Decreto No. 189/021.- Prorróganse las medidas dispuestas en los artículos 1, 2, 6, 7 y 12 del Decreto Nº 90/021, de 23 de marzo de 2021, hasta el 27 de junio de 2021.

Montevideo, 18 de Junio de 2021

VISTO: el Decreto Nº 90/021, de 23 de marzo de 2021;

RESULTANDO: I) que en virtud de la situación de la emergencia nacional sanitaria declarada como consecuencia de la pandemia originada por el virus SARS-CoV-2, el Poder Ejecutivo ha adoptado diversas medidas a los efectos de proteger la salud pública, procurando también minimizar los trastornos sociales y económicos;

II) que algunas de esas medidas han sido prorrogadas por el Decreto Nº 107/021, de 7 de abril de 2021, el Decreto Nº 123/021, de 28 de abril de 2021, el Decreto Nº 140/021, de 12 de mayo de 2021, el Decreto Nº 144/021, de 19 de mayo de 2021, el Decreto Nº 152/021, de 27 de mayo de 2021, el Decreto Nº 170/021, de 4 de junio de 2021 y el Decreto Nº 175/021, de 11 de junio de 2021;

CONSIDERANDO: que de la evaluación constante de la situación sanitaria por parte del Poder Ejecutivo, resulta conveniente mantener hasta el 27 de junio de 2021, las medidas establecidas por los artículos 1, 2, 6, 7 y 12 del Decreto Nº 90/021 y que fueran prorrogadas por los Decretos citados en el Resultando II);

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 44 de la Constitución de la República, el artículo 43 del Reglamento Sanitario Internacional (2005) de la Organización Mundial de la Salud, la Ley Nº 9.202 de 12 de enero de 1934, el Decreto Nº 574/974 de 12 de julio de 1974 y demás normas concordantes y aplicables en la materia;

EL...

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