Sentencia Definitiva nº 372/2021 de Suprema Corte De Justicia, 14 de Septiembre de 2021

PonenteDra. Elena MARTINEZ ROSSO
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2021
EmisorSuprema Corte De Justicia
JuecesDra. Elena MARTINEZ ROSSO,Dra. Graciela Susana GATTI SANTANA,Dr. John PEREZ BRIGNANI,Dra. Gabriela FIGUEROA DACASTO,Dr. Eduardo Nelson CAVALLI ASOLE,Dra. Ana Maria MAGGI SILVA
MateriaDerecho Constitucional
ImportanciaAlta

Montevideo, catorce de setiembre de dos mil veintiuno

VISTOS:

Estos autos caratulados: R., R. y otros c/ Tribunal de lo Contencioso Administrativo y otros – Acción de inconstitucionalidad arts. 1 y 2 de la Ley No. 18.738, arts. 14 a 16 de la Ley No. 18.996 y art. 2 de la Ley No. 19.310” – IUE: 1-169/2019.

RESULTANDO:

I) A fs. 11 y ss. comparecieron R.R.M. y otros, promoviendo acción de inconstitucionalidad -por razones de forma y fondo- respecto de los arts. 1 y 2 de la Ley No. 18.738, arts. 14 a 16 de la Ley No. 18.996 y art. 2 de la Ley No. 19.310, contra el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Poder Ejecutivo – Presidencia de la República – Ministerio de Economía y Finanzas y el Poder Legislativo.

II) A fs. 36 comparecieron el Estado – Poder Ejecutivo (Presidencia de la República) y el Ministerio de Economía y Finanzas, contestando la demanda, en el entendido de que corresponde rechazar la impugnación entablada; a la par, interpusieron excepción de falta de legitimación activa.

III) A fs. 72 comparece el Poder Legislativo, contestando la demanda, en el sentido de que corresponde desestimar el accionamiento impetrado.

IV) Sin perjuicio de las manifes-taciones realizadas a fs. 122-123 vta., el Tribunal de lo Contencioso Administrativo no contestó la demanda.

V) Los Sres. Ministros de la Corte Dres. T.S., B.M. y L.T., se inhibieron de oficio para entender en la presenta causa (fs. 125-126); de modo que se procedió a la integración de la Corte, cuyo sorteo se realizó el día 29 de julio de 2020, recayendo la suerte en la persona de los Dres. L.P., J.P. y S. TORRES (fs. 132).

VI) Por auto No. 936, de fecha 13 de agosto de 2020, se dispuso el pase a estudio de la causa (fs. 133).

VII) Los Dres. L.P. (fs. 140), J.P. (fs. 141) y S. TORRES (fs. 142) se inhibieron de oficio, procediéndose a la realización de un nuevo triple sorteo el día 08 de octubre de 2020.

VIII) Realizado éste, el azar designó para integrar la Corte a las Sras. Ministras Dras. G.G., A.M.M. y S.G. (fs. 149).

IX) La Dra. GIANERO se inhibió de oficio (fs. 153), procediéndose a la realización de un nuevo sorteo el día 20 de julio de 2021, mediante el cual resultó elegido el Dr. E.C. (fs. 176).

CONSIDERANDO:

I.- La Suprema Corte de Justicia por resolución anticipada (art. 519 del Código General del Proceso), relevará de oficio la falta de legitimación pasiva del Poder Legislativo, desestimando la demanda a su respecto, hará...

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