Decreto No. 255/021.- Exhórtase a UTE a prorrogar, desde el 1º de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, los programas de beneficios promovidos por los Decretos que se determinan.

Montevideo, 6 de Agosto de 2021

VISTO: los Decretos Nros. 135/018, de 7 de mayo de 2018, 170/018, de 4 de junio de 2018 y 264/018, de 27 de agosto de 2018;

RESULTANDO: I) que los Decretos mencionados promovieron programas de beneficios comerciales de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas para empresas y establecimientos industriales;

II) que la última prórroga otorgada por el Decreto N° 25/021, de 19 de enero de 2021, para los referidos programas de beneficios, fue concedida hasta el 31 de marzo de 2021;

CONSIDERANDO: que como medida de apoyo a la actividad industrial del país se entiende conveniente extender la prórroga de los programas de beneficios hasta el 30 de junio de 2021;

ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto por los Decretos Nros. 135/018, de 7 de mayo de 2018, 170/018, de 4 de junio de 2018, 264/018, de 27 de agosto de 2018 y 25/021, de 19 de enero de 2021;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1

Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas a prorrogar, desde el 1° de abril de 2021 hasta el 30 de junio de 2021, los programas de beneficios promovidos por:

* Decreto N° 135/018, de 7 de mayo de 2018

* Decreto N° 170/018, de 4 de junio de 2018

* Decreto N° 264/018, de 27 de agosto de 2018

Artículo 2

El Ministerio de Industria, Energía y Minería establecerá las condiciones de la prórroga de los programas de beneficios, el mecanismo de implementación, los porcentajes del beneficio y la verificación del cumplimiento de las obligaciones.

Artículo 3

El incumplimiento de los compromisos asumidos por los beneficiarios de la prórroga de los respectivos programas podrá ser considerado como causal de exclusión de futuros...

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