Decreto No. 33/026.- Sustitúyense: el lit. h) del art. 3º del Decreto 94/002, de fecha 19 de marzo de 2002; el inc. primero del art. 2º del Decreto 288/012, de fecha 29 de agosto de 2012; el inc. segundo del art. 3º del Decreto 203/014, de fecha 22 de julio de 2014, en sus redacciones vigentes, relativos al cálculo del Impuesto al Valor Agregado
| Fecha de publicación | 24 Febrero 2026 |
| Número de Gaceta | 31863 |
| Emisor | Ministerio de Economía y Finanzas |
4Documentos Nº 31.863 - febrero 24 de 2026 | DiarioOficial
el artículo 1º del Decreto Nº 71/005, de 22 de febrero de 2005, el que
quedará redactado de la siguiente manera:
“b) los valores hora máximos establecidos por cada categoría a
valores 2025, serán los siguientes:
Categoría A: $ 1.046
Categoría B: $ 431
Categoría C: $ 246
Dichos valores horas serán ajustados en la misma oportunidad y
condiciones en que el Poder Ejecutivo lo disponga para los salarios
de los funcionarios de la Administración Central”.
2
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese y por el Departamento
Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional
pase al Comando General de la Armada para su conocimiento y demás
efectos. Cumplido, archívese.
PROF. YAMANDÚ ORSI; SANDRA LAZO; GABRIEL ODDONE.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
3
Decreto 33/026
Sustitúyense: el lit. h) del art. 3º del Decreto 94/002, de fecha 19 de
marzo de 2002; el inc. primero del art. 2º del Decreto 288/012, de fecha
29 de agosto de 2012; el inc. segundo del art. 3º del Decreto 203/014,
de fecha 22 de julio de 2014, en sus redacciones vigentes, relativos al
cálculo del Impuesto al Valor Agregado.
(1.052*R)
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 18 de Febrero de 2026
VISTO: los Decretos Nº 94/002, de 19 de marzo de 2002, Nº
288/012, de 29 de agosto de 2012, y Nº 203/014, de 22 de julio de 2014,
modicativos y concordantes, y el artículo 98 del Título 10 del Texto
Ordenado 2023;
RESULTANDO: I) que el Decreto referido en primer lugar
estableció un régimen de retención de obligaciones tributarias de
terceros, exceptuando en su artículo 3º a algunos contribuyentes u
operaciones de ser objeto de la referida retención;
II) que el artículo 98 del Título 10 del Texto Ordenado 2023 habilita
al Poder Ejecutivo a establecer un monto cto a los efectos de computar
la reducción del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones que
pueden ser objeto de dicho benecio, durante el período que medie
hasta la instrumentación denitiva del régimen;
III) que en el marco de la facultad referida en el Resultando II),
los Decretos Nº 288/012 y Nº 203/014 citados, habilitan a un conjunto
de establecimientos a calcular la reducción del Impuesto al Valor
Agregado en forma cta hasta el 31 de diciembre de 2025;
CONSIDERANDO: I) que se considera conveniente extender,
hasta el 31 de diciembre de 2026, el plazo durante el cual las
operaciones efectuadas por las empresas de reducida dimensión
económica permanezcan exceptuadas del régimen de retención
referido en el Resultando I);
II) que se entiende conveniente prorrogar hasta el 31 de
diciembre de 2026, la posibilidad de calcular las rebajas del Impuesto
al Valor Agregado referidas en forma cta, a los efectos de facilitar
su aplicación;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el
artículo 39 de la Ley Nº 17.453, de 28 de febrero de 2002, y a los artículos
97 y 98 del Título 10 del Texto Ordenado 2023;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el literal h) del artículo 3º del
Decreto Nº 94/002, de 19 de marzo de 2002, en la redacción dada
por el artículo 1º del Decreto Nº 358/024, de 31 de diciembre de
2024, por el siguiente:
“h) contribuyentes incluidos en el literal E) del artículo
66 del Título 4 del Texto Ordenado 2023, en los Títulos 5
(Monotributo) y 6 (Monotributo Social MIDES) del Texto
Ordenado 2023, por las enajenaciones de bienes y prestaciones
de servicios efectuadas entre el 1º de enero de 2016 y el 31 de
diciembre de 2026.”
2
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese el acápite del inciso primero del
artículo 2º del Decreto Nº 288/012, de 29 de agosto de 2012, en la
redacción dada por el artículo 2º del Decreto Nº 358/024, de 31 de
diciembre de 2024, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2º.- (Reducción cta). Hasta el 31 de diciembre
de 2026 la reducción a que reeren los artículos 1º y 1º BIS
podrá determinarse como el 18,03% (dieciocho con cero tres
por ciento) del monto de la operación comprendido en el
régimen que se reglamenta, cuando las adquisiciones sean
efectuadas en:”
3
ARTÍCULO 3º.- Sustitúyese el acápite del inciso segundo del
artículo 3º del Decreto Nº 203/014, de 22 de julio de 2014, en la redacción
dada por el artículo 3º del Decreto Nº 358/024, de 31 de diciembre
2025, por el siguiente:
“A partir del 1º de enero de 2017 y hasta el 31 de diciembre de
2026, solamente podrán aplicar el régimen cto establecido en
el presente artículo los contribuyentes incluidos en el Grupo No
Cede de la Dirección General Impositiva que cumplan alguna
de las siguientes condiciones:”
4
ARTÍCULO 4º.- (Vigencia).- Lo dispuesto en el presente Decreto
rige a partir del 1º de enero de 2026.
5
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese y archívese.
PROF. YAMANDÚ ORSI; GABRIEL ODDONE.
MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA
Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO
RURAL
4
Resolución 24/026
Apruébase la renovación de la inscripción y habilitación de la Sociedad
de Fomento Rural de Salto en el RENAOH, por el plazo que se indica.
(1.039*R)
MINISTERIO DE GANADERÍA AGRICULTURA Y PESCA
DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO RURAL
Montevideo,12 de febrero de 2026
VISTO: La solicitud de renovación de la inscripción y
habilitación de la Sociedad de Fomento Rural de Salto, en el
Registro Nacional de Organizaciones Habilitadas (RENAOH) que
depende de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio
de Ganadería Agricultura y Pesca;
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.