Decreto No. 346/021.- Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC Nº 36/2020 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, por la cual se aprobaron los “Requisitos de Buenas Prácticas para traslados sanitarios en unidades móviles terrestres en los Estados Partes”.

Montevideo, 5 de Octubre de 2021

VISTO: la Resolución GMC N° 36/2020 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

RESULTANDO: que por la misma se aprobaron los "Requisitos de Buenas Prácticas para traslados sanitarios en unidades móviles terrestres en los Estados Partes";

CONSIDERANDO: I) que disponer de buenas prácticas armonizadas en los Estados Partes, para la organización y funcionamiento de las unidades móviles terrestres para traslados sanitarios, es de relevancia para la organización de los servicios de salud:

II) que es necesario la actualización de la reglamentación incorporando la Resolución N° 36/2020, del Grupo Mercado Común del MERCOSUR al Ordenamiento Jurídico de los Estados Partes;

III) que por el Artículo 38 del Protocolo Adicional al tratado de Asunción sobre la estructura Institucional del MERCOSUR Protocolo de Ouro Preto- aprobado por Ley N° 16.712 de 1 de setiembre de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes, previstos en el Artículo 2 del referido Protocolo;

IV) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común referida en el Visto;

V) que la actualización proyectada cuenta con la aprobación de la División Servicios de Salud, del Ministerio de Salud Pública;

VI) que la Dirección General de la Salud de dicha Secretaría de Estado, no formula objeciones respecto de la internalización proyectada, por lo que corresponde proceder en consecuencia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1

Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC N° 36/2020 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se adjunta al presente Decreto como Anexo y forma parte integral del mismo, por la cual se aprobaron los "Requisitos de Buenas Prácticas para traslados sanitarios en unidades móviles terrestres en los Estados Partes".

Artículo 2

El presente Decreto tendrá vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 3

Comuníquese.

LACALLE POU LUIS; DANIEL SALINAS; FRANCISCO BUSTILLO.

MERCOSUR/GMC/RES. N° 36/20

REQUISITOS DE BUENAS PRÁCTICAS PARA TRASLADOS SANITARIOS EN UNIDADES

MÓVILES TERRESTRES EN LOS ESTADOS PARTES

(DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 25/04)

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución N° 25/04 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que existen iniciativas y acuerdos bilaterales que establecen mecanismos de articulación y coordinación de los servicios de urgencias y emergencias que requieren del paso fronterizo de unidades móviles terrestres entre Estados Partes.

Que disponer de Buenas Prácticas armonizadas en los Estados Partes, para la organización y funcionamiento de las unidades móviles terrestres para traslados sanitarios es de relevancia para la organización de los servicios de salud.

Que es necesaria la actualización y ampliación de los términos de la Resolución GMC N° 25/04, que aprueba los "Requisitos comunes para habilitación de unidades móviles terrestres de atención médica de emergencia".

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1

Aprobar los "Requisitos de Buenas Prácticas para traslados sanitarios en unidades móviles terrestres en los Estados Partes", que constan como Anexo y forman parte de la presente Resolución.

Art. 2

Las Buenas Prácticas establecidas en la presente Resolución son aplicables a todos los sistemas sanitarios de traslados terrestres de los Estados Partes.

Art. 3

Las Buenas Prácticas establecidas en la presente Resolución deben ser...

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