'Decreto 53/018.- Modifícase el Catálogo de Prestaciones a ser brindadas por los prestadores integrales incorporados al Sistema Nacional Integrado de Salud, y elimínase del Anexo II del Decreto 465/008, el renglón correspondiente a la Evaluación pretransplante de donante y el correspondiente a la Evaluación pretransplante del receptor. '
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Decreto 53/018
Modifícase el Catálogo de Prestaciones a ser brindadas por los prestadores integrales incorporados al Sistema Nacional Integrado de Salud, y elimínase del Anexo II del Decreto 465/008, el renglón correspondiente a la Evaluación pretransplante de donante y el correspondiente a la Evaluación pretransplante del receptor.
(1.430*R)
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 5 de Marzo de 2018
VISTO: lo dispuesto por el Decreto No 465/008 de 3 de octubre de 2008 y el Decreto No 289/009 de 15 de junio de 2009;
RESULTANDO: I) que por la primera de las normas reseñadas se aprobaron los Programas Integrales de Salud y el Catálogo de Prestaciones definidas por el Ministerio de Salud Pública, que deben ofrecer a sus usuarios los prestadores integrales incorporados al Sistema Nacional Integrado de Salud;
II) que asimismo, el Decreto No 289/009 de 15 de junio de 2009 dispuso que un grupo de prestaciones de salud, incluidas en el Anexo II del citado Decreto No 465/008, quedarán sujetas a normatización o a protocolización previo a ser consideradas de carácter obligatorio para los prestadores identificados anteriormente;
III) que se han realizado incorporaciones de prestaciones posteriores al Decreto No 465/008 de 3 de octubre de 2008;
CONSIDERANDO: I) que resulta pertinente realizar una actualización del Catálogo de Prestaciones a ser brindadas por los prestadores integrales;
II) que en tal sentido y teniendo como sustento los criterios establecidos en el artículo 3o del Decreto No 465/008 de 3 de octubre de 2008, se analizó por parte de un grupo de expertos pertenecientes a las diferentes cátedras o departamentos de las Facultades de Medicina, Odontología y Química de la Universidad de la Republica, las prestaciones allí incluidas, concluyendo que existe un conjunto de prestaciones que son obsoletas para el Sistema Nacional Integrado de Salud o presentan denominaciones que no son de uso corriente;
III) que por otra parte y a efectos de adecuar la actual realidad respecto a la clasificación utilizada en el Decreto No 465/008 de 3 de octubre de 2008, se entiende pertinente eliminar los renglones evaluación pretransplante de donante y receptor, en atención a que dichas denominaciones comprenden procedimientos y estudios que se encuentran establecidos en otros renglones del citado Decreto 465/008 o Decretos subsiguientes;
IV) que hay duplicación en el detalle de procedimientos referidos a la atención odontológica encontrándose adecuadamente detallados en el capítulo 5 Salud Bucal;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por la Ley - Orgánica de Salud Pública- No 9202 de 12 de enero de 1934 los artículos 4o, 5o y 45o de la Ley No 18211 de 5 de diciembre de 2007, el Decreto No 465/008 de 3 de octubre de 2008 y el Decreto No 289/009 de 15 de junio de 2009;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DECRETA:
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período 2015-2020; JORGE BASSO.
LISTADO DE PROCEDIMIENTOS CONSIDERADOS OBSOLETOS O QUE NO SON DE USO ACTUAL
Los procedimientos que se detallan a continuación conforman un grupo de procedimientos que estando presentes en el catálogo del anexo II que forma parte del Decreto No 465/008 en estudios realizados posteriormente y en consultas técnicas surge que no son procedimientos que sean usados habitualmente en la actualidad.
Los mismos han dejado de realizarse o se consideran obsoletos al haber sido sustituido por otros procedimientos o por otra forma de desarrollo de la técnica.
En la sección 3.a.6 - PROCEDIMIENTOS EN EL SISTEMA RESPIRATORIO:
* 31.41 Traqueoscopia a través de estoma artificial.
* 31.45 Biopsia abierta de laringe o tráquea.
* 33.25 Biopsia abierta de bronquio.
En la sección 3.a.8 - PROCEDIMIENTOS EN LOS SISTEMAS HEMO Y LINFÁTICOS:
* 41.32 Biopsia cerrada [por aspiración] de bazo [percutánea]
* Biopsia por aguja de bazo.
* 41.33 Biopsia abierta de bazo.
En la sección 3.a.9 - PROCEDIMIENTOS EN EL SISTEMA DIGESTIVO:
En 42.2 Procedimientos diagnósticos sobre esófago ítem, 42.24 Biopsia de esófago endoscópica:
* Cepillado o lavado para recogida de muestras.
En 44.14 Biopsia de estómago endoscópica:
* Cepillado o lavado para recogida de muestras.
En 45.14 Biopsia cerrada [endoscópica] de intestino delgado:
* Cepillado o lavado para recogida de muestras.
En 45.2 Procedimientos diagnósticos sobre intestino grueso:
* 45.21 Endoscopia transabdominal de intestino grueso.
En 45.25 Biopsia cerrada [endoscópica] del intestino grueso:
* Raspado o legrado para recogida de muestra.
En 48.2 Procedimientos diagnósticos sobre recto, rectosigmoide y tejido perirrectal numeral 48.24 Biopsia cerrada [endoscópica]:
* Cepillado o lavado para recogida de muestra.
En la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba