Decreto No. 116/021.- Incorpórase al Derecho interno la Resolución Nº 40/17 del Grupo Mercado Común relativa a la “Reserva de Bloques para Numeración Común (Derogación de la Resolución Nº 18/02 del Grupo Mercado Común).

Montevideo, 21 de Abril de 2021

VISTO: la Resolución N° 40/17 del Grupo Mercado Común relativa a "Reserva de Bloques para Numeración Común (Derogación de la Resolución N° 18/02 del Grupo Mercado Común)";

RESULTANDO: que el mencionado tema fue desarrollado en el ámbito de la Comisión Temática de Servicios Públicos de Telecomunicaciones (CTSP-t) del Sub-Grupo de Trabajo N° 1 "Comunicaciones del MERCOSUR";

CONSIDERANDO: I) que conforme a lo dispuesto en el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre Estructura Institucional del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su anexo, aprobado por la Ley N° 16.712 de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el artículo 2° del referido Protocolo;

II) que la citada Resolución no contiene disposiciones que contraríen la legislación y el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 38, 40 y 42 del Protocolo Adicional citado, declarar aplicable en el derecho interno la referida Resolución, tal como lo dispone el artículo 2 de la Resolución N° 40/17 del Grupo Mercado Común;

ATENTO: a que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Decisión N° 20/02 del Consejo del Mercado Común;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1

Incorpórase al Derecho interno, a partir de su publicación en el Diario Oficial, la Resolución N° 40/17 del Grupo Mercado Común relativa a "Reserva de Bloques para Numeración Común (Derogación de la Resolución N° 18/02 del Grupo Mercado Común)".

Artículo 2

Comuníquese a la Secretaría del MERCOSUR, a través de la Coordinación Nacional del Grupo Mercado Común, la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la referida Resolución.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a sus efectos a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicación.

LACALLE POU LUIS; OMAR PAGANINI; FRANCISCO BUSTILLO.

MERCOSUR/GMC/RES. N° 40/17

RESERVA DE BLOQUES PARA NUMERACION COMUN

(DEROGACION DE LA RES. GMC N° 18/02)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Resoluciones N° 18/02 y 14/08 del Grupo Mercado Común,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución GMC N° 18/02 dispuso asignar en los Estados Partes el número "604 999 1234" como número de acceso para los "Sistemas de Información de Servicios de Telecomunicaciones con...

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