Decreto No. 10/023.- Reglaméntase el procedimiento para la ejecución de la compensación especial, aplicable a los funcionarios de la Dirección de Zonas Francas, en el marco de lo dispuesto por el art. 157 de la Ley 20.075.

Decreto 10/023

Reglaméntase el procedimiento para la ejecución de la compensación especial, aplicable a los funcionarios de la Dirección de Zonas Francas, en el marco de lo dispuesto por el art. 157 de la Ley 20.075.

(181*R)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 16 de Enero de 2023

VISTO: lo dispuesto por el artículo 157 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022;

RESULTANDO: I) que por el citado artículo se determinó la creación de una compensación especial en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", Unidad Ejecutora 006 "Dirección Nacional de Zonas Francas", Programa 320 "Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios;

II) que a tales efectos se creó una partida presupuestaria anual de $ 2:000.000 (dos millones de pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales;

III) que el destino de la referida partida es compensar el desempeño de funciones para aquellos funcionarios que ocupen puestos que requieran mayor grado de responsabilidad y especialización;

IV) que los cometidos y funciones de la Dirección Nacional de Zonas Francas se encuentran establecidos en el Decreto Reglamentario N° 367/022, de 16 de noviembre de 2022;

V) que la Dirección Nacional de Zonas Francas podrá compensar al personal, que desempeñe efectivamente tareas en los puestos claves, según organigrama de la Unidad, condicionados al cumplimiento de los criterios de responsabilidad y especialización, así como otros parámetros, lineamientos o indicadores que serán establecidos por Resolución fundada del Director Nacional de Zonas Francas;

VI) que los funcionarios de dicha Unidad Ejecutora que pasen a desempeñar tareas en régimen de pase en comisión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 15.851, de 24 de diciembre de 1986, en la redacción dada por el artículo 24 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, dejarán de percibir la compensación prevista en el presente Decreto;

VII) que dicha partida se financiará con la reasignación de los créditos presupuestales de la Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial", objeto del gasto 042.087 "Incentivo al rendimiento A19 L16170", más aguinaldo y cargas legales. Dicha reasignación de créditos tendrá carácter permanente;

CONSIDERANDO: que es necesario reglamentar el procedimiento para la ejecución de la referida compensación;

ATENTO: a lo expuesto y lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la...

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