Decreto No. 240/018.- Díctanse normas con el fin de regular la expedición de documentos de viaje otorgados por el Ministerio de Relaciones Exteriores

VISTO: las disposiciones que regulan la expedición de documentos de viaje otorgados por el Ministerio de Relaciones Exteriores;

RESULTANDO: que a través del Decreto N- 236/2015 del 7 de setiembre de 2015, se procedió a reglamentar y ordenar la normativa en la materia;

CONSIDERANDO: que la práctica ha evidenciado la necesidad de modificar la citada normativa, a fin de ajustarla y adecuarla para atender cabalmente a la realidad y a las circunstancias funcionales 3/ de servicio;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DECRETA:

De los documentos de viaje expedidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores

Artículo 1º El Ministerio de Relaciones Exteriores expedirá los siguientes documentos de viaje:
  1. Pasaporte Diplomático;

  2. Pasaporte Oficial;

  3. Título de Identidad y de Viaje;

  4. Pasaporte de Emergencia en el exterior.

y tramitará en el exterior pasaportes comunes y cédulas de identidad.

  1. De la expedición y renovación del Pasaporte Diplomático

Artículo 2º Tienen derecho al Pasaporte Diplomático:
  1. El Presidente y el Vicepresidente de la República;

  2. Los ex Presidentes y ex Vicepresidentes de la República y los ex Ministros de Relaciones Exteriores de Gobiernos constitucionales;

  3. Los Ministros y Subsecretarios de Estado;

  4. Los Senadores y Representantes Nacionales, los Ministros de la Suprema Corte de Justicia y los Intendentes Departamentales;

  5. El Secretario y Prosecretario de la Presidencia de la República, el Director y Sub-Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los Presidentes del Directorio del Banco Central y del Banco...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR