Decreto No. 362/016.- Autorízase al BPS a otorgar el beneficio especial que se especifica a los jubilados, pensionistas y beneficiarios de la Asistencia a la Vejez, previsto en la normativa correspondiente

14 Documentos Nº 29.585 - noviembre 22 de 2016 | DiarioOficial
José, del Ministerio de Salud Pública, a la Doctora MARIA NOEL
BATTAGLINO CABRAL (C.I. 2.823.439-8, C.C. OBB 6156), a partir
del 1º de octubre de 2016.
2
2º.- Comuníquese, publíquese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE BASSO.
16
Resolución 910/016
Acéptase la renuncia presentada por la Dra. Araceli Rodríguez Nieves, al
cargo de Directora Departamental de Salud de San José.
(2.128)
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 14 de Noviembre de 2016
VISTO: la renuncia presentada por la Doctora Araceli Rodríguez
Nieves (C.I. 2.636.768-4, C.C. OAC 5402), como Directora Departamental
de Salud de San José;
RESULTANDO: que dicha profesional fue designada por
Resolución del Poder Ejecutivo (Interna Nº 51/015) de 16 de abril de
2015;
CONSIDERANDO: que corresponde aceptar la misma, a partir
del 1º de octubre de 2016, agradeciendo la invalorable colaboración y
la excelente labor en el desempeño de su cargo;
ATENTO: a lo establecido por el Artículo 60, Inciso 4º de la
Constitución de la República y los Artículos 9, Literal E) de la Ley
Nº 15.809 de 8 de abril de 1986 y 282 de la Ley Nº 17.930 de 19 de
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Acéptase la renuncia presentada por la Doctora ARACELI
RODRÍGUEZ NIEVES (C.I. 2.636.768-4, C.C. OAC 5402) como
Directora Departamental de Salud de San José, a partir del 1º de
octubre de 2016.
2
2º.- Agradézcanse los importantes servicios prestados.
3
3º.- Comuníquese, publíquese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE BASSO.
17
Resolución 911/016
Desígnanse integrantes en la Comisión Especial creada con el objetivo
de elaborar una propuesta para reglamentar el art. 447 de la Ley 18.719.
(2.129)
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Montevideo, 14 de Noviembre de 2016
VISTO: el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 124/015 de 5 de mayo
de 2015;
RESULTANDO: I) que, por el Artículo 2º del mismo se crea,
una Comisión Especial integrada por dos representantes del
Ministerio de Salud Pública, dos representantes de la Dirección
Nacional de Deporte y dos representantes de las Federaciones
Deportivas, con el objetivo de elaborar una propuesta para
reglamentar el artículo Nº 447 de la Ley Nº 18.719 de 27 de
diciembre de 2010, en consonancia con las reglamentaciones
internacionales de los distintos deportes;
II) que, a los efectos de integrar la Comisión de referencia el
Ministerio de Salud Pública propone la designación del Doctor Marcelo
Castro y Doctor Danubio Moreira, la Secretaría Nacional de Deporte
propone a la Dra. María Eugenia Lamas y Dr. Daniel Zarrillo y en
representación de las Federaciones Deportivas, de Taekwondo el Sr.
Eduardo Labadie y de Hockey a la Sra. Danae Andrada;
CONSIDERANDO: I) que, en virtud de lo expresado, corresponde
proceder en consecuencia extendiendo el proyecto de Resolución
pertinente, integrando la Comisión de referencia con las personas
propuestas;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, y lo establecido en el
Decreto Nº 124/015 de 5 de mayo de 2015;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Desígnanse como integrantes de la Comisión Especial creada
con el objetivo de elaborar una propuesta para reglamentar el artículo
Nº 447 de la Ley Nº 18.719 de 27 de diciembre de 2010, en consonancia
con las reglamentaciones internacionales de los distintos deportes al
Doctor Marcelo Castro y Doctor Danubio Moreira en representación
del Ministerio de Salud Pública, a la Dra. María Eugenia Lamas y
Dr. Daniel Zarrillo, en representación de la Secretaría Nacional de
Deporte y por las Federaciones Deportivas al Señor Eduardo Labadie
y Señora Danae Andrada.
2
2º.- Comuníquese.
Dr. TABARÉ VÁZQUEZ, Presidente de la República, Período
2015-2020; JORGE BASSO.
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
18
Decreto 362/016
Autorízase al BPS a otorgar el benecio especial que se especica a los
jubilados, pensionistas y beneciarios de la Asistencia a la Vejez, previsto
en la normativa correspondiente.
(2.116*R)
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
Montevideo, 14 de Noviembre de 2016
VISTO: La proximidad del nal del Ejercicio 2016, los planteos
formulados por la Organización Nacional de Asociaciones de Jubilados
y Pensionistas del Uruguay (ONAJPU) y la voluntad oportunamente
expresada por el Poder Ejecutivo respecto de la concesión de un
benecio especial de n de año.
RESULTANDO: I) Que por decretos Nº 530/008 de 24 de octubre
de 2008, Nº 520/009 de 16 de noviembre de 2009, Nº 335/010 de 9 de
noviembre de 2010, Nº 386/011 de 11 de noviembre de 2011, Nº 370/012
de 15 de noviembre de 2012, Nº 323/013 de 4 de octubre de 2013 y Nº
301/015 de 11 de noviembre de 2015, se autorizó al Banco de Previsión
Social a otorgar un benecio especial consistente en una canasta de
n de año cuyo valor máximo fue, respectivamente, de hasta pesos
uruguayos trescientos, trescientos cincuenta, quinientos, seiscientos,
novecientos, mil cien para el año 2013 y mil trescientos para el año
2014, y por un valor de mil quinientos para el año 2015, a jubilados y
pensionistas que cumplieran determinadas condiciones.

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