Decreto No. 21/026.- Reglaméntase el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios (IMEBA).

Fecha de publicación30 Enero 2026
Número de Gaceta31848
EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
5
Documentos
Nº 31.848 - enero 30 de 2026
DiarioOficial |
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y archívese.
PROF. YAMANDÚ ORSI; GABRIEL ODDONE.
4
Decreto 21/026
Reglaméntase el Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios
(IMEBA).
(673*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA
Montevideo, 20 de Enero de 2026
VISTO: lo dispuesto por el Título 9 del Texto Ordenado 2023 que
recopila las normas relativas al Impuesto a la Enajenación de Bienes
Agropecuarios (IMEBA);
CONSIDERANDO: la conveniencia de estructurar en un decreto
orgánico las normas reglamentarias para la liquidación del referido
tributo;
ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4º del
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
IMPUESTO A LA ENAJENACIÓN DE BIENES
AGROPECUARIOS
(IMEBA)
1
ARTÍCULO 1º.- Hecho generador.- Quedan comprendidos en el
hecho generador del impuesto que se reglamenta:
a) Las entregas de bienes gravados con independencia de la fecha
del contrato de compraventa y de los anticipos de precios
realizados o del pago del precio acordado.
b) Las exportaciones de bienes gravados.
c) La utilización como insumo de un producto gravado, en un
proceso industrial por parte de su productor.
d) La afectación al uso propio de bienes gravados.
2
ARTÍCULO 2º.- Sujetos pasivos. Contribuyentes.- Son
contribuyentes del impuesto que se reglamenta:
a) Los productores agropecuarios que enajenen bienes gravados
a contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades
Económicas (IRAE) que no sean productores agropecuarios, a
Administraciones Municipales o a Organismos Estatales.
b) Quienes exporten bienes gravados de su propia producción.
c) Los productores de los bienes gravados que sean contribuyentes
del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas
(IRAE) y manufacturen, enajenen o afecten al uso propio
dichos bienes.
d) Los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades
Económicas (IRAE) que importen bienes gravados y los
enajenen, manufacturen o afecten al uso propio.
3
ARTÍCULO 3º.- Sujetos pasivos. Agentes de retención.- Desígnase
agentes de retención a:
a) Quienes se encuentren comprendidos en el Impuesto a las
Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) y no sean
productores agropecuarios, las Administraciones Municipales
y los Organismos Estatales, que adquieran bienes gravados
a quienes sean productores agropecuarios, salvo en el caso
previsto en el literal siguiente.
b) Los rematadores intervinientes en remates de ganado ovino
y bovino, cuando los compradores sean contribuyentes del
Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE)
que no sean productores agropecuarios, Administraciones
Municipales u Organismos Estatales.
c) Quienes exporten bienes gravados por cuenta de productores.
Los responsables deberán practicar siempre la retención, salvo que
el enajenante deje expresa constancia que no son bienes de su propia
producción y que es sujeto pasivo del Impuesto a las Rentas de las
Actividades Económicas (IRAE), en boletas o facturas que reúnan
los requisitos establecidos por las normas formales que regulan la
documentación de operaciones.
4
ARTÍCULO 4º.- Monto imponible.- El monto imponible estará
dado por el precio de venta de los bienes gravados excluido este
impuesto. En el caso de la exportación se tendrá en cuenta el precio
de venta FOB.
En el supuesto de manufactura del literal c) del artículo 1º de este
Decreto y en el de afectación al uso propio del literal d) del mismo
artículo, el impuesto se aplicará sobre el precio corriente en plaza. En el
caso de no existir éste, el contribuyente deberá estimarlo, reservándose
la Administración el derecho a impugnarlo.
Cuando no exista precio o éste se liquide con posterioridad o
cuando se exporte por cuenta ajena y se diera la liquidación del
precio obtenido, el tributo se liquidará sobre los anticipos que el agente
de retención pague al contribuyente a cuenta del precio denitivo.
Se consideran anticipos o pagos a cuenta, desde que se produce la
entrega, tanto los anticipos de precio anteriores como los posteriores
a dicha entrega.
5
ARTÍCULO 5º.- Monto imponible. Retención ventas a molinos
arroceros.- Establécese un régimen especial para la producción
arrocera a efectos de determinar el monto imponible para practicar la
retención en la etapa correspondiente a las ventas de los productores
a los molinos arroceros, por el Impuesto a la Enajenación de Bienes
Agropecuarios (IMEBA) y sus adicionales.
A tales efectos la Dirección General Impositiva (DGI) jará los
precios ctos para cada cosecha, así como los plazos para presentar
la declaración jurada y abonar los importes retenidos.
6
ARTÍCULO 6º.- Tasas.- Las tasas del impuesto que se reglamenta
aplicables a los bienes que se detallan, serán las siguientes:
Literal Producto Tasa
A) Lana y cueros ovinos y bovinos 2,50%
B) Ganado bovino y ovino 2,00%
C) Ganado suino 1,50%
D) Cereales y oleaginosos 0,10%
E) Leche 1,10%
F) Productos derivados de la avicultura 1,50%
G) Productos derivados de la apicultura 0,30%
H) Productos derivados de la cunicultura 1,50%
I) Flores y semillas 1,50%
J) Productos hortícolas y frutícolas 0,10%
K) Productos citrícolas 0,80%
L) Productos derivados de la ranicultura, helicicultura,
cría de ñandú, cría de nutrias y similares 1,50%
M) Productos de origen forestal 0,00%
N) Caña de azúcar 0,10%
Ñ) Cannabis psicoactivo de acuerdo a la denición
contenida en el Decreto Nº 120/014, de 6 de mayo de
2014.
0,00%

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex