Sentencia Definitiva nº 110/2021 de Tribunal Apelaciones Civil 2ºtº, 1 de Septiembre de 2021

PonenteDr. Alvaro Jose FRANCA NEBOT
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2021
EmisorTribunal Apelaciones Civil 2ºtº
JuecesDr. Alvaro Jose FRANCA NEBOT,Dra. Patricia Elizabeth HERNANDEZ SANCHEZ,Dra. Maria Rosario SAPELLI FERBER
MateriaDerecho Procesal
ImportanciaAlta

Sentencia No. 110/2021 1/9/2021

Tribunal de Apelaciones en lo Civil de Segundo Turno

Ministro redactor: Dr. Á.F.

Ministros firmantes: Dra. P.H.D.. R.S. y Dr. Á.F.

FICHA No. 2-31170/2021 (AA c/ MINISTERIO DE SALUD PUBLICA y otro – Acción de amparo )

V I S T O S Y R E S U L T A N D O:

I.- Con fecha 10 agosto de 2021 por sentencia dictada por sentencia de primera instancia No 39/2021 dictada por el Sr. Juez Letrado en lo Civil de 9º Turno se condenó al MINISTERIO DE SALUD PUBLICA y al FONDO NACIONAL DE RECURSOS a proporcionar al actor la financiación del tratamiento endovascular solicitado comprendiendo toda y cada una de las sesiones que el equipo médico tratante estime pertinente a efectuarse en el IMAE de elección del paciente en un plazo no mayor de 48 horas sin especial condenación ( fs. 124 vto.).

II.- La demandada MSP no apeló el fallo por lo que a su respecto ha quedado firme.

III.- El Sr. Representante del codemandado FONDO NACIONAL DE RECURSOS interpuso el correspondiente recurso de apelación por entender que no se ha considerado la naturaleza jurídica del FNR ni la ausencia de la ilegitimidad manifiesta. Surge probado que el procedimiento endovascular solicitado no se encuentra incluido en el PIAS ni se encuentra bajo la cobertura de su parte. En función de ello su parte carece de legitimación pasiva para ser condenada como se hizo lo cual no se ve alterardo por la disposiciones recientemente aprobadas ( LUC ). Citó jurisprudencia y en definitiva solicitó se revocara la recurrida acogiéndose la falta de legitimación pasiva con la consiguiente desestimación de la demanda a su respecto ( fs. 129 vto. ).

IV.- Sustanciada la recurrencia de la apelación del FNR por auto 1859/2021 de fecha 23 de agosto se ordenó el franqueo correspondiente ( fs. 138 ).

V.- Con fecha 26 de agosto de 2021 ( fs. 140 ) el proceso fue recibido en el Tribunal y los autos giraron en la forma de estilo. Realizado el estudio , en acuerdo celebrado al efecto se dispuso el dictado de la presente designándose redactor.

C O N S I D E R A N D O:

I.- Que se hará lugar al recurso interpuesto por el FNR y en su mérito se revocará la condena a su respecto por lo que se dirá.

II.- El actor (32 años) es portador de una MALFORMACION ARTEROVENOSA (MAV) de 4 centímetros de diámetro ubicada en la zona frontal izquierda del cerebro y para su tratamiento se ha solicitado por el equipo médico tratante (Dras. M.R. y A.J.) la EMBOLIZACION...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR