Sentencia Definitiva nº 61/2018 de Juzgado Ldo.civil 5º Tº, 29 de Noviembre de 2018

PonenteDr. Juan Jose BENITEZ CAORSI
Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2018
EmisorJuzgado Ldo.civil 5º Tº
JuecesDr. Juan Jose BENITEZ CAORSI
MateriaDerecho Civil
ImportanciaAlta

VISTOS:

Para sentencia definitiva de primera instancia estos autos caratulados “K.C.M. c/ COLLAIAN, A. y otrs –Discusión de rendición de cuentas– IUE 28/72/2017”.

RESULTANDO:

I. A fojas 166 y ss del IUE 2-53635/16 comparecen los demandados, rindiendo cuentas de su gestión.-

II. Examinadas las mismas, la parte actora, manifiesta su oposición a la rendición de cuentas, presentado la demanda respectiva. En síntesis expresa que al ingresar al residencial contaba con depósitos bancarios por una suma total de US$ 68.000 aproximadamente. De la cifra detallada en sus depósitos, no ha recibido de los demandados devolución alguna, a pesar que como se demuestra con la rendición presentada ante la Sede, se suma un gasto de US$ 33.749, por lo cual quedaría un saldo remanente sin justificar de ninguna manera de US$ 34.251. Existe un defecto en las cuentas rendidas, habiendo revocado inmediatamente el mandato otorgado.-

III. Por auto Nº. 2826/17 del 27/11/2017 (fojas 33) se confirió traslado de la demanda la que fue debidamente notificada (fojas 34 y 35), evacuada en tiempo y forma a fojas 41 y ss. La parte demandada señaló que los apoderados eran A.G. y N.G., cónyuges entre sí y el primero nombrado, nieto del poderdante. Reconocen que al principio del mandado, K. contaba con un total de US$ 56.937 y $ 400.033. Se hicieron cargo de administrar los bienes, a partir del ingreso del actor a la residencial, ejerciendo de tal manera, que al final del mandato, el patrimonio no sólo había aumentado, sino que no poseía deuda alguna. Sobre el domicilio del actor, se pagaron los servicios e impuestos. Sobre un segundo inmueble, se refaccionó totalmente a efectos de que se tuviera un ingreso extra a través de otro alquiler. Se logró aumentar el alquiler existente en un 60%. Además de los gastos de mantenimiento y de obra de los inmuebles, así como el pago del residencial, debían comprarse medicamentos y pañales. Se le pagaba SUAT y el servicio de acompañantes FAMILIA. Sólo en uno de los residenciales que estuvo se pagaron $ 180.000 por 10 meses de estadía, $ 18.000 por mes. Al momento de otorgar el poder, el actor manifestó a su hija C., estando presente su bisnieto S., que el dinero que se encontraba en sus cuentas, era de ellos, y que podían hacer con el mismo lo que quisieran, mientras él tuviera sus ingresos fijos mes a mes. En ningún momento se abusó de esta clara donación, sino que la familia se encargó de mantenerlo en la mejor de las situaciones, encargándose sólo de la congrua manutención de su hija C., ya que no poseía ingresos suficientes para mantenerse. El actor no se opuso a ello, sino que siempre les mandó que actuaran de esa forma.

IV. En su oportunidad, se convocó a las partes a la audiencia de precepto (art. 340 C.G.P) conforme dispositivo 648/18 (fojas 54), desarrollándose según informa el acta resumida de fojas 57, fijándose el objeto del proceso y la prueba y habiéndose dispuesto los medios probatorios ofrecidos por las partes, se procedió a su diligenciamiento.-

V. Se difirió el pronunciamiento de la sentencia y sus fundamentos, convocándose a las partes a la audiencia de lectura de sentencia para el día de la fecha a las 13.25 hs. (arts. 203 y 343.7 C.G.P.).-

CONSIDERANDO:

1- Que a juicio de este proveyente corresponde, y así se dispondrá, amparar parcialmente la acción impetrada, conforme a los fundamentos que se examinarán en los apartados siguientes.-

2- El thema dedidendum, está centrado principalmente en determinar la bondad de la rendición de cuentas efectuada por la parte demandada.-

3- Con arreglo a ello, se denomina rendición de cuentas, en general, a la obligación que contrae quien ha realizado actos de administración o de gestión por cuenta y en interés de un tercero y en cuya virtud debe suministrar a éste un detalle circunstanciado y documentado acerca de las operaciones realizadas...

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