Decreto No. 313/022.- Prorrógase el plazo establecido en el inc. segundo del art. 2º de la Ley 20.051, de fecha 24 de junio de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2022, relativo a la extensión del programa de beneficio de recarga de supergás

Decreto 313/022

Prorrógase el plazo establecido en el inc. segundo del art. de la Ley 20.051, de fecha 24 de junio de 2022, hasta el 31 de diciembre de 2022, relativo a la extensión del programa de beneficio de recarga de supergás.

(4.047*R)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Montevideo, 26 de Setiembre de 2022

VISTO: el artículo 2° de la Ley N° 20.051, de 24 de junio de 2022;

RESULTANDO: I) que el mencionado artículo de la Ley antes citada autorizó al Poder Ejecutivo a transferir de Rentas Generales a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) la suma de hasta $ 468.000.000 (pesos uruguayos cuatrocientos sesenta y ocho millones) a efectos de financiar las reducciones de precio de venta al público del supergás por kilo que dispone el Poder Ejecutivo, de conformidad al artículo 235 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020;

II) que el inciso segundo de dicho artículo estableció que la reducción referida sería de un 50% (cincuenta por ciento) del precio de venta al público, para los beneficiarios de los planes sociales del Ministerio de Desarrollo Social, de conformidad a las políticas sociales que le encomiende el Poder Ejecutivo a ANCAP;

III) que asimismo, se dispuso que el beneficio se extendería desde el 1° de junio de 2022 hasta el 30 de setiembre de 2022, facultando al Poder Ejecutivo a prorrogar, por única vez, el plazo señalado precedentemente;

CONSIDERANDO: I) que los Ministerios de Industria, Energía y Minería, Economía y Finanzas y Desarrollo Social conjuntamente con ANCAP, han evaluado la implementación de esta reducción de precio para los beneficiarios alcanzados;

II) que dicha evaluación arroja un total de 91.144 beneficiarios, completando 195.688 recargas de supergás de 13 kilos en el período comprendido entre el 1° de junio y el 21 de agosto de 2022;

III) que en virtud de dicha evaluación y seguimiento, el Poder Ejecutivo entiende necesario y oportuno hacer uso de la facultad concedida por el inciso segundo del artículo de la Ley N° 20.051, de 24 de junio de 2022, prorrogando el plazo del...

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