Decreto No. 62/021.- Dispónese el pago de compensaciones especiales transitorias para aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos que se determinan, y establécese la forma en que se hará efectiva.

PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DEL INTERIOR

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Decreto 62/021

Dispónese el pago de compensaciones especiales transitorias para aquellos funcionarios que cumplan con los requisitos que se determinan, y establécese la forma en que se hará efectiva.

(666*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Montevideo, 18 de Febrero de 2021

VISTO: lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley Nº 19.924 de 18 de diciembre de 2020;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 182 de la Ley Nº 19.924 de 18 de diciembre de 2020 dispone asignar una partida anual, al Ministerio del Interior, “con destino a abonar compensaciones especiales transitorias al personal que desempeñe efectivamente tareas en el organismo”;

II) que la disposición referida establece que “la reglamentación establecerá la cuantía y las condiciones a cumplir para la percepción de las referidas compensaciones”;

III) que con motivo de lograr mayor eficacia y eficiencia en la gestión del Ministerio resulta necesario potenciar los niveles técnicos y compensar a quienes desempeñen tareas especialmente encomendadas, que implican funciones de mayor responsabilidad y dedicación, requiriendo conocimientos y especialización para ejercer las mismas;

ATENTO: a lo...

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