Decreto No. 49/025.- Incorpórase el art. 19 Bis, al Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica, aprobado por Decreto 277/002, de fecha 28 de junio de 2002.

7
Documentos
Nº 31.623 - marzo 5 de 2025
DiarioOficial |
C) que la solicitud reera a la rehabilitación de un servicio existente
previamente, y que del historial de pago asociado al mismo,
surjan razonablemente elementos que impliquen un riesgo de
incumplimiento de pago para el nuevo contrato.
Las modalidades de constitución son las establecidas en el
artículo 17 del presente Reglamento. La garantía de pago que solicite
el Distribuidor no puede superar el equivalente a tres meses de
facturación promedio mensual, atendiendo a las características de
potencia contratada y modalidad de consumo.
El Distribuidor puede elegir el plazo máximo de devolución, no
debiendo este exceder los 24 meses, siempre que no hubiere habido
suspensión del suministro por falta de pago, lo que interrumpe el
trascurso del plazo. Si se da la baja del servicio solicitado en un lapso
menor, de no existir adeudos, debe procederse a la devolución o
cancelación de la garantía en la misma oportunidad”.
2
Artículo 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.
LACALLE POU LUIS; ELISA FACIO; OMAR PAGANINI;
AZUCENA ARBELECHE; ROBERT BOUVIER.
5
Resolución 41/025
Autorízase la transferencia de titularidad de las acciones de Teólo Daniel
Cabrera Zabala S.A.S., permisionaria del servicio de televisión para
abonados “TV CABLE YOUNG”, de la ciudad de Young, departamento
de Río Negro, en favor del Sr. Gustavo Skunca.
(843*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
Montevideo, 20 de Febrero de 2025
VISTO: la solicitud de transferencia de titularidad de las acciones
de Teólo Daniel Cabrera Zabala S.A.S, permisionaria del servicio
de televisión para abonados “TV CABLE YOUNG”, en la ciudad de
Young, departamento de Río Negro, de las cuales es titular el Sr. Teólo
Daniel Cabrera, a favor del Sr. Gustavo Skunca;
RESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº
953/992, de 24 de noviembre de 1992, se autorizó a Teólo Daniel
Cabrera la prestación del servicio de televisión para abonados en la
ciudad de Young, departamento de Rio Negro;
II) que por Resolución del Poder Ejecutivo Nº 459/997, de 28 de
mayo de 1997, y Nº 903/998, de 10 de noviembre de 1998, se autorizó
la ampliación de la zona de prestación a todo el departamento, incluso
habilitando la utilización del sistema de “TDH” en zonas rurales;
CONSIDERANDO: I) que el artículo 21 de la Ley Nº 20.383, de
16 de octubre de 2024, establece que corresponde al Poder Ejecutivo
autorizar lo solicitado;
II) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones
(URSEC), la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios
de Comunicación Audiovisual (DINATEL) y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería, concluyen que se ha dado
cumplimiento a los requisitos exigidos por la Ley Nº 20.383;
III) que corresponde autorizar la transferencia solicitada;
ATENTO: a lo expuesto, a lo dispuesto por Ley Nº 20.383, de 16 de
octubre de 2024, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios
de Comunicaciones, la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y
Servicios de Comunicación Audiovisual y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
1º.- Autorízase la transferencia de titularidad del 100% de las
10) Por el Departamento de Contrataciones y Suministros
publíquese en el Diario Ocial, cumplido y con constancias,
archívese.
JB/ap/als/rb
Primera rma: JAIME BORGIANI - 20/02/2025
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y
MINERÍA
4
Decreto 49/025
Incorpórase el art. 19 Bis, al Reglamento de Distribución de Energía
Eléctrica, aprobado por Decreto 277/002, de fecha 28 de junio de 2002.
(865*R)
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
MINISTERIO DE AMBIENTE
Montevideo, 25 de Febrero de 2025
VISTO: la necesidad de regular algunos supuestos en los que
pueda caber que el Distribuidor de energía eléctrica requiera una
garantía de pago a quien suscriba un nuevo contrato de suministro
de energía eléctrica;
RESULTANDO: I) que la distribución de energía eléctrica
destinada a terceros en forma regular y permanente es calicada como
servicio público por el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 14.694, de 1º de
setiembre de 1977, en la redacción dada por el artículo 1º de la Ley Nº
16.832, de 17 de junio de 1997;
II) que el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica,
aprobado por el Decreto Nº 277/002, de 28 de junio de 2002, con sus
modicativas, reglamentó diversas aristas del servicio de público de
distribución de energía eléctrica;
III) que en el marco del análisis reglamentario de las condiciones
de prestación de la distribución eléctrica, la Unidad Reguladora
de Servicios de Energía y Agua (URSEA), con la participación de
la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas
(UTE), constató la necesidad de regular algunos supuestos en que el
Distribuidor pueda requerir una garantía de pago, a los efectos de dar
un marco adecuado a los contratos de suministro que celebre;
IV) que la propuesta fue considerada en el ámbito del Ministerio
de Industria, Energía y Minería (MIEM);
CONSIDERANDO: que se estima pertinente regular las
condiciones en que pueda caber la solicitud de garantía de pago, dado
el carácter de servicio público de la distribución eléctrica;
ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en la normativa mencionada
precedentemente;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
1
Artículo 1º.- Incorpórase el siguiente artículo al Reglamento de
Distribución de Energía Eléctrica, aprobado por el Decreto Nº 277/002,
de 28 de junio de 2002:
Artículo 19 bis: El Distribuidor puede exigir, con carácter
excepcional, una garantía de pago a quien suscriba un nuevo contrato
de suministro de energía eléctrica, en los siguientes supuestos:
A) que la persona cuente con antecedentes relevantes de mal
pagador;
B) que la solicitud reera a un servicio con carácter zafral, o bien
ocasional, y surjan elementos que impliquen un riesgo de
incumplimiento de pago;

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu investigación jurídica con vLex

  • Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.

  • Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.

  • Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.

  • Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.

  • Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

vLex