Sentencia Definitiva nº 113/2021 de Tribunal Apelaciones Civil 7ºtº, 13 de Septiembre de 2021
Ponente | Dr. Edgardo Mateo ETTLIN GUAZZO |
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2021 |
Emisor | Tribunal Apelaciones Civil 7ºtº |
Jueces | Dra. Maria Cristina CABRERA COSTA,Dra. Josefina Beatriz TOMMASINO FERRARO,Dr. Edgardo Mateo ETTLIN GUAZZO,Dr. Alvaro Jose FRANCA NEBOT |
Materia | Derecho Procesal |
Importancia | Media |
Nº 113/2021
TRIBUNAL DE APELACIONES EN LO CIVIL DE SÉPTIMO TURNO.
MINISTRO REDACTOR: Dr. E.E..
MINISTROS FIRMANTES: D.. Ma. C.C., E.E., B.T.,
Á.F..
MINISTRA DISCORDE: Dra. Ma. C.C..
VISTOS:
Para sentencia definitiva de segunda instancia, estos autos caratulados .AA
c/ Ministerio de Salud Pública y Otro. A.. (I.U.E. No. 2-15550/2021), venidos a
conocimiento mediante la apelación tramitada desde fs. 313-322, contra la sentencia N..
31/2021 del 31.5.2021, dictada a fs. 284-309 por el Juzgado Letrado en lo Civil de 3º Turno.
RESULTANDO:
1) La sentencia apelada, a cuya relación de antecedentes se remite este pronunciamiento por
acompasarse en general a las resultancias de obrados, acogió la excepción de falta de
legitimación pasiva interpuesta por el Fondo Nacional de Recursos, y condenó al Ministerio de
Salud Pública, a que en el plazo de cinco días desde el dictado de la presente, suministre al Sr.
AA, el medicamento POLATUZUMAB, de acuerdo a las indicaciones que
formule su médica tratante y durante todo el tiempo que ésta lo determine; sin especial
condenación (especialmente fs. 308).
2) Se alza el Ministerio de Salud Pública (en adelante también .MSP.) abogando por la
revocatoria, sosteniendo en lo medular que la recurrida le agravia en tanto no ponderó
debidamente la situación fáctica ventilada y no consideró los argumentos oportunamente
presentados, referidos al actuar legítimo del MSP especialmente a su conducta ajustada a la
normativa constitucional y legal; especialmente la condena a proporcionar al actor un
medicamento que carece de registro, y por lo tanto, no se puede comercializar en el país.
Sostiene que el hecho de no estar registrado el medicamento no es un hecho irrelevante.
Agrega que el fallo judicial obliga al MSP a incumplir con la legislación vigente en materia de
medicamentos; desaplicando las Leyes N.s. 15.443 y 19.355, sin que hayan sido declaradas
inconstitucionales, lo cual representa una invasión a la competencia originaria y exclusiva de la
Suprema Corte de Justicia y una vulneración al Principio de Separación de Poderes.
En definitiva, solicita que se revoque en alzada la sentencia apelada.
3) A fs. 326-327, fue evacuado el traslados por Fondo Nacional de Recursos, abogando por la
confirmatoria de la impugnada en todos sus términos.
4) A fs. 328-339 v., la parte actora evacuó el traslado y dedujo excepción de
inconstitucionalidad por vía de defensa. Por Dec. 1169/2021 (fs. 340), la Sede a-quo dispuso la
elevación a la Suprema Corte de Justicia. La Corporación resolvió por Sentencia No. 160/2021
de 20.7.2021, devolviendo los autos a la Sede remitente (fs. 342-351).
5) Franqueada la apelación y recibidos los autos, se suscitó discordia entre los miembrosnaturales, integrándose el Tribunal con el Sr. Ministro Dr. Á.F.; lográndose así las
voluntades necesarias para emitir un pronunciamiento en Alzada (arts. 203 y 204 del Código
General del Proceso, arts. 61 y 62 de la Ley No. 15.750, arts. 10 y 13 de la Ley No. 16.011; fs.
354 y siguientes).
CONSIDERANDO:
I) De autos surge relacionado que:
1) AA, paciente de 44 años, acorde a su Historia Clínica y del informe de su
médica tratante Dra. V.B. (fs. 1-2; 3204 v. y declaraciones en audire a fs.282), es
portador de Linfoma No Hodking F. G2 Estadio IVA, diagnóstico en 2018 transformado a
DGCB EIV A IPI3 doble expresor en noviembre de 2020. Debutó con la enfermedad en 2018.
Al principio no tenía criterio de tratamiento y estuvo en control hasta que en noviembre 2020 se
constata progresión y luego de numerosos estudios la anatomía patológica con IHQ (informe
08/01/2021) LNH b D20+, F. transformado a DGCB, Cmyc + BLC2 + ki67 70-80%.
Realizó tratamiento en base a CHOP y luego de anatomía patológica inició plan Rituximab, DA
EPOCH.
Luego de dos ciclos, en febrero de 2021 se constata nueva progresión y se decide DHAP y
AUTO TRASPLANTE. Se inició tratamiento y luego del primer ciclo en marzo sufrió
insuficiencia renal aguda. Luego de distintas complicaciones, se inició plan de GEMOX con
intención de disminuir velocidad de progresión y se inicia estudio de sus hermanos para ALO
TRASPLANTE. Lamentablemente luego de segunda dosis de GEMOX se constata progresión
con aumento del crecimiento de tumoración costal con intenso...
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