
Jueces | Dra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZALEZ,Dr. Felipe Javier HOUNIE SANCHEZ,Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ,Dr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN,Dr. Gustavo Orlando NICASTRO SEOANE |
Materia | Derecho Constitucional |
Importancia | Alta |
Montevideo, veintiséis de julio de dos mil dieciocho
VISTOS:
Para sentencia, estos autos caratulados: “AA – DOS INFRACCIONES GRAVÍSIMAS DE EXTORSIÓN Y RAPIÑA EN REITERACIÓN REAL – EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD – ART. 76 LITERAL D) PÁRRAFO 2 DE LA LEY Nº 17.823 EN LA REDACCIÓN DADA POR EL ART. 2 DE LA LEY Nº 19.551” – IUE: 438-38/2018.
CONSIDERANDO:
1.- Que de acuerdo a lo dispuesto por el art. 519 del Código General del Proceso, la Suprema Corte de Justicia se encuentra legalmente facultada para resolver las cuestiones de inconstitucionalidad que le fueren elevadas, en cualquier estado de los procedimientos y con prescindencia de la situación en que se encontrare el trámite respectivo, siempre que exista jurisprudencia sobre el caso planteado y a juicio de la Corte corresponda mantener su anterior criterio.
2.– Por Sentencia No. 21/2018 la Corte desestimó la excepción de inconstitucionalidad formulada contra las normas impugnadas en autos, en términos que por su exacta adecuación al caso se tendrán por reproducidos y como parte integrante de esta decisión.
Por lo expuesto, la Suprema Corte de Justicia,
FALLA:
DESESTÍMASE LA EXCEPCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD, CON LAS COSTAS DE PRECEPTO Y SIN ESPECIAL IMPOSICIÓN EN COSTOS (ART. 523 DEL C.G.P.).
HONORARIOS FICTOS:...
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