Decreto No. 265/020.- Modifícanse, la Lista I de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, las Listas I, II y IV del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas, suscrito en Viena el 21 de febrero de 1971, el Cuadro I de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988; y actualízase la lista de sustancias controladas.

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Decreto 265/020

Modifícanse, la Lista I de la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, las Listas I, II y IV del Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas, suscrito en Viena el 21 de febrero de 1971, el Cuadro I de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988; y actualízase la lista de sustancias controladas.

(4.097*R)

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA

Montevideo, 24 de Setiembre de 2020

VISTO: lo dispuesto en el Artículo 15º del Decreto - Ley Nº 14.294, de 31 de octubre de 1974, en la redacción dada por el Artículo 2º de la Ley Nº 17.016 de 22 de octubre de 1998;

CONSIDERANDO: I) que en el citado Artículo se establece que el Poder Ejecutivo podrá modificar o ampliar el contenido de las listas y tablas referidas en dicha norma legal, incluyendo o excluyendo sustancias o trasladándolas de una lista a otra, con los asesoramientos previos que en ella se determinen;

II) que la Convención Única sobre Estupefacientes de 1961, enmendada por el Protocolo de 1972, fue incorporado a la legislación nacional mediante el Decreto - Ley Nº 14.222, de 11 de julio de 1974;

III) que el Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas, suscrito en Viena el 21 de febrero de 1971, fue incorporado a la legislación nacional mediante el Decreto - Ley Nº 14.369, de 8 de mayo de 1975;

IV) que la Convención de las Naciones...

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