Sentencia Interlocutoria nº 3.632/2018 de Supreme Court of Justice (Uruguay), 10 de Diciembre de 2018

Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2018
EmisorSupreme Court of Justice (Uruguay)
JuecesDra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dr. Jorge Omar CHEDIAK GONZALEZ,Dr. Eduardo Julio TURELL ARAQUISTAIN,Dr. Gustavo Orlando NICASTRO SEOANE
MateriaDerecho Procesal
ImportanciaAlta

Montevideo, diez de diciembre del dos mil dieciocho

VISTOS:

Para sentencia interlocutoria estos autos caratulados: “AA C/ BB – CESE DE PENSIÓN ALIMENTICIA - CONTIENDA DE COMPETENCIA”, IUE: 617-77/2018.

RESULTANDO:

I) Tramita en autos un proceso de cese de pensión alimenticia iniciado por el Sr. AA ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de 1er. Turno.

II) Por Resolución No. 2056/2018, de fecha 24 de julio de 2018 la Sra. Jueza Letrada de Primera Instancia de Paso de los Toros de 1er. Turno, Dra. M.E.M.C., se declaró incompetente, por los fundamentos que obran a fs. 7/8 vta.

III) Recibidos los autos por el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de 2do. Turno, la Dra. N.C.C., por Resolución No. 1695/2018, de fecha 17 de agosto de 2018, decidió no asumir competencia y, en su mérito, sometió la cuestión a decisión de la Corporación al amparo de lo establecido en el art. 331 del C.G.P., conforme a la fundamentación ensayada a fs. 14/16 vta.

IV) Los autos fueron recibidos en la Corporación el día 31 de agosto de 2018 (fs. 19).

V) Por Decreto No. 2444/2018, de fecha 5 de setiembre de 2018, se dispuso el pasaje de los autos a estudio para resolución (fs. 20), al término del cual se acordó sentencia en forma legal y oportu- na.

CONSIDERANDO:

I) La Suprema Corte de Justicia, por el quórum legalmente requerido (art. 56 inc. 2 de la Ley No. 15.750), declarará competente para continuar conociendo en el presente proceso al Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de 2do. Turno, de acuerdo a lo establecido en las Acordadas Nos. 7939 de fecha 23 de octubre de 2017, 7946 del 30 de octubre de 2017, 7950 de fecha 6 de noviembre de 2017, 7969 de 19 de abril de 2018 y 7983 de fecha 17 de julio de 2018. II) Por Acordada No. 7939 de fecha 23 de octubre de 2017, se declaró constituido a partir del 1º de noviembre de 2017 el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paso de los Toros de 2do. Turno, el cual, conforme a lo dispuesto por Acordadas Nos. 7946 del día 30 de octubre de 2017 y 7950 de fecha 6 de noviembre de 2017, tiene la misma competencia que su Homólogo de 1er. Turno.

A su vez, el art. 2º de la Acordada No. 7950 estableció que la sede de 2do. Turno tiene competencia exclusiva en todos los asuntos que se inicien a partir de la fecha de su constitución y hasta el día 30 de abril de 2018, con excepción de aquellas de la Ley No. 17.514, Código...

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